Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2009 (14/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de marzo de 2009

c) Representacion estudiantil en la proporcion de un tercio; Articulo 20º. El gobierno de la Facultad corresponde al Consejo de la Facultad y al Decano, de acuerdo con las atribuciones que senala el Estatuto de la Universidad. Articulo 21º. La Asamblea Universitaria de las Universidades Publicas bajo competencia del CONAFU, se elegira en MORDAZA electoral organizado y realizado por el Comite Electoral. Articulo 22º. La Asamblea Universitaria tendra la composicion siguiente: a) El Rector y los Vicerrectores; b) Los Decanos de las Facultades; c) Los representantes de los Profesores de las diversas facultades, en numero igual al doble de la suma de las autoridades universitarias a que se refiere los incisos anteriores. La mitad son profesores principales. El Estatuto de la Universidad establece la proporcion de los representantes de las otras categorias; y, d) Los representantes de los estudiantes, que constituyen el MORDAZA del numero total de los miembros de la Asamblea. Articulo 23º. La Asamblea Universitaria elegira al Rector y Vicerrectores, los que asumiran su cargo cuando el CONAFU haga entrega de la Resolucion de Autorizacion definitiva de funcionamiento. Articulo 24º. Para ser Candidato a Representante Estudiantil se requiere: a) Estar matriculado como alumno regular de la Universidad con los creditos totales del semestre en el que se realizan las elecciones; b) Tener 36 creditos aprobados, como minimo y estar matriculado entre el tercero y setimo ciclo de las carreras de 10 semestres, y entre el tercero y decimo ciclo de las carreras de 12 semestres; c) No tener cargo o actividad rentada en la Universidad, durante su mandato y hasta un ano despues de terminado este; d) No haber incurrido en responsabilidad administrativa, civil o penal en actos de violencia y/o que ocasionen danos personales y/o materiales a la Universidad; e) No tener antecedentes penales;

FE DE ERRATAS RESOLUCION N° 100-2009-CONAFU
Mediante Oficio N° 238-2009-CONAFU-SG el consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Administrativa N° 100-2009-CONAFU, publicada en la edicion del 13 de marzo de 2009 En la parte de Vistos de la Resolucion DICE: VISTOS: Resolucion N° 199-2002-CONAFU de fecha 14 de Agosto del 2002, La Resolucion N° 048-2009CONAFU, El Informe Final -2009-CV, el Acuerdo Nº 0792009-CONAFU de la Sesion del Pleno del CONAFU de fecha 09 y 10 de Febrero del 2009, y; DEBE DECIR: VISTOS: Resolucion N° 199-2002-CONAFU de fecha 14 de Agosto del 2002, La Resolucion N° 048-2009CONAFU, El Informe Final -2009-CV, el Acuerdo Nº 0792009-CONAFU de la Sesion del Pleno del CONAFU de fecha 09 y 10 de Marzo del 2009, y; En el Decimo Considerando DICE: Que, en sesion de fecha 09 y 10 de Febrero del 2009, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 079-2009CONAFU acuerda Otorgar la Autorizacion Definitiva de Funcionamiento a la Universidad Peruana de las Americas, bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882, con sede en la MORDAZA y departamento de MORDAZA, para brindar servicios educativos de nivel universitario con las siguientes Facultades: 1. Facultad de Ingenieria de Computacion y Sistemas con la Escuela Profesional de Computacion y Sistemas; 2. Facultad de Ciencias Empresariales con las Escuelas Profesionales de: a) Administracion y Gestion de Empresas, b) Administracion de Servicios Turisticos, c) Contabilidad y Finanzas, y d) Marketing y Negocios Internacionales DEBE DECIR:

DISPOSICIONES FINALES
Primera.- El Comite Electoral Universitario, es MORDAZA y se encarga de organizar, conducir y controlar los procesos electorales, asi como de pronunciarse sobre las reclamaciones que se presenten. Sus fallos son inapelables. Segunda.- El Comite Electoral Universitario, estara conformado por tres profesores principales, dos asociados, un auxiliar y por tres alumnos designados por el CONAFU. Tercera.- Si para conformar el Comite Electoral, no existiera el numero suficiente de profesores en la Categoria de Principal y Asociados, se invitara a docentes de otras Universidades publicas institucionalizadas para conformar el comite electoral. Cuarta.- La Comision Organizadora, la Comision de Gobierno, el Consejo Universitario y la Asamblea Universitaria seran instalados por el Pleno del CONAFU. Quinta.- La eleccion de los representantes de los Docentes y de los Estudiantes se realizara de acuerdo al "Reglamento de Elecciones de los Representantes de los Docentes ante la Asamblea Universitaria, y el Consejo de Facultad", con el "Reglamento de Elecciones Estudiantiles ante los Organos de Gobierno", respectivamente elaborado por el Comite Electoral y Aprobado por el CONAFU. Sexta.- Los ex Rectores que culminaron su periodo de gobierno de cinco (05) anos para el cual fueron elegidos y que no ostenten el grado de Doctor, podran ser considerados para integrar Comisiones Organizadoras y Comisiones de Gobierno. Setima.- Todo lo no prescrito en el presente Reglamento sera resuelto por el Pleno del CONAFU sustentado en el informe tecnico correspondiente. Que, en sesion de fecha 09 y 10 de Marzo del 2009, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 079-2009CONAFU acuerda Otorgar la Autorizacion Definitiva de Funcionamiento a la Universidad Peruana de las Americas, bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882, con sede en la MORDAZA y departamento de MORDAZA, para brindar servicios educativos de nivel universitario con las siguientes Facultades: 1. Facultad de Ingenieria de Computacion y Sistemas con la Escuela Profesional de Computacion y Sistemas; 2. Facultad de Ciencias Empresariales con las Escuelas Profesionales de: a) Administracion y Gestion de Empresas, b) Administracion de Servicios Turisticos, c) Contabilidad y Finanzas, y d) Marketing y Negocios Internacionales.

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BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje de funcionario Ecuador, en comision de servicios
RESOLUCION DE DIRECTORIO Nº 008-2009-BCRP
MORDAZA, 13 de marzo 2009 CONSIDERANDO: Que, es necesario efectuar coordinaciones el 16 de marzo del presente ano con el Banco Central del Ecuador en materia relacionada con la gestion del numerario; Que, el Banco Central de Reserva del Peru tiene la finalidad de preservar la estabilidad monetaria y dentro de sus funciones esta la de emitir billetes y monedas;

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DISPOSICION TRANSITORIA
Unica.- Un consejero de CONAFU participara como veedor en el MORDAZA electoral para conformar los organos de gobierno y elegir a las autoridades.

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