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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2009 (23/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 23 de julio de 2009 399498 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado, prescribe que los Gobiernos Regionales, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, en sesión extraordinaria del Consejo Regional de Ucayali, de fecha 17 de Diciembre del 2008, se aprueba por unanimidad la Ordenanza Regional Nº 024-2008- GRU/CR de fecha 17 de Diciembre de 2008, que modifi ca la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Ucayali, por incorporación de la Ofi cina Regional de Defensa Nacional, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil, Sub Gerencia de Planifi cación y Estadística, Ofi cina de Programación e Inversiones Regional y Ofi cina de Gestión Patrimonial Regional. Que, el Consejo Regional de Ucayali, tiene las atribuciones de normar la organización del Gobierno Regional a través de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que faculta aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el Artículo 38º de la misma norma legal, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional. Que, de conformidad con lo prescrito en el Artículo 35°, literal c) de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y presupuesto institucional. Del mismo modo es atribución del Consejo Regional aprobar los documentos de gestión, Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Manual de Organización y Funciones (MOF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de las instituciones públicas del Gobierno Regional, en concordancia con el artículo 38° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, mediante Resolución Jefatural N° 095-95- INAP/DNR, Normas para la Formulación del Manual de Organización y Funciones, aprueba la Directiva Nº 001- 95-INAP/DNR Normas para la Formulación del Manual de Organización y Funciones. De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Artículo 9° y 10° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modifi cado por la Leyes N° 27902, N° 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, en Sesión Ordinaria de fecha 23 de abril del 2009, se aprobó la siguiente Ordenanza Regional. ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR el Manual de Organización y Funciones - MOF, de la Sede Central del Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, que describe las funciones generales de las unidades orgánicas y las funciones específicas de los cargos o puestos de trabajo previstos en la estructura orgánica y en el cuadro para asignación de personal, cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza Regional; Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Ofi cina Regional de Administración, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y/o en un diario de mayor circulación local, a la Ofi cina de Sistemas su difusión a través del portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe) Artículo Tercero.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación. En Ucayali, a los veintitrés días del mes de abril del año dos mil nueve. JOSÉ LUIS RÍOS RAMÍREZ Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali a los veintisiete días del mes de abril del año dos mil nueve. JORGE VELÁSQUEZ PORTOCARRERO Presidente Regional 375105-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Desafectan terreno ubicado en el distrito de La Molina y le asignan Zonificación de Uso Residencial de Densidad Media (RDM) ORDENANZA N° 1266 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 2 de julio del 2009, los Dictámenes Nº 131-2009-MML- CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura y Nº 082-2009- MML-CMAL de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DESAFECTA UN TERRENO UBICADO EN EL DISTRITO DE LA MOLINA Artículo Único.- Desafectar el terreno cuya área es de 10,780.99 m² ubicado en el Lote Nº 1 de la Mz. J de la urbanización Covima, en el distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, de propiedad de la Empresa Servicios y Construcciones La Venturosa S.A.C. y Asignarle la Zonifi cación de Uso Residencial de Densidad Media (RDM). POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Lima, a los 07 JUL. 2009. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 375406-1 Ordenanza que exonera el pago de derechos por licencia de edificación por las obras que efectúe el Ministerio de Educación dentro del Programa Nacional de Recuperación de las Instituciones Educativas Públicas Emblemáticas y Centenarias ORDENANZA Nº 1270 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA