Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2009 (11/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de junio de 2009

NORMAS LEGALES

397371

CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194º establece que las municipalidades como organos del gobierno local tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Capitulo II de las Normas Municipales y Los Procedimientos Administrativos del Titulo III De los Actos Administrativos y de la Administracion de las Municipalidades de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades establece que el ordenamiento juridico de las municipalidades esta constituido por las normas emitidas, por los organos de gobierno y administracion municipal de acuerdo al ordenamiento juridica nacional. Que, el articulo 36º numeral 3 y 38º numeral 5 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que una vez aprobado el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar, para el caso de gobiernos locales, mediante Decreto de Alcaldia; Que, los Decretos de Alcaldia, son las normas locales dentro del ordenamiento juridico municipal que establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no sea de competencia del concejo municipal, conforme lo senala el Articulo 42º de la Ley Nº 27972; Que, el articulo 40º numeral 1 y 44º numeral 1 de la Ley del Procedimiento Administrativo General establece que las entidades estan prohibidas de solicitar para el inicio, prosecucion o conclusion de un procedimiento, informacion o la documentacion que la contenga. Asimismo, no procede establecer derechos de tramitacion en los procedimientos administrativos, cuando no implique para la entidad la prestacion de un servicio especifico e individualizable a favor del administrado, o en funcion del costo derivado de las actividades dirigidas a analizar lo solicitado; salvo en los casos en que existan tributos destinados a financiar directamente las actividades de la entidad; Que, mediante Ordenanza Nº 009-00-MDPH, publicada el 29 de Junio de 2000, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa. Que, la Ley Nº 28976 publicada el 20 de Enero de 2007, regula el procedimiento para el otorgamiento de la Licencia Municipal de Funcionamiento: Que, el articulo 6º del citado dispositivo legal establece que para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento, la municipalidad evaluara los siguientes aspectos: (i) Zonificacion y Compatibilidad de Uso; (ii) Condiciones de Seguridad en Defensa Civil, cuando dicha evaluacion constituya facultad de la municipalidad; (iii) Cualquier aspecto adicional sera materia de fiscalizacion posterior. Que, el articulo 16º de la Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento establece que debe de estar a disposicion de los administrados, en el local de la municipalidad y en su MORDAZA electronico la siguiente informacion: (i) Plano de Zonificacion; (ii) Indice de Uso de Suelos; (iii) Estructura de Costos; y, (iv) Solicitudes o formularios destinados para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento. Asimismo, toda la informacion senalada en dicho articulo y aquella relacionada con el procedimiento para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento debera ser proporcionada gratuitamente a los administrados; Que, de acuerdo con la Primera Disposicion Final, Transitoria y Complementaria de la Ley Nº 28976, correspondera a las municipalidades adecuar su respectivo Texto Unico de Procedimientos Administrativos, a efectos de incorporar los procedimientos, requisitos y demas disposiciones previstas en la citada Ley; Que, al exigirsele a los administrados que como requisito previo obtenga un Certificado de Zonificacion y/o Compatibilidad de Uso se esta incumpliendo con la Ley del Procedimiento Administrativo General y con la Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento. Por tal

motivo, corresponde derogar y adecuar la exigencia de cualquier requisito y/o tasa que se oponga a lo establecido tanto en la Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento y a la Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo expuesto y con el visto MORDAZA de la Secretaria General, Jefatura de Asesoria Juridica, Gerencia Municipal, Jefatura de Contabilidad y Presupuesto y Jefatura de Rentas de la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA, de conformidad a lo establecido en el Articulo 20º numeral 6 de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- ELIMINESE en el Texto Unico de Procedimientos Administrativo ­ MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA el requisito de Certificado de Zonificacion y/o Compatibilidad de Uso para el otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento. Articulo Segundo.- ADECUESE el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA a lo establecido en el articulo 7º de la Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento, eliminandose los requisitos adicionales que no estan comprendidos en la mencionada disposicion. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion de la presente en el Diario Oficial El Peruano, el MORDAZA institucional de la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA y MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE de la Presidencia del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 358363-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Regimen de Aplicacion de Sanciones y su escala de multas por infracciones a las disposiciones municipales
(Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud de la Municipalidad de San MORDAZA mediante Oficio Nº 068-2009/SG/MDSB, recibido el 11 de junio de 2009) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 087-2008/MDSB San MORDAZA, 23 de agosto de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTA: La Sesion del Concejo Distrital de San MORDAZA de fecha 23 de agosto del 2008; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en la Constitucion Politica del Estado y la Ley Organica de Municipalidades, los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, administrativa y economica en los asuntos de su competencia; Que, los Arts. 46º, 47º, 48º y 49º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establecen la potestad sancionatoria de los Gobiernos Locales y la forma en que esta se debe desarrollar; Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, en sus articulos 234 al 237, senala el procedimiento que se debe aplicar para imponer las sanciones;

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