Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2009 (19/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

392647

Que, en dicho MORDAZA, el articulo 9º de la Ley MORDAZA referida dispone que el Ministerio de la Produccion, sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, determina, segun el MORDAZA de pesquerias, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, las tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; Que, el articulo 100º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que el Ministerio de la Produccion, por intermedio de la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, asi como de las dependencias regionales de pesqueria y otros organismos a los que se delegue dicha facultad, llevara a cabo el seguimiento, control y vigilancia de las actividades pesqueras, para cuyo efecto implementara los mecanismos necesarios para el estricto cumplimiento de las obligaciones asumidas por los usuarios; Que, mediante el Informe Tecnico de vistos, la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia propone y recomienda la implementacion del "Programa de Vigilancia y Control Pesquero 2009" para ser ejecutado por los Gobiernos Regionales, a traves de sus Direcciones Regionales de la Produccion, durante el periodo marzo ­ diciembre 2009, mediante la modalidad de encargo; Que, mediante los Informes Nºs 013-2009-PRODUCE/ OGPP-Opir y 218-2009-PRODUCE/OGPP-Op de las Oficinas de Planeamiento, Inversiones y Racionalizacion y de Presupuesto, respectivamente, de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, se opina favorablemente para la viabilidad del citado Programa estableciendose ademas que existe disponibilidad presupuestal para financiar los compromisos que se deriven del convenio correspondiente; Que, el referido Programa, cuyo costo asciende a S/. 1 282,000.00 (Un Millon Doscientos Ochenta y Dos Mil y 00/100 Nuevos Soles), tiene por objeto lograr acciones de vigilancia y control pesquero de alcance nacional mas eficaces, que permitan hacer cumplir la normativa pesquera que regula la extraccion, procesamiento, transporte y comercializacion de los recursos hidrobiologicos en el ambito maritimo y continental, y la proteccion al medio ambiente, con la participacion de las Direcciones Regionales de la Produccion de los Gobiernos Regionales en su ambito de competencia; Que, conforme a lo establecido en el literal d) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE, corresponde a la Ministra negociar y suscribir acuerdos relacionados con las actividades del Sector Produccion o aquellos que le MORDAZA expresamente encargados; Que, de acuerdo al ultimo parrafo del articulo 25º de la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas de su funcion, siempre que la normatividad lo autorice, en concordancia con lo establecido en el articulo 10º del Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Pesqueria, de la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia; y de las Oficinas Generales de Asesoria Juridica, de Planificacion y Presupuesto y de Administracion; y, De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo Nº 1047 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuicolas (RISPAC), aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE, la Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el "Programa de Vigilancia y Control Pesquero 2009", a ejecutarse, mediante la modalidad de encargo, por los Gobiernos Regionales de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, Ica, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, Pasco, MORDAZA, MORDAZA,

San MORDAZA, Ucayali, Tumbes y MORDAZA - Provincias, durante el periodo marzo - diciembre 2009, hasta por un monto de S/. 1 282,000.00 (Un Millon Doscientos Ochenta y Dos Mil y 00/100 Nuevos Soles), conforme al Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Aprobar el modelo de Convenio de Cooperacion Interinstitucional a suscribirse entre el Ministerio de la Produccion y los Gobiernos Regionales que se mencionan en el articulo precedente, para la ejecucion del "Programa de Vigilancia y Control Pesquero 2009", el mismo que en Anexo II, forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- Delegar en la persona del Director General de la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia la facultad de suscribir, en representacion de la Ministra de la Produccion, los Convenios de Cooperacion Interinstitucional con los Gobiernos Regionales que se mencionan en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, para la ejecucion del "Programa de Vigilancia y Control Pesquero 2009", conforme al modelo de Convenio aprobado en el articulo precedente. Articulo 4º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolucion, se afectara al Pliego 038: Ministerio de la Produccion, Ejercicio Fiscal 2009, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Produccion

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RELACIONES EXTERIORES
Oficializan el evento "III Congreso Internacional de Enfermeria en Emergencias y Desastres"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0404/RE
MORDAZA, 17 de marzo de 2009 VISTO: El Oficio Nº 130-2009-DVM/MINSA, mediante el cual el Viceministro de Salud, solicita la oficializacion del evento "III Congreso Internacional de Enfermeria en Emergencias y Desastres", que se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, del 27 de febrero al 01 de marzo de 2009; CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA de MORDAZA es sede del evento "III Congreso Internacional de Enfermeria en Emergencias y Desastres", que se llevara a cabo del 27 de febrero al 01 de marzo de 2009, el cual viene siendo organizado por la Asociacion Peruana de Enfermeros en Emergencias y Desastres; Que, el mencionado evento tiene como objetivos, entre otros, proporcionar herramientas que optimicen la intervencion de enfermeria en las emergencias y desastres, contribuir a una intervencion de enfermeria oportuna, eficaz y eficiente en los servicios de emergencia, concientizar a los participantes en la necesidad de la aplicacion de guias de intervencion de enfermeria en los servicios de emergencia, mejorar la capacidad de respuesta del profesional de enfermeria en las emergencias y desastres y brindar conocimientos actualizados en las enfermedades emergentes en las emergencias y desastres; De conformidad con los articulos 1° y 2° del Decreto Supremo N° 001-2001-RE, de 03 de enero de 2001 y el inciso m) del articulo 5° del Decreto Ley N° 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 29 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: Articulo Primero.- En via de regularizacion oficializar el evento "III Congreso Internacional de Enfermeria en Emergencias y Desastres", que se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, del 27 de febrero al 01 de marzo de 2009.

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