Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2009 (13/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

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Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y demas normas complementarias; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0102006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor de la senorita MORDAZA BETSAVE MORDAZA MORDAZA, el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera de MORDAZA, denominada PALMAR 3, de matricula Nº SY-21108-PM y 100.55 m3 de capacidad de bodega, otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 036-2003-PRE/P-LL, modificada por Resolucion Directoral Nº 099-2008-PRODUCE/ DGEPP, solo en la extraccion de anchoveta y sardina, y en los demas terminos y condiciones en que fue otorgado. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a CORPORACION PESQUERA RIGEN S.A.C., a traves de la Resolucion Directoral Nº 099-2008PRODUCE/DGEPP, para operar la embarcacion pesquera denominada PALMAR 3 de matricula Nº SY-21108-PM. Articulo 3º.- Consignar a la senorita MORDAZA BETSAVE MORDAZA MORDAZA, como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera PALMAR 3 de matricula Nº SY-21108-PM, asi como la presente Resolucion en el Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007PRODUCE, excluyendo a CORPORACION PESQUERA RIGEN S.A.C. y la Resolucion Directoral Nº 099-2008PRODUCE/DGEPP de dicho Anexo. Articulo 4º.- El permiso de pesca a que se refiere la presente Resolucion sera ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 322073-1 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 114-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 19 de febrero del 2009 Visto el escrito con Registro Nº 00076843 del 17 de octubre del 2008, presentado por la empresa PESQUERA CANTABRIA S.A. CONSIDERANDO: Que el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 015-2007PRODUCE, referente a la transferencia del permiso de pesca, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del

permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. El mismo articulo establece que no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 662-97-PE, de fecha 29 de octubre de 1997, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a la empresa PESQUERA M & C S.R.Ltda., para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "DONA CHELA" de matricula Nº CE-0264-CM de 110.84 m3 de capacidad de bodega y construida en el ano 1963, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que mediante Resolucion Directoral Nº 349-98-PE/ DNE, de fecha 25 de noviembre de 1998, se autorizo el cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 662-97-PE para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "DONA CHELA" de matricula Nº CE-0264-PM de 110.84 m3 de capacidad de bodega, a favor de MORDAZA CHUNQUE MORDAZA en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que mediante Resolucion Directoral Nº 148-2001PE/DNEPP, del 23 de MORDAZA del 2001, se modifico la Resolucion Ministerial Nº 662-97-PE y la Resolucion Directoral Nº 349-98-PE/DNE, en cuanto al nombre de la embarcacion pesquera de bandera nacional "DONA CHELA", estableciendo como nueva denominacion la de "G & D", con matricula Nº CE-0264-PM. Asimismo, se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "G & D" a favor de PESQUERA "G & D" E.I.R.L, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que mediante Resolucion Directoral Nº 273-2004PRODUCE/DNEPP, de fecha 13 de octubre del 2004, se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca solicitado por la empresa Inversiones Pesqueras MORDAZA MORDAZA Sociedad Comercial de Responsabilidad LimitadaINPESAR S.R.L; Que los Articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE de fecha 5 de septiembre del 2002, establece que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus), seran destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto, solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente de la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolucion Ministerial Nº 150-2001PE, debiendo adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada Resolucion; Que a la fecha, la embarcacion pesquera "G & D" de matricula Nº CE-0264-PM, se encuentra consignada en el listado Oficial de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007PRODUCE, en el Anexo I, literal j), con permiso de pesca del recurso anchoveta y en el Anexo V, cuyo permiso de pesca se encuentra suspendido para el recurso sardina debido a que los armadores han incumplido con las disposiciones del ordenamiento legal pesquero vigente; Que mediante el escrito del visto, la empresa PESQUERA CANTABRIA S.A., solicita cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion "G & D" de matricula Nº CE-0264-PM; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados, se determina que la empresa recurrente posee el dominio sobre la embarcacion pesquera "G & D" de matricula Nº CE-0264-PM, segun consta en el Certificado Compendioso de Dominio expedido por la

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