Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2009 (19/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de marzo de 2009

Articulo Segundo.- La presente Resolucion no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

Ministerial en la direccion electronica http://www.minsa.gob. pe/portal/transparencia/normas.asp del MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud

325006-1

324889-2

SALUD
Aprueban "Directiva Sanitaria para la Implementacion del tamizaje de prueba rapida para VIH en mujeres en edad fertil en los Servicios de Planificacion Familiar"
RESOLUCION MINISTERIAL N° 164-2009/MINSA
MORDAZA, 16 de marzo de 2009 Visto el Expediente N° 08-091770-001, que contiene el Informe Nº 060/2008/DGSP/ESNSSyR/MINSA, de la Direccion General de Salud de las Personas y el Informe Nº 119-2009-OGAJ/MINSA, de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el numeral II del Titulo Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud establece que la proteccion de la salud es de interes publico; por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el literal r) del Articulo 3° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, dispone como una de las competencias de rectoria sectorial del Ministerio de Salud, la promocion de la cultura de salud, educacion e informacion sanitaria a la poblacion; Que, el Articulo 41° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA, dispone que la Direccion General de Salud de las Personas es el organo tecnico normativo en los procesos relacionados, entre otros, a la atencion integral; Que, mediante documento del visto, la Direccion General de Salud de las Personas remite para su aprobacion el proyecto de "Directiva Sanitaria para la Implementacion del tamizaje de prueba rapida para VIH en mujeres en edad fertil en los servicios de planificacion familiar", cuya finalidad es conocer el estado serologico de las Mujeres en Edad Fertil (MEF), en relacion al Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), mediante el tamizaje de prueba rapida, previa orientacion/consejeria y consentimiento informado; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Salud de las Personas; Con el visado del Director General de la Direccion General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del Articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la Directiva Sanitaria Nº 020-MINSA/DGSP-V01 "Directiva Sanitaria para la Implementacion del tamizaje de prueba rapida para VIH en mujeres en edad fertil en los Servicios de Planificacion Familiar", que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2°.- La Direccion General de Salud de las Personas, es responsable de la difusion, supervision y aplicacion de la precitada Directiva Sanitaria. Articulo 3°.- Las Direcciones de Salud y las Direcciones Regionales de Salud o quien haga sus veces a nivel Nacional, son los responsables de la difusion, implementacion, supervision y aplicacion de la Directiva Sanitaria, dentro del ambito de sus respectivas jurisdicciones. Articulo 4°.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolucion

Oficializan Documento Tecnico "Plan Estrategico Sectorial Multianual de Salud 2008-2011"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 165-2009/MINSA
MORDAZA, 16 de marzo del 2009 Visto, el Expediente Nº 08-019399-001 que contiene la Nota Informativa Nº 0214-2008-OGPP-OPGI/MINSA de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorandum Nº 398-2008-OGPP-OPGI/MINSA, el Informe Nº 068-2008-OPGI-OGPP/MINSA y el Informe Nº 184-2009-OGAJ/MINSA de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, senala que el Ministerio de Salud, es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervencion del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, teniendo entre sus objetivos funcionales generales la conduccion y planeamiento estrategico sectorial de salud, y tiene a su cargo la direccion y gestion de la Politica Nacional de Salud y actua como la MORDAZA autoridad normativa en materia de salud; Que, en numeral 18.1 del articulo 18º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, senala que el Poder Ejecutivo elabora y aprueba los planes nacionales y sectoriales de desarrollo, teniendo en cuenta la vision y orientaciones nacionales y los planes de desarrollo de nivel regional y local, que garanticen la estabilidad macroeconomica; Que, el literal a) del numeral 23.1 del articulo 23º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que es funcion de todo Ministerio el formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la politica nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 589-2007/ MINSA, se aprobo el Plan Nacional Concertado de Salud el mismo que establece los Lineamientos de Politica de Salud, Objetivos, Metas y Estrategias 2007-2020; Que, con Oficio Nº 2473-2006-EF/68.01 el Ministerio de Economia y Finanzas a traves de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, senala que durante la implementacion del Centro Nacional de Planeamiento Estrategico (CEPLAN), el MORDAZA de planeamiento sectorial debera realizarse en base a los criterios tecnicos de las directivas emitidas y evaluaciones respectivas; es decir, las pautas metodologicas y lineamientos de caracter operativo contempladas en la Directiva Nº 003-2003-EF/68.01, aprobada con Resolucion Directoral Nº 004-2003-EF/68.01; Que, en este contexto, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto ha presentado el proyecto de Documento Tecnico "Plan Estrategico Sectorial Multianual de Salud 2008-2011"; el cual ha sido elaborado con la finalidad de establecer los lineamientos de politica sectorial que sirvan de MORDAZA para priorizar los objetivos y acciones dentro del Sector Salud; Que, con el proposito de dar cumplimiento a los objetivos trazados por el Ministerio de Salud en los Lineamientos de Politica de Salud, Objetivos, Metas y Estrategias 20072020, establecidos en el Plan Nacional Concertado de Salud, y para el mejor cumplimiento de sus funciones; resulta necesario aprobar el referido instrumento orientador de la gestion institucional; Con el visado del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina de Asesoria Juridica, asi como del Viceministro de Salud; y,

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