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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2009 (13/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de marzo de 2009 392288 las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fi jados, así como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO RUIZ DÍAZ Viceministro de Comunicaciones 322068-1 Acreditan a Ingenieros para la suscripción de la Ficha Técnica de Importación de Vehículos Usados y Especiales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 482-2009-MTC/15 Lima, 3 de febrero de 2009 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 087796 (14.08.2008); 134855 (27.11.2008); 135290 (28.11.2008); 001002 (06.01.2009); 003234 (09.01.2009); y, 140463 (10.12.2008), presentados por el Colegio de Ingenieros del Perú - Consejo Departamental de Lima, solicitando la acreditación de los ingenieros Daniel Adolfo Quispe Yupa, Vicente Osccorima Aroni y Marco Antonio Chilca Damián para la suscripción de la Ficha Técnica de Importación de Vehículos Usados y Especiales; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Vehículos, aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y modifi cado por los Decretos Supremos Nº 005-2004-MTC, 014-2004-MTC, 035-2004-MTC, 002-2005-MTC, 012-2005-MTC, 008-2006- MTC, 012-2006-MTC, 023-2006-MTC, 037-2006-MTC, 006-2008-MTC y 042-2008-MTC, establece los requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del Sistema Nacional de Transporte Terrestre; Que, el artículo 94º del referido Reglamento, modifi cado por Decreto Supremo Nº 014-2004-MTC, establece los requisitos para la nacionalización de vehículos usados tanto por el régimen regular de importación, como también por los regímenes especiales de CETICOS y ZOFRATACNA, entre los cuales se exige la Ficha Técnica de Importación de Vehículos Usados y Especiales, la misma que debe estar suscrita conjuntamente por el importador o su representante legal y un ingeniero mecánico o mecánico electricista debidamente acreditado ante la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Resolución Directoral Nº 2161-2004- MTC/15, se reguló de manera complementaria los requisitos, impedimentos y demás condiciones para la acreditación de ingenieros mecánicos o mecánicos-electricistas, para la suscripción de la Ficha Técnica de Importación de Vehículos Usados y Especiales a que se refi ere el artículo 94º del Reglamento Nacional de Vehículos; Que, el artículo 5º de la citada Resolución Directoral, establece que las acreditaciones se formalizarán mediante Resolución Directoral emitida por la Dirección General de Transporte Terrestre y tendrán una vigencia de un (1) año; Que, de acuerdo a lo indicado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial en el Informe Nº 053-2009- MTC/15.03, de fecha 20 de enero del año en curso, las solicitudes presentadas por el Colegio de Ingenieros del Perú - Consejo Departamental de Lima, con Partes Diarios Nros. 087796; 134855; 135290; 001002; 003234; y, 140463, sobre acreditación de los ingenieros Daniel Adolfo Quispe Yupa, Vicente Osccorima Aroni y Marco Antonio Chilca Damián, para la suscripción de la Ficha Técnica de Importación de Vehículos Usados y Especiales, cumplen con los requisitos documentales exigidos en el artículo 4º de la Resolución Directoral citada en el considerando precedente; Que, por consiguiente, corresponde emitir el acto administrativo de acuerdo a lo establecido en el artículo 5º de la Resolución Directoral Nº 2161-2004-MTC/15, acreditando a los ingenieros Daniel Adolfo Quispe Yupa, Vicente Osccorima Aroni y Marco Antonio Chilca Damián, para la suscripción de la Ficha Técnica de Importación de Vehículos Usados y Especiales a que se refi ere el artículo 94º del Reglamento Nacional de Vehículos, aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modifi catorias; Que, asimismo, atendiendo a lo establecido en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, referido al Principio de Celeridad y conforme a lo señalado en el artículo 149º de la Ley antes mencionada, referido a la acumulación de procedimientos en trámite que guarden conexión, corresponde acumular las solicitudes presentadas por el Colegio de Ingenieros del Perú - Consejo Departamental de Lima, contenido en los Partes Diarios Nros. 087796, 134855, 135290, 001002, 003224 y 140463, sobre acreditación de ingenieros para la suscripción de la Ficha Técnica de Importación de Vehículos Usados y Especiales a que se refi ere el artículo 94º del Reglamento Nacional de Vehículos; De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte de Tránsito Terrestre, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Reglamento Nacional de Vehículos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC; y la Resolución Directoral Nº 2161-2004- MTC/15; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acumular los procedimientos administrativos iniciados mediante Partes Diarios Nros. 087796 (14.08.2008); 134855 (27.11.2008); 135290 (28.11.2008); 001002 (06.01.2009); 003234 (09.01.2009); y, 140463 (10.12.2008), presentados por el Colegio de Ingenieros del Perú - Consejo Departamental de Lima, sobre acreditación de ingenieros para la suscripción de la Ficha Técnica de Importación de Vehículos Usados y Especiales a que se refi ere el artículo 94º del Reglamento Nacional de Vehículos. Artículo 2º.- Acreditar como Ingenieros para la suscripción de la Ficha Técnica de Importación de Vehículos Usados y Especiales a que se refi ere el artículo 94º del Reglamento Nacional de Vehículos aprobado por el Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, por el plazo de un (01) año, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano, a los siguientes profesionales: NOMBRE TÍTULO PROFESIONAL CIP DNI ENTIDAD QUE SOLICITA Daniel Adolfo Quispe Yupa. Ingeniero Mecánico Electricista 059744 06909527 Colegio de Ingenieros del Perú - Consejo Departamental de Lima Vicente Osccorima Aroni. Ingeniero Mecánico 28807 08855238 Colegio de Ingenieros del Perú - Consejo Departamental de Lima Marco Antonio Chilca Damián. Ingeniero Mecánico 62652 08359393 Colegio de Ingenieros del Perú - Consejo Departamental de Lima Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral, así como un ejemplar de la Ficha Registro de Firma de los ingenieros acreditados a la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera de la SUNAT y al Registro de Propiedad Vehicular de la SUNARP. Artículo 3º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. JOSÉ LUIS CASTAÑEDA NEYRA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 315229-1