Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2009 (19/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

392649

De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Oficializar el Documento Tecnico "Plan Estrategico Sectorial Multianual de Salud 2008-2011", que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a traves de su Oficina de Planeamiento y Gestion Institucional, sea responsable del seguimiento, reformulacion, evaluacion y difusion del Documento Tecnico aprobado por el articulo 1º. Articulo 3º.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique el Documento Tecnico en la direccion electronica http://www.minsa.gob.pe/portal/ transparencia/normas.asp del MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese.

Que de conformidad con el numeral 38.1 del articulo 38º de la Ley Organica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29158, los Ministerios pueden crear programas en el ambito de sus competencias, mediante Decreto Supremo y con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; Que el Decreto de Urgencia Nº 021-2009 en su articulo primero autoriza al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo a crear el Programa Especial de Reconversion Laboral- PERLAB, con el objeto de promover el empleo y proteger la empleabilidad de los trabajadores afectados directamente por la crisis internacional; Que, en consecuencia, se debe dictar el dispositivo legal que crea el Programa Especial de Reconversion Laboral ­ PERLAB que tambien se denominara Programa REVALORA PERU; De conformidad con lo regulado en el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y en el numeral 3 del articulo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:

MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud

324889-3

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Decreto Supremo que crea el Programa Especial de Reconversion Laboral ­ PERLAB denominado tambien Programa Revalora Peru
DECRETO SUPREMO N° 001-2009-TR
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 23º de la Constitucion Politica del Peru establece que: "El trabajo, en sus diversas modalidades, es objeto de atencion prioritaria del Estado", y que "el Estado promueve condiciones para el progreso social y economico, en especial mediante politicas de fomento del empleo productivo y de educacion para el trabajo"; Que, en el MORDAZA de la actual crisis economica internacional, el Poder Ejecutivo ha establecido como objetivo de interes nacional asegurar y consolidar el crecimiento economico y el empleo, protegiendo a los grupos mas vulnerables de la poblacion, para lo cual requiere de una serie de medidas de caracter financiero, economico, fiscal, laboral, de acceso al MORDAZA de capitales y de lineas de credito externo contingentes, asi como de apoyo a la iniciativa privada; Que, en este contexto, resulta necesario mantener el dinamismo de la economia mediante el fomento del empleo, con acciones orientadas a mejorar el nivel de MORDAZA de la poblacion, asi como fomentar la generacion de oportunidades productivas, impulsando para ello los servicios que el Estado brinda a la poblacion para la capacitacion, certificacion de competencias laborales, intermediacion laboral y asistencia tecnica, informacion socio economico laboral, empleo temporal y juvenil, a traves del Servicio Nacional del Empleo; Que, asimismo, es necesario promover el empleo y proteger la empleabilidad, mediante un servicio especifico que permita la intermediacion laboral, asi como la asistencia tecnica y la capacitacion de los trabajadores afectados directamente por el impacto de la crisis economica internacional; Que, segun lo establece el articulo 5° de la Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, Ley Nº 27711, corresponde al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo la atribucion "a) Formular, evaluar y supervisar la politica de empleo, formacion profesional, capacitacion para el trabajo y reconversion laboral que se orienta a garantizar la igualdad de oportunidades, especialmente de grupos vulnerables como los jovenes, los discapacitados y las mujeres que trabajan";

Articulo 1º.- Creacion del Programa Crease el Programa Especial de Reconversion Laboral ­ PERLAB, que tambien se denominara Programa REVALORA PERU, en la Unidad Ejecutora 002, del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, con el objeto de desarrollar acciones para promover el empleo y proteger la empleabilidad de los trabajadores afectados directamente por el impacto de la crisis economica internacional. Articulo 2°: Objetivos especificos del Programa REVALORA PERU Los objetivos especificos del Programa REVALORA PERU son: a) Desarrollar una estrategia preventiva de proteccion de la empleabilidad de los trabajadores de aquellas empresas que puedan ser afectadas por el impacto de la crisis economica internacional. b) Brindar servicios de capacitacion (recalificacion y reentrenamiento), intermediacion, asistencia tecnica y reinsercion laboral a trabajadores afectados directamente por el impacto de la crisis internacional. Articulo 3º: Acciones estrategicas del Programa REVALORA PERU Los objetivos del Programa REVALORA PERU se logran a traves de las siguientes acciones estrategicas: a) Creacion de un Registro Nacional de Trabajadores Beneficiarios del Programa ­ PERLAB (REVALORA PERU) como mecanismo objetivo, eficiente y transparente para la identificacion de beneficiarios. b) Diseno de instrumentos para la evaluacion y focalizacion de los beneficiarios en la alternativa recomendable para su situacion laboral, a traves de la determinacion de capacidades, potencialidades y expectativas del beneficiario para su reinsercion laboral en puestos de trabajo afines. c) Establecimiento de incentivos para proteger el empleo del trabajador o apoyarlo durante su MORDAZA de reinsercion. d) Elaboracion e implementacion de un plan de reconversion para la promocion del empleo. e) Identificacion de proveedores de capacitacion con altos niveles de insercion laboral. f) Seguimiento de la reinsercion laboral. g) Articulacion de los servicios del Programa REVALORA PERU con el Servicio Nacional del Empleo. h) Establecimiento de mecanismo de capacitacion y asistencia tecnica tales como el MORDAZA para el reentrenamiento en empresa y, el MORDAZA para la recalificacion en centros de formacion. Articulo 4º: Beneficiarios del Programa REVALORA PERU El Programa REVALORA PERU tiene como beneficiarios a los trabajadores directamente afectados en su empleo a consecuencia del impacto de la crisis economica internacional, priorizando la atencion a los que son jefes de hogar y cuentan con carga familiar. El Programa podra intervenir a favor de las empresas formales afectadas por la crisis economica internacional mediante acciones que protejan a los trabajadores de dichas empresas.

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