Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2009 (13/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de marzo de 2009

las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 322068-1

Acreditan a Ingenieros para la suscripcion de la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 482-2009-MTC/15 MORDAZA, 3 de febrero de 2009 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 087796 (14.08.2008); 134855 (27.11.2008); 135290 (28.11.2008); 001002 (06.01.2009); 003234 (09.01.2009); y, 140463 (10.12.2008), presentados por el Colegio de Ingenieros del Peru - Consejo Departamental de MORDAZA, solicitando la acreditacion de los ingenieros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Osccorima MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para la suscripcion de la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Vehiculos, aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y modificado por los Decretos Supremos Nº 005-2004-MTC, 014-2004-MTC, 035-2004-MTC, 002-2005-MTC, 012-2005-MTC, 008-2006MTC, 012-2006-MTC, 023-2006-MTC, 037-2006-MTC, 006-2008-MTC y 042-2008-MTC, establece los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del Sistema Nacional de Transporte Terrestre; Que, el articulo 94º del referido Reglamento, modificado por Decreto Supremo Nº 014-2004-MTC, establece los requisitos para la nacionalizacion de vehiculos usados tanto por el regimen regular de importacion, como tambien por los regimenes especiales de CETICOS y ZOFRATACNA, entre los cuales se exige la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales, la misma que debe estar suscrita conjuntamente por el importador o su representante legal y un ingeniero mecanico o mecanico electricista debidamente acreditado ante la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2161-2004MTC/15, se MORDAZA de manera complementaria los requisitos, impedimentos y demas condiciones para la acreditacion de ingenieros mecanicos o mecanicos-electricistas, para la suscripcion de la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales a que se refiere el articulo 94º del Reglamento Nacional de Vehiculos; Que, el articulo 5º de la citada Resolucion Directoral, establece que las acreditaciones se formalizaran mediante Resolucion Directoral emitida por la Direccion General de Transporte Terrestre y tendran una vigencia de un (1) ano; Que, de acuerdo a lo indicado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial en el Informe Nº 053-2009MTC/15.03, de fecha 20 de enero del ano en curso, las solicitudes presentadas por el Colegio de Ingenieros del Peru - Consejo Departamental de MORDAZA, con Partes Diarios Nros. 087796; 134855; 135290; 001002; 003234; y, 140463, sobre acreditacion de los ingenieros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Osccorima MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para la suscripcion de la Ficha Tecnica de Importacion de

Vehiculos Usados y Especiales, cumplen con los requisitos documentales exigidos en el articulo 4º de la Resolucion Directoral citada en el considerando precedente; Que, por consiguiente, corresponde emitir el acto administrativo de acuerdo a lo establecido en el articulo 5º de la Resolucion Directoral Nº 2161-2004-MTC/15, acreditando a los ingenieros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Osccorima MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para la suscripcion de la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales a que se refiere el articulo 94º del Reglamento Nacional de Vehiculos, aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias; Que, asimismo, atendiendo a lo establecido en el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, referido al MORDAZA de Celeridad y conforme a lo senalado en el articulo 149º de la Ley MORDAZA mencionada, referido a la acumulacion de procedimientos en tramite que guarden conexion, corresponde acumular las solicitudes presentadas por el Colegio de Ingenieros del Peru - Consejo Departamental de MORDAZA, contenido en los Partes Diarios Nros. 087796, 134855, 135290, 001002, 003224 y 140463, sobre acreditacion de ingenieros para la suscripcion de la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales a que se refiere el articulo 94º del Reglamento Nacional de Vehiculos; De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte de MORDAZA Terrestre, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Reglamento Nacional de Vehiculos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC; y la Resolucion Directoral Nº 2161-2004MTC/15; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acumular los procedimientos administrativos iniciados mediante Partes Diarios Nros. 087796 (14.08.2008); 134855 (27.11.2008); 135290 (28.11.2008); 001002 (06.01.2009); 003234 (09.01.2009); y, 140463 (10.12.2008), presentados por el Colegio de Ingenieros del Peru - Consejo Departamental de MORDAZA, sobre acreditacion de ingenieros para la suscripcion de la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales a que se refiere el articulo 94º del Reglamento Nacional de Vehiculos. Articulo 2º.- Acreditar como Ingenieros para la suscripcion de la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales a que se refiere el articulo 94º del Reglamento Nacional de Vehiculos aprobado por el Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, por el plazo de un (01) ano, contado a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano, a los siguientes profesionales:
NOMBRE MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yupa. TITULO PROFESIONAL Ingeniero Mecanico Electricista CIP 059744 ENTIDAD QUE SOLICITA Colegio de Ingenieros 06909527 del Peru - Consejo Departamental de MORDAZA Colegio de Ingenieros 08855238 del Peru - Consejo Departamental de MORDAZA Colegio de Ingenieros 08359393 del Peru - Consejo Departamental de MORDAZA DNI

MORDAZA Osccorima Ingeniero Mecanico Aroni. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Damian. Ingeniero Mecanico

28807

62652

Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral, asi como un ejemplar de la Ficha Registro de Firma de los ingenieros acreditados a la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera de la SUNAT y al Registro de Propiedad Vehicular de la SUNARP. Articulo 3º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 315229-1

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