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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de marzo de 2009 391982 ORDENANZA QUE PRORROGA EL VENCIMIENTO DEL PAGO DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL Y LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO FISCAL 2009 Artículo 1°.- Prorróguese la fecha de vencimiento de la Primera Cuota para el Pago del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2009 hasta el 31 de marzo del 2009. Regístrese, publíquese y cúmplase MANUEL SCHWARTZ R. Alcalde 320069-1 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Modifican Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad ORDENANZA N° 301-2009-MDJM Jesús María, 27 de febrero del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA VISTO, en sesión ordinaria de la fecha, con el voto unánime de los señores Regidores y con dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; señalando que la estructura orgánica del Gobierno Local la conforman el Concejo Municipal como órgano normativo y fi scalizador y la Alcaldía como órgano ejecutivo; asimismo el numeral 1) del artículo 195, establece que las Municipalidades, en ejercicio de su autonomía política, económica y administrativa, tienen competencia exclusiva para aprobar su organización interna; Que, la Ley Nº 27658 Marco de Modernización del Estado, declara al Estado en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el numeral 3 del artículo 9 de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades otorga al Concejo Municipal la atribución de aprobar su régimen de organización interior y funcionamiento del Gobierno Local; Que, la organización debe ser diseñada para obtener en la mejor forma posible los objetivos estratégicos; debiendo ajustarse la estructura de la organización para facilitar el desarrollo de las actividades de la gestión, el fortalecimiento de la cultura organizacional, el incremento de la productividad y el desarrollo del trabajo de las personas en un clima de armonía y cooperación; con lo cual se debe lograr ser efi caces, a fi n de satisfacer las demandas y expectativas de los vecinos de Jesús María; Que, mediante Informes Técnico Nº 028-2009/ MDJM-GPP emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y Legal Nº 325-2009/GAJyRC de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, el proyecto de modifi cación cumple con los lineamientos técnicos que establece el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM “Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de las Entidades de la Administración Pública”; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA Artículo Primero.- INCORPÓRASE el numeral 57.24 al artículo 57 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, de la Municipalidad Distrital de Jesús María, aprobado por la Ordenanza Nº 281-MDJM: “Artículo 57°.- Son funciones generales de la Gerencia de Administración las siguientes: (...) 57.24 Suscribir las Órdenes de Compra y Servicio conjuntamente con la Sub Gerencia de Logística.” Artículo Segundo.- INCORPÓRASE los artículos 79-A y 79-B al Reglamento de Organización y Funciones - ROF, de la Municipalidad Distrital de Jesús María, aprobado por la Ordenanza Nº 281-MDJM, los mismos que tendrán el siguiente texto: “Artículo 79º-A.- Para el cumplimiento de sus funciones, la Gerencia de Seguridad Ciudadana cuenta con la estructura siguiente: - Sub Gerencia de Policía Municipal. CÓDIGO 06.2.1. SUB GERENCIA DE POLICÍA MUNICIPAL Artículo 79º-B.- De la Sub Gerencia de Policía Municipal 79-B.1. Apoyar las acciones legales de la Municipalidad de Jesús Maria. 79-B.2. Realizar las acciones de control por encargo de los órganos de línea de la Municipalidad. 79-B.3. Cumplir y hacer cumplir los dispositivos y normas municipales que rigen para el distrito de Jesús María. 79-B.4. Ejecutar el control de la ciudad, siendo órgano instructor dentro del procedimiento administrativo sancionador, notifi cando las papeletas de infracción, califi cando y ordenando las medidas correctivas establecidas en el régimen administrativo de sanciones, tales como decomiso, retención, clausura, retiro, internamiento temporal de animales y vehículos, paralización de obra, demolición, suspensión de evento, suspensión de autorización de comercio ambulatorio y reparación ambiental. 79-B.5. Ejecutar acciones de control que permitan el cumplimiento de las normas legales nacionales y municipales que regulan las actividades de su competencia, e imponer a los infractores las sanciones correspondientes. 79-B.6. Dar cumplimiento de las normas legales nacionales y municipales que regulan las actividades de su competencia, e imponer a los infractores las sanciones correspondientes. 79-B.11. Dirigir y ejecutar control y fi scalización de los mercados de abastos del distrito. 79-B.12. Realizar operativos organizados con las diferentes dependencias del gobierno central a fi n de controlar los pesos y medidas. 79-B.13. Coordinar con las diferentes unidades orgánicas de la municipalidad la realización de operativos (sanitarios) a módulos y locales de expendio de comida. 79-B.14. Otras, que le asigne el Gerente de Seguridad Ciudadana.”