Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2009 (07/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de marzo de 2009

Articulo Tercero.- ESTABLECER como tarifa por Derecho de Matrimonio Civil Masivo la suma de S/. 100.00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles), los mismos que estaran disgregados de la siguiente manera: - POR GASTOS ADMINISTRATIVOS: Pagar en MORDAZA del Local Central por Expediente Matrimonial la suma de S/. 40.00 (Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles). - CERTIFICADO PRE NUPCIAL: Pagar en MORDAZA del Local Central por Examen Medico la suma de S/. 60.00 (Sesenta y 00/100 Nuevos Soles). Articulo Cuarto.- ESTABLECER que los requisitos indispensables para participar en el MORDAZA Matrimonio Civil Masivo, son los que a continuacion se detallan: - Acta de nacimiento de ambos contrayentes (original y MORDAZA actualizada) - Copias legalizadas de los Documentos Nacionales de Identidad de ambos novios (mostrar original con el holograma de las ultimas elecciones). - Certificado Pre Nupcial (medico), expedido por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho (S/. 60.00). - Expediente Matrimonial (S/. 40.00). - Certificado Domiciliario. - MORDAZA de No Inscripcion de Matrimonio (Certificado de Solteria). - Copias autenticadas de los Documentos Nacionales de Identidad de dos (02) testigos (mostrar original con el holograma de las ultimas elecciones). - El Acta de Nacimiento, Certificado de Solteria y certificado del domicilio del Contrayente Extranjero, debera contar con la visacion del Consul Peruano en el MORDAZA de origen, asi como con la legalizacion del Ministerio de Relaciones Exteriores. Articulo Quinto.- AUTORIZAR la recepcion de los Expedientes Matrimoniales a partir de la expedicion del presente Decreto de Alcaldia, hasta el dia jueves 07 de MORDAZA del 2009. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Secretaria General a traves de la Sub Gerencia de Registro Civil, el debido cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 319668-1

Condonacion de Multas e Intereses Tributarios por la Omision a la Inscripcion Predial Masiva y Subvaluacion Predial, presentado por el senor Regidor MORDAZA MORDAZA Vara MORDAZA, y, CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que los Gobiernos Locales pueden crear o modificar sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el inciso a) del articulo 14 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que los contribuyentes estan obligados a presentar anualmente la declaracion jurada de Autovaluo; Que, el ultimo parrafo del Articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, sustituido por el Art. 9º del Decreto Legislativo Nº 981, establece que excepcionalmente, los gobiernos locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren, pudiendo dicha condonacion podra alcanzar al tributo, en el caso de contribuciones y tasas; Que, es necesaria la actualizacion de la informacion contenida en la base de datos de la Administracion Tributaria de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, a efectos de determinar la base imponible del Impuesto Predial de los predios ubicados en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo. Que, conforme a lo establecido en el articulo 9º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, cuando la existencia del propietario no pudiera ser determinada, son sujetos obligados al pago en calidad de responsables, los poseedores, a cualquier titulo, de los predios afectos, sin perjuicio de su derecho a reclamar el pago a los respectivos contribuyentes; en tal sentido se tendra como consecuencia el incremento de la base tributaria y por ende un aumento en la recaudacion, beneficiando a todos los vecinos de MORDAZA Maria; Que, es politica de esta Gestion Municipal brindar las mayores facilidades de pago de deudas tributarias a sus contribuyentes; De conformidad con los Arts. 9º, inc. 9) y 41º de la Ley 27972 ­ Organica de Municipalidades, Art. 60º del Decreto Legislativo Nº 776 ­ Ley de Tributacion Municipal; con los Informes favorables de la Gerencia de Rentas y de Asesoria Juridica, POR UNANIMIDAD; y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta, aprobo la siguiente ORDENANZA: BENEFICIOS TRIBUTARIOS DE CONDONACION DE MULTAS E INTERESES TRIBUTARIOS, POR LA OMISION A LA INSCRIPCION PREDIAL MASIVA Y POR SUBVALUACION PREDIAL. Articulo Primero.- Alcances de la Ordenanza Aprobar el beneficio de la inscripcion predial masiva para los propietarios, personas naturales y aquellos que tengan la condicion de poseedores fehacientemente acreditados de los predios ubicados en el distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo. Articulo Segundo.- Omisos a la inscripcion predial a) Condonacion de la multa tributaria establecida en el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario por omision a la inscripcion del predio mediante la MORDAZA de la declaracion jurada del autovaluo. b) Condonacion del insoluto en los arbitrios municipales de anos anteriores. c) Condonacion de factores de reajustes e intereses hasta el 31 de diciembre de 2008.

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Aprueban beneficio de condonacion de multas e intereses tributarios por la omision a la inscripcion predial masiva y por subvaluacion predial
ORDENANZA Nº 077/MVMT MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 23 de febrero de 2009 EL MORDAZA DEL CONCEJO DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO POR CUANTO, el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo; VISTO: en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el proyecto Ordenanza de Beneficios Tributarios de

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