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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de marzo de 2009 392640 atribuciones conferidas por la Resolución Suprema Nº 378- 2006-DE/SG del 12 de setiembre del 2006; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la Donación dineraria de la “Asociación Familia Zuñiga y Rivero” a favor del Instituto Geográfico Nacional, por la suma de TREINTA MIL CON 00/100 (US$ 30,000.00) DÓLARES AMERICANOS, que será empozada al cambio del día (Dólares Americanos a Nuevos Soles) en el Banco de la Nación, a la Cuenta Corriente en Nuevos Soles Nº 00-000-877840 - Donaciones del Instituto Geográfico Nacional. Artículo Segundo.- Agradecer a la “Asociación Familia Zuñiga y Rivero” por el valioso aporte efectuado a favor del Instituto Geográfi co Nacional para la elaboración del “Atlas Geográfi co de Perú”, el cual contribuirá en el desarrollo socio-económico del país. Artículo Tercero.- Disponer la publicación del presente resolutivo en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALFONSO TAFUR GANOZA Jefe del Instituto Geográfi co Nacional 324364-1 ECONOMIA Y FINANZAS Incorporan recursos en el Presupuesto del Gobierno Regional del Departamento de Piura para el Año Fiscal 2009 destinados a financiar el Componente I: Construcción de la Presa Derivadora Tronera Sur y el Túnel de Trasvase del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura DECRETO SUPREMO Nº 063-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 033-2009 se establecieron medidas extraordinarias para asegurar el fi nanciamiento del Componente I: Construcción de la Presa Derivadora Tronera Sur y el Túnel de Trasvase del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura y se autorizó al Ministerio de Economía y Finanzas, a través del Dirección Nacional del Tesoro Público, a constituir un depósito por la suma de SETENTA Y CINCO MILLONES Y 00 /100 NUEVOS SOLES (S/. 75 000 000,00) con cargo a los saldos disponibles de los recursos establecidos en el numeral 1.1 del Artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 016-2009; Que, el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 033- 2009 establece que el Ministerio de Economía y Finanzas queda autorizado a incorporar presupuestalmente mediante Decreto Supremo, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, los recursos a los que se refiere la Septuagésima Segunda Disposición Final de la Ley Nº 29289-Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, previa aprobación del expediente técnico del Componente I: Construcción de la Presa Derivadora Tronera Sur y el Túnel de Trasvase del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura y a requerimiento del Gobierno Regional del Departamento de Piura; Que, el Gobierno Regional del Departamento de Piura requiere incorporar los recursos presupuestales a los que se hace referencia en el considerando precedente habiendo cumplido con aprobar el expediente técnico requerido mediante Resolución Directoral General Nº 215-2008/GOB. REG.PIURA-GRI-DGC; Que, en consecuencia, es necesario autorizar la incorporación en el Presupuesto del Gobierno Regional del Departamento de Piura, vía Crédito Suplementario, los recursos establecidos en el numeral 1.1 del Artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 016-2009, orientados a los fines a que se refiere la Septuagésima Segunda Disposición Final de la Ley Nº 29289, hasta por la suma de SETENTA Y CINCO MILLONES Y 00 /100 NUEVOS SOLES (S/. 75 000 000,00); De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 033-2009; DECRETA: Artículo 1º.- Autoriza incorporación de recursos Incorpórese, vía Crédito Suplementario, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, la suma de SETENTA Y CINCO MILLONES Y 00 /100 NUEVOS SOLES (S/. 75 000 000,00), para fi nanciar el Componente I: Construcción de la Presa Derivadora Tronera Sur y el Túnel de Trasvase del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura, con cargo a los recursos a que hace referencia el artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 033-2009, de acuerdo al siguiente detalle: (En Nuevos Soles) INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : RECURSOS ORDINARIOS 75 000 000,00 TOTAL INGRESOS 75 000 000,00 ============ (En Nuevos Soles) EGRESOS SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 457 : Gobierno Regional del Departamento de Piura UNIDAD EJECUTORA 005 : Proyecto Hidroenergético del Alto Piura FUNCIÓN 10 : Agropecuaria PROGRAMA FUNCIONAL 025 : Riego SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0050 : Infraestructura de Riego PROYECTO 2.040186 : Mejoramiento de Riego y Generación Hidroenergético del Alto Piura FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : RECURSOS ORDINARIOS CATEGORIA DEL GASTO GASTO DE CAPITAL 6.ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 75 000 000,00 TOTAL EGRESOS 75 000 000,00 ============ Artículo 2º.- Codifi caciones La Ofi cina de Presupuesto, o la que haga sus veces del Pliego comprendido en el presente Crédito Suplementario, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 3º.- Notas de Modifi cación Presupuestaria La Ofi cina de Presupuesto, o la que haga sus veces del Pliego instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de marzo del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 325667-3