Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2009 (23/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de MORDAZA de 2009

ORDENANZA QUE FACULTA A LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA A INTERVENIR EN LOS PROCESOS DE LICENCIAS DE HABILITACION MORDAZA Y DE EDIFICACION SI SE DENUNCIAN TRANSGRESIONES A LA NORMATIVA OFICIAL Articulo Unico.- Establecer que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, al concluir los procesos de aprobacion de Licencias de Habilitacion MORDAZA y de Edificacion que se tramitan ante las Municipalidades Distritales de la provincia, puede intervenir de oficio si se denuncia la existencia de graves transgresiones a la normatividad oficial vigente sobre el sistema vial, zonificacion, seguridad publica, edificacion o medio ambiente en la MORDAZA de Lima. La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, ante la solicitud debidamente fundamentada de revision del Expediente que presente una Junta Vecinal calificada, las personas juridicas o naturales inmediatamente vecinas, un organo publico o un organo de la propia Municipalidad Metropolitana, solicitara a la Municipalidad Distrital que corresponda el Expediente que origina la Licencia en cuestion. Una vez recibido el expediente, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en un plazo no mayor de quince (15) dias utiles y previa evaluacion tecnica, legal y administrativa del Area correspondiente, queda facultada para ratificar o anular mediante Resolucion de Gerencia, la Licencia otorgada. En este ultimo caso, identificara la MORDAZA vulnerada. DISPOSICION TRANSITORIA Unica.- La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicara e incorporara a su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, el costo, MORDAZA de documentacion y tramite administrativo que deben seguir los interesados que presenten solicitudes de revision de Expediente, conforme a lo dispuesto en la presente Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Informese al Ministerio de Vivienda y Construccion del Peru, Municipalidades Distritales, Regional MORDAZA del Colegio de Arquitectos del Peru, Departamental MORDAZA del Colegio de Ingenieros del Peru, Camara Peruana de la Construccion, Empresas de Servicio de Energia Electrica, SEDAPAL, Oficina Registral de MORDAZA de la SUNARP y otros organismos con responsabilidades en los temas del desarrollo MORDAZA y edificacion en la provincia de MORDAZA, sobre los alcances de la presente Ordenanza, a fin que se sirvan disponer lo conveniente para el estricto cumplimiento de la misma. Segunda.- La presente Ordenanza entra en vigencia a partir del dia siguiente a su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA, a los 16 JUL. 2009. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 375413-1

VISTO, el Informe N° 595-09-MML/GTU-SETT de fecha 19 de junio de 2009 de la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte. CONSIDERANDO: Que, mediante Codificado Nº 55602-09 de fecha 7 de MORDAZA de 2009, el Gerente de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad de Miraflores, solicita la participacion de la Gerencia de Transporte MORDAZA para la autorizacion de paraderos en las vias comprendidas en el reordenamiento de transporte realizado en la Av. MORDAZA MORDAZA, lo cual ha generado la circulacion de camionetas rurales por la Av. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA 2 de MORDAZA y Av. MORDAZA A. MORDAZA en el distrito de Miraflores, con la finalidad de mejorar la operacion de este servicio en bien de la ciudadania. Que, con Informe Nº 595-09-MML/GTU-SETT de fecha 19 de junio de 2009, la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte, considera factible la implementacion de paraderos de transporte publico en la Av. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA 2 de MORDAZA y Av. MORDAZA A. MORDAZA en el distrito de Miraflores. Que, el acapite 7.1 del inciso 07 del articulo 161° de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que: "La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tiene las siguientes competencias y funciones metropolitanas especiales: 7.1) Planificar, regular y gestionar el transporte publico". Que, el articulo 7° de la Ordenanza Nº 341-MML ­ Plan del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, publicado el 06 de diciembre de 2001, establece que: "La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tiene a su cargo la ejecucion, el mantenimiento, rehabilitacion, remodelacion, senalizacion horizontal y vertical, semaforizacion, ornato, publicidad y mobiliario MORDAZA de las vias Expresas, Arteriales y Colectoras del Sistema Vial Metropolitano, de los Intercambios Viales y de todas las Vias del Cercado de Lima". Que, el articulo 54° de la Ordenanza Nº 104-MML Reglamento de Servicio Publico de Transporte MORDAZA e Interurbano de Pasajeros en MORDAZA Metropolitana, publicado el 4 de marzo de 1997, establece que: "En todas las rutas los vehiculos se detendran o dejaran pasajeros, unicamente en los paraderos autorizados y senalizados por la autoridad administrativa". Que, los articulos 2° y 3° de la Ordenanza Nº 131MML, menciona que es politica de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA en materia de transporte terrestre, la promocion de la consolidacion, eficiencia, modernizacion, desarrollo y expansion del servicio de transporte terrestre y de la infraestructura necesaria que se requiera, asi como velar por el cumplimiento de las condiciones de calidad, continuidad, mantenimiento y seguridad en la prestacion de los servicio publico de transporte y de infraestructura necesaria para el mismo, correspondiendole formular objetivos y directrices con el fin de procurar una eficaz prestacion y organizacion del servicio. Que, el articulo 100° de la Ordenanza Nº 812-MML - Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, establece que: "La Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte es el organo responsable de la formulacion de estudios, proyectos, programas y planes estrategicos en materia de transporte regular y no regular de MORDAZA y viabilidad para la provincia de Lima". Que, el articulo 102° de la Ordenanza Nº 812-MML - Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, establece que: "La Subgerencia de Regulacion del Transporte es el organo responsable del registro y expedicion de las autorizaciones para la circulacion del servicio de transporte publico y para el uso espacial de vias en la provincia de Lima. Que, dentro de la evaluacion que realizara la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte para la determinacion de paraderos en las principales vias de MORDAZA (Informe Nº 102-2005-MML/GTU-SETT-AING del 20 de diciembre del 2005), no se ha considerado a la Ca. MORDAZA MORDAZA, Av. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Ca. 2 de MORDAZA en el distrito de Miraflores. En ese sentido, la determinacion de paraderos en las mencionadas vias debera regirse a los mismos parametros tecnicos utilizados en la evaluacion realizada por la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte, segun se detalla a continuacion: a) La distancia entre paraderos, el cual es considerado en base a lo establecido en la Resolucion Directoral

Autorizan los Paraderos de Transporte Publico en la Av. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA 2 de MORDAZA y Av. MORDAZA A. MORDAZA en el distrito de Miraflores
Gerencia de Transporte MORDAZA RESOLUCION DE SUBGERENCIA Nº 3187-09-MML/GTU-SRT MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2009

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