Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2009 (19/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

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9. El usuario quedara bloqueado cuando existan cinco (5) intentos fallidos consecutivos. Para levantar este bloqueo el representante legal debera tramitar la "Solicitud de Usuario ­ Representante de la nave" de acuerdo a la seccion anterior. 10. El representante legal comunicara oportunamente a la APN cuando un usuario deba ser cancelado del Sistema. 11. Para efectos de un uso adecuado del Sistema, se pone a disposicion el Manual de Usuario, el cual podra ser descargado de la pagina web de la APN. 12. Los usuarios deberan asegurarse que los registros solicitados se realicen de acuerdo al Manual de Usuario del Sistema. 13. La APN realizara periodicamente capacitaciones sobre el uso del Sistema. 4.4 De la disponibilidad del Sistema 14. La APN mantendra operativo el Sistema las 24 horas del dia y los 365 dias del ano. Cuando se presenten casos de inoperatividad del mismo, se daran las pautas para que los tramites de la recepcion y despacho de naves se realicen fisicamente y utilizando los formatos impresos del SOAZ. 15. El personal de la Autoridad Portuaria proveera un servicio de atencion de consultas relativas al Sistema, por telefono y correo electronico, las 24 horas del dia y los 365 dias del ano. V. DESCRIPCION DE ACTIVIDADES A. RESPECTO AL ANUNCIO DEL ARRIBO DE NAVES 5.1 Anuncio de arribo 1. El usuario anunciara el arribo de naves mediante el Sistema y de acuerdo a los plazos establecidos en el REDENAVES. 2. El Sistema calcula el monto a pagar por el procedimiento. 3. Las Agencias realizaran el pago por el procedimiento de recepcion de naves, registrando en el Sistema los datos del recibo y adjuntando la imagen del mismo, todo lo cual debera realizarse MORDAZA de recoger al representante de la Autoridad Portuaria para la recepcion. 4. El Sistema genera el numero de SOAZ que identifica el arribo de la nave. El codigo de SOAZ para el anuncio de arribo tiene la siguiente estructura: A-NNNNN-YY, donde: "A" prefijo de arribo, "NNNNN" correlativo de SOAZ y "YY" ano de anuncio de arribo. 5. El Sistema enviara un aviso electronico al personal administrativo de la Autoridad Portuaria quien validara el anuncio registrando la aprobacion o desaprobacion del mismo. 6. En caso de aprobacion, el Sistema enviara un aviso electronico al usuario comunicandole que la solicitud de anuncio de arribo se encuentra aprobada, quedando habilitada la consulta y reporte de SOAZ. 7. En caso de desaprobacion, el Sistema envia un aviso al usuario detallando las razones de la decision. Para subsanar un anuncio desaprobado, el usuario debera levantar las observaciones y reenviar la informacion. 5.2 De la rectificacion del ETA (Hora Estimada de Arribo) 8. El ETA servira para la programacion del orden de atencion de la nave. 9. Las rectificaciones del ETA deberan realizarse de acuerdo a lo establecido en el REDENAVES. 10. No es necesario rectificar el ETA cuando las naves tengan previsto arribar una hora MORDAZA o despues del ultimo ETA anunciado. 5.3 De la anulacion del anuncio de arribo 11. Las Agencias deberan solicitar la anulacion del SOAZ a traves del Sistema, cuando la nave MORDAZA cancelado su arribo del puerto. 12. El Sistema envia un aviso electronico al personal administrativo de la Autoridad Portuaria, comunicandole que se ha presentado una solicitud de anulacion de SOAZ. 13. El personal administrativo de la Autoridad Portuaria, verifica y valida en el Sistema la informacion de la solicitud

de la anulacion. Asimismo, registra la aprobacion o desaprobacion correspondiente. 14. En caso de aprobacion, el Sistema envia un aviso electronico al usuario comunicandole que la solicitud de anulacion se ha realizado correctamente. 15. En caso de desaprobacion, el Sistema envia un aviso al usuario en el que se detalla las razones de la decision. 16. Las Agencias deberan tramitar un MORDAZA SOAZ cuando la nave, cuyo SOAZ MORDAZA sido anulado, requiera arribar. B. RESPECTO AL ANUNCIO DEL ZARPE DE NAVES 5.4 Anuncio de zarpe 17. El usuario anunciara el zarpe de naves mediante el Sistema y de acuerdo a los plazos establecidos por el REDENAVES. 18. El Sistema calcula el monto a pagar por el procedimiento. 19. Las Agencias realizaran el pago por el procedimiento de despacho de naves, registrando en el Sistema los datos del recibo y adjuntando la imagen del mismo, todo lo cual debera realizarse MORDAZA de recoger al representante de la Autoridad Portuaria para el despacho. 20. El Sistema genera el numero de SOAZ que identifica la solicitud de despacho de la nave. El codigo de SOAZ para el anuncio de zarpe tiene la siguiente estructura: Z-NNNNN-YY, donde: "Z" prefijo de zarpe, "NNNNN" correlativo de SOAZ y "YY" ano de anuncio de zarpe. 21. El Sistema envia un aviso electronico al personal administrativo de la Autoridad Portuaria, quien validara el anuncio y registrara la aprobacion o desaprobacion correspondiente. 22. En caso de aprobacion, el Sistema enviara un aviso electronico al usuario comunicandole que la solicitud de anuncio de zarpe se encuentra aprobada, quedando habilitada la consulta y reporte de SOAZ. 23. En caso de desaprobacion, el Sistema enviara un aviso al usuario en el que se detalla las razones de la decision. Para subsanar un anuncio desaprobado, el usuario debera levantar las observaciones y reenviar la informacion. 5.5 De la rectificacion del ETD (Tiempo estimado de salida) 24. El ETD servira para que la Autoridad Portuaria programe el orden de atencion de la nave. 25. Las rectificaciones del ETD deberan realizarse de acuerdo a lo establecido en el REDENAVES. 5.6 De la anulacion del anuncio de zarpe 26. Las Agencias deberan solicitar la anulacion del SOAZ a traves del Sistema, cuando la nave MORDAZA cancelado su zarpe del puerto. 27. El Sistema enviara un aviso electronico a la Autoridad Portuaria, comunicandole que se ha presentado una solicitud de anulacion de SOAZ. 28. El personal administrativo de la Autoridad Portuaria verificara y validara en el Sistema la informacion de la solicitud de anulacion del zarpe. Asimismo, registra la aprobacion o desaprobacion correspondiente. 29. En caso de aprobacion, el Sistema enviara un aviso electronico al usuario comunicandole que la solicitud de cancelacion ha originado la anulacion de SOAZ correspondiente. 30. En caso de desaprobacion, el Sistema enviara un aviso al usuario en el que se detalla las razones de la decision. 31. Cuando la nave cuyo SOAZ MORDAZA sido anulado requiera zarpar, las Agencias deberan tramitar otro SOAZ. VI. CASO ESPECIAL Las embarcaciones que no utilizan agencias Los representantes de las embarcaciones que de acuerdo a la normativa vigente no requieran de una Agencia para anunciar su arribo o zarpe, podran solicitar hacer uso del Sistema, para lo cual deben cumplir con lo regulado en la presente Directiva.

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