Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2009 (07/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de marzo de 2009

Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS. Segunda.- Deroguense las Ordenanzas Nros. 297MSB, 373-MSB, 415-MSB y las disposiciones que se opongan a la presente ordenanza. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 319820-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Declaran de interes local la propuesta de cambio especifico de zonificacion de terreno ubicado en el distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 008 San MORDAZA de Lurigancho, 23 de febrero de 2009 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Vista la Carta Nº 0001-2009-R-DENS-P-CDU-MDSJL mediante la cual se remite el Dictamen Nº 001-2009CDU-MDSJL de la Comision de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, el Registro Nº 65348-S1-2008 de fecha 22/10/2008 Carta remitida por Interseguro Compania de Seguros S.A. solicitando Cambio Especifico de Zonificacion; el Informe Nº 290-2008-SGPUC/ GDU/MSJL de fecha 14/11/2008 emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, el Informe Nº 1812008-SGPV-GDS/MDSJL 04/12/2008 de la Sub Gerencia de Participacion Vecinal, Informe Nº 320-2008-SGPUC/ GDU/MSJL de fecha 09/12/2008 de la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, Informe Nº 009-2009-GDU/ MDSJL de fecha 09/01/2009 de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Informe Nº 022-09-GAJ/MDSJL de fecha 15/01/2009 de la Gerencia de Asesoria Juridica, Memorandum Nº 00352009-GM/MDSJL de fecha 16/01/2009 de la Gerencia Municipal y el Oficio Nº 0032-2009-MSJL-SG de fecha 19/01/2009 de la Secretaria General; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales, y las delegadas conforme a Ley, son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica, administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante el Registro Nº 65348-S1-2008 de fecha 22/10/2008 Interseguro Compania de Seguros S.A. solicita el Cambio Especifico de Zonificacion que permita el cambio de la zonificacion calificada como I2 (Industria Liviana) a CM (Comercio Metropolitano) del terreno ubicado en la Av. Lurigancho y MORDAZA Los Regadores, identificado como Lote 23 Manzana B de la Parcelacion MORDAZA MORDAZA, en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, actualmente en tramite de Acumulacion en el Registro de Predios, con un area de 11,428.40 m2 y que se encuentra calificado como I2 Zonificacion Industria Liviana; Que, mediante Informe Nº 320-2008-SGPUC/GDU/ MSJL de la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, se precisa que el terreno ubicado en el Lote 23 Manzana B, materia de la referida solicitud, lo constituyen tres (3) Lotes, los cuales forman parte de la Parcelacion MORDAZA MORDAZA (hoy denominada MORDAZA Industrial) del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima;

Que, el propietario del terreno es Interseguro Compania de Seguros S.A., cuyo dominio corre inscrito en la Partida Electronica Nº 12099428, 12099430 y 12099431 de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos, cuya Area Superficial del terreno es 11,428.40 m2, encerrado dentro de los siguientes linderos y medidas perimetricas: Por el Frente, con una linea de dos tramos que miden 27.15 ml y 70.85 ml, colindando con la Av. Lurigancho. Por la Derecha, entrando, con una linea recta de 125.00 ml colindando con el lote 24 de propiedad de terceros. Por la Izquierda entrando con una linea sinuosa de 140.07 ml, colindando con la MORDAZA Regadores. Por el Fondo con una linea recta de 86.30 ml, colindando con el Lote 22 de propiedad de terceros; Que, dicho requerimiento es sustentado mediante fundamentacion de caracter social, tecnica y legal, teniendo en cuenta que de acuerdo al proyecto que se describe en la Memoria Descriptiva y sus Anexos del Registro de vistos se desprende la iniciativa de inversion para la construccion de un Supermercado dentro del area materia de CEZ, existiendo influencia directa e indirectamente en la dinamica de la MORDAZA, por lo que se precisa, como factores positivos del cambio especifico de zonificacion requerido entre otros los siguientes: 1. Permitira la densificacion de la MORDAZA residencial, que se desarrolla en forma pujante y progresiva, creando un MORDAZA eje comercial de inversion (servicios concentrados en esta zona). 2. Promovera la inversion privada y con ello, la mejora de la infraestructura de servicios y el desarrollo del distrito, en una MORDAZA en MORDAZA de desarrollo urbanistico; Que, mediante Informe Nº 290-2008-SGPUC/GDU/ MSJL del 14.11.2008 la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro de este Corporativo Municipal opina que se debe derivar el expediente a la Sub Gerencia de Participacion Vecinal de acuerdo al Articulo MORDAZA ­ Ambito de accion para consulta, inciso 2.4. que a la letra dice: "La consulta vecinal a los propietarios de predios vecinos ubicados dentro del area inmediata se realizara a traves de la distribucion de los formatos de consulta vecinal por parte de la Municipalidad Distrital correspondiente para la Opinion Tecnica de cambio de zonificacion"; por lo que con miras a continuar con el MORDAZA se adjunta el formato y el plano de los lotes para la ejecucion de la respectiva encuesta, remitiendose los mismos a la Sub Gerencia de Participacion Vecinal para la prosecucion del procedimiento; Que, mediante Informe Nº 181-2008-SGPV-GDS/ MDSJL del 04.12.2008, la Sub Gerencia de Participacion Vecinal de este Corporativo Municipal remite los formatos de encuesta concluidos, con lo cual se determina que efectuada la consulta vecinal a los propietarios de predios vecinos del area materia de CEZ, que hacen un numero de 84 predios, se obtuvo los siguientes resultados: 66 contestaron estar de acuerdo con la Opinion Favorable para el Cambio de Zonificacion de Industria Liviana (I2) a Comercio Metropolitano (CM); 16 no emitieron ninguna opinion; y, 02 con Opinion Desfavorable para el cambio de zonificacion; Que, mediante Informe Nº 320-2008-SGPUC/GDU/ MSJL del 09.12.2008 de la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro de este Corporativo Municipal, se precisa que la Primera Disposicion Final de la Ordenanza Nº 1081-2007-MML publicada con fecha 07.10.07 en el Diario Oficial El Peruano donde se aprueba el Reajuste Integral de la Zonificacion de los Usos del distrito de San MORDAZA de Lurigancho que forma parte del Area de Tratamiento Normativo I de MORDAZA Metropolitana, precisa lo siguiente: "Garanticese la estabilidad y vigencia del Plano, Normas de Zonificacion e Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas del distrito que se aprueba mediante la presente Ordenanza, disponiendose que los mismos, dentro de dos anos, MORDAZA evaluados conjuntamente por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho pudiendo ser reajustado en lo pertinente... Durante dicho periodo, se suspenden los Cambios Especificos de Zonificacion, salvo que excepcionalmente se presenten iniciativas de inversion que se califiquen de Interes Local por el Concejo Distrital respectivo o de Interes

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