Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2009 (23/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES
20. El MORDAZA de la Municipalidad Paruro. 21. El MORDAZA de la Municipalidad Canchis 22. El MORDAZA de la Municipalidad Canas. 23. Otros que el Consejo Regional de considere conveniente.

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Provincial de Provincial de Provincial de Seguridad Vial

Que, la conformacion del Consejo Regional de Seguridad Vial propuesto, se enmarca dentro de las competencias Constitucionales de los Gobiernos Regionales de conformidad con el articulo 9º inciso g) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 27902, que establece que los Gobiernos Regionales son competentes para promover y regular actividades y/o servicios entre otras, la viabilidad y comunicacion; Que, asimismo el articulo 56º inciso a) de la Ley MORDAZA citada, establece como funcion especifica de los Gobiernos Regionales en materia de transporte, formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia de transportes de la Region en conformidad con las politicas nacionales y de los planes sectoriales, concordante con el Articulo 16º A de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Que, lo dispuesto por los Articulos 14º y 15º del Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, confiere a los Gobiernos Regionales facultades normativas para aprobar las normas complementarias, necesarias para la gestion y fiscalizacion del servicio de Transporte Terrestre Interprovincial Regular de Personas de ambito Regional, de conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27181; Que, resulta imprescindible la conformacion en la Region MORDAZA el Consejo Regional de Seguridad Vial que sera el encargado de elaborar el Plan Regional de Seguridad Vial en MORDAZA con el Plan Nacional de Seguridad Vial y ejecutarlos en el ambito del Gobierno Regional del MORDAZA, en el MORDAZA de la politica nacional disenada por el Consejo Regional de Seguridad Vial; Por lo que, estando a lo dispuesto por el articulo 38º de la Ley Nº 27867 modificada por la ley Nº 27902; el Consejo Regional del Gobierno Regional del MORDAZA, en ejercicio regular de sus atribuciones y funciones establecidas en la Ley Organica de Gobiernos Regionales, y el Reglamento Interno de Organizacion y Funciones, despues de haber debatido ha Aprobado por unanimidad, dando la presente: ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- CONFORMAR el Consejo Regional de Seguridad Vial- CORESEVI del Pliego 446 Gobierno Regional de MORDAZA, el mismo que estara integrado por las siguientes entidades y miembros: 1. El Presidente Regional o su representante, quien lo preside. 2. El Presidente de la Comision de Infraestructura del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco. 3. El Jefe de la X Direccion Territorial de la Policia Nacional del Peru- Cusco. 4. El Director Regional de Transportes y Comunicaciones. 5. El Director Regional de Educacion. 6. El Director Regional de Salud. 7. El Director Regional de Trabajo y Promocion del Empleo. 8. El Jefe de la SUNAT Intendencia Regional Cusco. 9. El Secretario Tecnico del INDECOPI ­ Cusco. 10. El MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Cusco. 11. El MORDAZA de la Municipalidad Provincial de La Convencion. 12. El MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Anta. 13. El MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Acomayo. 14. El MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Quispicanchi. 15. El MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Espinar. 16. El MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Urubamba. 17. El MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Calca. 18. El MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Paucartambo. 19. El MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas.

Articulo Segundo.- El Consejo Regional de Seguridad Vial, tiene como funcion basica, establecer las politicas para mejorar las condiciones de seguridad vial en la Region y combatir las causas que generan los accidentes de transito. Articulo Tercero.- ESTABLECER que la Secretaria Tecnica dependiente de la presidencia del Consejo Regional de Seguridad Vial- CORESEVI del Pliego 446 Gobierno Regional MORDAZA, sea asumida por el Director Regional de Transportes y Comunicaciones Cusco. Articulo Cuarto.- DISPONER que la Secretaria Tecnica del Consejo Regional de Seguridad VialCORESEVI del pliego 446 Gobierno Regional MORDAZA, elabore y proponga el Reglamento Interno de Trabajo que lo presentara en el plazo de treinta (30) dias habiles, asi como el Plan Regional de Seguridad Vial, ante el pleno del Consejo Regional para su aprobacion. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial. Comuniquese a senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, para su promulgacion. En MORDAZA, a los treinta dias del mes de junio del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA ZECENARRO MORDAZA Consejero Delegado del Consejo Regional. POR TANTO Mando se registre, se publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los treinta dias del mes de junio del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA SAYAN Presidente Regional del Gobierno Regional de MORDAZA 375222-1

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
Aprueban Manual de Organizacion y Funciones de la Sede Central del Gobierno Regional del Departamento de Ucayali
ORDENANZA REGIONAL N° 008-2009-GRU/CR. EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO: El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Articulos 197° y 198° de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV, Titulo IV sobre Descentralizacion ­ Ley N° 27680, Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificado por la Leyes N° 27902, N° 28968, Nº 29053 y demas normas complementarias, en Sesion Ordinaria de fecha 23 de MORDAZA del 2009, y;

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