Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2009 (11/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de junio de 2009

NORMAS LEGALES

397373

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Amplian plazo de vigencia del Programa Extraordinario de Beneficios Tributarios en el Cercado del Callao
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000021 Callao, 29 de MORDAZA de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion de fecha 29 de MORDAZA de 2009; Aprobo la siguiente: Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en el articulo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades Ley 27972 en el articulo 9 inciso 8 senala que es atribucion del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, y en el articulo 40 senala que mediante ordenanzas se crea, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley. De otro lado, en el articulo 69 inciso 2 senala que son rentas municipales las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por su concejo municipal, los que constituyen sus ingresos propios; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004EF, en el articulo 60 senala que conforme a lo establecido por el numeral 4 del articulo 195 y por el articulo 74 de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones, dentro de los limites que fije la Ley; Que, mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, se aprueba el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, que en la MORDAZA IV del Titulo Preliminar senala que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanzas pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 000079 del 31 de marzo de 2009, se aprobo el Dictamen Nº 0042009-MPC-SR-CAM de la Comision de Administracion, que aprueba el Programa Extraordinario de Beneficios Tributarios en el Cercado del Callao; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000019 del 31 de marzo de 2009, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 4 de MORDAZA del 2009, se aprobo el Programa Extraordinario de Beneficios Tributarios en el Cercado del Callao, que en el articulo 4 senala que su vigencia se extendera hasta por un plazo de treinta (30) dias habiles; Que, en la sesion de la fecha se aprobo el Acuerdo de Concejo Nº 000105, el mismo que cuenta como antecedentes el Memorando 115-2009-MPC-GGATR, la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas, el Memorando Nº 663-2009-MPC-GGAJC de la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion el mismo que hace MORDAZA el Informe Nº 215-2009-MPC-GGAJC-SGCA, de la Sub - Gerencia de Coordinacion y Apoyo, el que opina que resulta procedente aprobar la prorroga hasta el 30 de junio de 2009 de la Ordenanza Municipal Nº 000019 que prorroga la vigencia del Programa Extraordinario de Beneficios Tributarios en el Cercado del Callao. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº

27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA AMPLIACION DEL PLAZO DE VIGENCIA DEL PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS EN EL CERCADO DEL CALLAO: Articulo 1º.- Modificase el articulo 4º de la Ordenanza Municipal Nº 000019 del 31 de Marzo de 2009, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 4 de MORDAZA del mismo ano, por el siguiente texto: "Articulo 4º: PLAZO DE VIGENCIA. La vigencia del presente Programa de Beneficios Tributarios se extendera hasta el 30 de Junio de 2009." Articulo 2º.- Facultades Reglamentarias Facultese al senor MORDAZA de la Municipalidad Provincial del Callao, para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao 359113-1

Exoneran de pago de tasas por todo concepto a los contrayentes de matrimonio civil comunitario para personal de la MORDAZA de MORDAZA del Peru
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000024 Callao, 29 de MORDAZA de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion fecha 29 de MORDAZA de 2009; Aprobo la siguiente; Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en el Articulo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en el articulo 9, inciso 9, senala que es atribucion del Concejo Municipal, crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a ley; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobada por Decreto Supremo N° 156-2004EF, establece que las tasas son aprobadas, modificadas y exoneradas por el Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 000038 del 10 de MORDAZA del 2008, se aprobo el Texto Unico Ordenado de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial del Callao, a solicitud de los administrados y los servicios prestados en exclusividad, de la unidad organica Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, siendo que en el item 9 regula el procedimiento administrativo "Matrimonio Civil Comunitario" cuyo costo por el derecho de tramite y por el examen medico, asciende al 0.29% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente; Que, atendiendo a la dificil situacion economica que atraviesa el MORDAZA, las parejas domiciliadas en la Provincia Constitucional del Callao, no pueden sufragar los costos de un matrimonio privado y a fin de formalizar la union

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