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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2009 (07/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de marzo de 2009 391978 votación unánime de sus miembros con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ha emitido la siguiente : ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APRUEBASE el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de las Algas Marinas en la Región Moquegua el mismo que consta de veintiún artículos (21) Artículos, cuyo texto forma parte integrante de la presente ordenanza, el mismo que será colgado en el portal electrónico del Gobierno Regional de Moquegua. Artículo Segundo.- DÉJESE sin efecto las demás disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Comuníquese al Señor Presidente Regional de Moquegua para su promulgación. En Moquegua a los doce días del mes de diciembre de dos mil ocho . LUCRECIA NORA MALDONADO CUADROS Consejera Delegada Consejo Regional Moquegua POR TANTO; Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Moquegua a los doce días del mes de diciembre de dos mil ocho JAIME ALBERTO RODRIGUEZ VILLANUEVA Presidente Regional 320057-2 Aprueban modificación del Cuadro de Asignación de Personal de la Dirección Regional de Salud y sus órganos desconcentrados ORDENANZA REGIONAL N° 001-2009-CR/GRM. 3 de enero de 2009 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MOQUEGUA POR CUANTO EL CONSEJO REGIONAL DE MOQUEGUA Ha aprobado la Ordenanza Regional Siguiente: VISTO: En Sesión Extraordinaria N° 001-2009-CR, del Consejo Regional de Moquegua, con fecha 03 de enero del 2009, se trató como punto de Agenda : “ Aprobación de la modifi cación del CAP de la Dirección Regional de Salud y Órganos Desconcentrados” y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplifi cación administrativa. Que, el Consejo Regional tiene facultad para aprobar los documentos de gestión que correspondan a las Direcciones Regionales Sectoriales, en observación a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, en concordancia con el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales. Que, mediante Ofi cio Nº 2967-2008-DRSM-DG/OEPE de fecha 17.12.2008 el Sr. Jefe de la Direccion Regional de Salud Moquegua solicita a Presidencia Regional la Aprobación de los Cuadros de Asignación de Personal de la DIRESA y de sus Órganos Desconcentrados. Que, teniendo en cuenta que mediante Ordenanza Regional Nº 004-2008-CR/GRM de fecha 12.03.2008 se ha aprobado el ROF de la Dirección Regional de Salud y de sus Órganos Desconcentrados. Que, mediante Resolución Ministerial Nº 595- 2008/MINSA de 27.08.2008 se aprueba el Manual de Clasifi cación de Cargos del Ministerio de Salud. Que, mediante informe Nº 270-2008-OPI-GRPPAT/ GR.MOQ. , señala que se han levantado la mayor parte de las observaciones de los Cuadros para Asignación de Personal que corresponde a: Dirección Regional de Salud, Dirección de Red Salud Moquegua, Hospital Regional de Moquegua, Dirección de Red Salud Ilo, Hospital J.F. Kennedy., señalando que queda pendiente lo señalado en el D.S. 043-2004-PCM sobre el artículo 11º punto c) sobre los cargos previstos(no cubiertos) los que en los proyectos sobrepasa el 10% del total de cargos contenidos, a excepción del Hospital J.F. Kennedy y de la Dirección Regional de Salud Ilo. Visto, el Informe Legal Nº 477-2008-DRAJ/GR.MOQ: y el Informe Nº 198-2008-EVM-DRAJ/GR.MOQ. que contiene el Informe, Opinión y Aprobación CAP Dirección Regional salud y Órganos Desconcentrados, que señala que los documentos de gestión han sido elaborados dentro del marco de artículo 101º de la Constitución Política de 1993, artículo 38º de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, Ordenanza Regional Nro. 004- 2008-CR/GRM, Ley Nº 26842, Ley General de Salud artículo 122º , la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud artículo 2º, Ley Nº 27813, Ley del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud y concordantes; al análisis señala que los documentos de gestión han sido elaborados dentro de los lineamientos establecidos para la elaboración y aprobación establecido en el D.S. 043-2006-PCM modifi cado por el D:S: 018-2007-PCM , pues contiene la correcta defi nición de cargos y plazas orgánicas previstas como necesarias para el normal funcionamiento de la entidad buscando solucionar la carencia de los recursos humanos y organizar los cargos necesarios que la institución necesita para desarrollar sus actividades conforme a ley. Por lo que en uso de las facultades concedidas por los artículos 13º, 37º inciso a) de la Ley Nro. 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 27902, Ley Nº 28968 y la Ley Nº 29053; inciso a) del artículo 14º del Nuevo Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 009-2006-CR/GRM, con la dispensa del tramite de Comisión y con la votación unánime de sus miembros y contando además con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ORDENA: Artículo Primero.- APRUEBASE la modificación del documento de gestión denominado Cuadro de Asignación de Personal – CAP de la Dirección Regional de Salud y sus órganos desconcentrados: 1.- Dirección de Red Salud Moquegua, 2.- Dirección de Red Salud Ilo, 3.- Hospital Regional Moquegua y 4.- Hospital John K. Kennedy, de conformidad con los anexos que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGUESE a la Secretaria Técnica del Consejo Regional Moquegua, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal electrónico del Gobierno Regional Moquegua.