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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 17 de junio de 2009 397686 a) Urbanidad y trato con el usuario. b) Principios de Salud ocupacional aplicados al transporte. c) Enseñanza de las normas de seguridad y calidad que regulan la prestación del servicio de transporte de personas. d) Enseñanza de las normas sobre clasifi cación vehicular características y requisitos técnicos vehiculares relativos a los vehículos del servicio de transporte de personas. e) Pesos y dimensiones vehiculares máximos permitidos para vehículos de transporte de personas, tolerancias en el pesaje, bonifi caciones y régimen de infracciones y sanciones por excesos en los pesos y dimensiones vehiculares. f) Mecánica Automotriz avanzada según la categoría del vehículo que corresponda g) Uso de la tecnología aplicable al transporte de personas. CURSOS ESPECIFICOS PARA REALIZAR EL TRANSPORTE DE MERCANCIAS: Los Cursos Específi cos para realizar el transporte de mercancías, adicionales a los cursos generales antes indicados, son los siguientes: a) Urbanidad y trato con el público. b) Principios de salud ocupacional aplicados al transporte. c) Enseñanza de las normas que regulan la prestación de los servicios de transporte de mercancías. d) Enseñanza de las normas básicas sobre clasificación vehicular; así como características y requisitos técnicos vehiculares relativos a los vehículos del transporte de mercancías. e) Pesos y dimensiones vehiculares máximos permitidos para vehículos de transporte de mercancías tolerancias en el pesaje, bonifi caciones y régimen de infracciones y sanciones por excesos en los pesos y dimensiones vehiculares. f) Manejo correcto de la carga. g) Mecánica Automotriz avanzada según la categoría del vehículo que corresponda. h) Enseñanza de normas tributarias sobre el uso de la guía de remisión de transportista. i) Uso de tecnología aplicable al transporte de mercancías. La Escuela de Conductores Integrales ASOCIACIÓN VIDA SIN HUMO, está obligada a actualizar permanentemente la información propia de sus operaciones, informar sobre sus actividades y aplicar el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir vehículos automotores y no motorizados de transporte terrestre y los dispositivos legales correspondientes, teniendo en cuenta el marco jurídico vigente. Artículo Segundo.-. La Escuela de Conductores Integrales ASOCIACIÓN VIDA SIN HUMO, impartirá los cursos con la siguiente plana docente: Cargo de Instrucción Docente a cargo Director • Verónica Mercedes Alvarez Llanos Instructores Teórico de Tránsito • Ruth Jhelem Villacorta Bravo • Pedro Rojas Jaimes Instructor Práctico de Manejo • Liborio Armando Carhuancho Castillo Instructor Teórico – Práctico de Mecánica • Limber Olegario Vara Chamorro Instructores Teórico Práctico en Primeros Auxilios • Zeila Samira Santiago Zevallos • Yrene Nano Huaranga • Jeny Condezo Bravo • Yda Flor Pagano Rivera Psicólogos • Javier Alex Rivera Rosel • Andrea Salazar Rojas Artículo Tercero.- La Escuela de Conductores Integrales ASOCIACIÓN VIDA SIN HUMO deberá colocar en un lugar visible dentro de su local ubicado en la ciudad de Huánuco, copia de la presente Resolución Directoral. Artículo Cuarto.- La Escuela de Conductores Integrales ASOCIACIÓN VIDA SIN HUMO, iniciará el servicio en la ciudad de Huánuco dentro de los sesenta (60) días calendario, computados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Quinto.- La Escuela de Conductores Integrales ASOCIACIÓN VIDA SIN HUMO, deberá presentar, en un plazo no mayor de noventa (90) días calendario de publicada la Resolución Directoral que establece las características especiales del circuito donde se realizarán las prácticas de manejo, copia de la Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil Extracontractual a favor de terceros, conforme lo señala el literal e) numeral 43.4 del artículo 43º del Decreto Supremo Nº 040- 2008-MTC, bajo sanción de declararse la nulidad de la Resolución Directoral de autorización. Artículo Sexto.- Remitir a la Dirección de Supervisión, Fiscalización y Sanciones, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo Sétimo.- Encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Octavo.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de la Escuela de Conductores Integrales ASOCIACIÓN VIDA SIN HUMO, los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS CASTAÑEDA NEYRA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 359486-1 VIVIENDA Aceptan renuncia de Directora General de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 171-2009-VIVIENDA Lima, 15 de junio de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial No. 905- 2008-VIVIENDA, de fecha 31 de diciembre de 2008, se designó a la señorita Angela Bonilla Cairo, en el cargo de Directora General de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, la referida funcionaria ha presentado renuncia al cargo, por lo que resulta conveniente proceder a aceptar la renuncia formulada; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nos. 27594, 27792 y 29158, modifi cada por Ley No. 29209 y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo No. 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo No. 045-2006-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir del 19 de junio de 2009, la renuncia presentada por la señorita Angela