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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2009 (19/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de marzo de 2009 392638 adjunto, en dieciséis (16) folios, que visado y sellado forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia de Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 324906-1 DEFENSA Amplían autorización de viaje de oficial de la Marina de Guerra a EE.UU. para que continúe participando como Asesor en el Colegio Interamericano de Defensa RESOLUCIÓN SUPREMA N° 097-2009-DE/MGP Lima, 18 de marzo de 2009 Visto el Ofi cio N.1000-089 (R) de fecha 21 de enero de 2009, del Director General del Personal de la Marina; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 347-2008 DE/MGP de fecha 28 de agosto de 2008, se autorizó la permanencia en Comisión de Servicio en el Extranjero con efi cacia anticipada a partir del 16 de julio al 31 de diciembre de 2008 del Capitán de Navío Jorge Edgardo Jesús MILLONES Gonzáles, para que preste servicios como Asesor en el Colegio Interamericano de Defensa (CID), ciudad de Washington D.C. - ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, el cual se desarrolla desde el 16 de julio de 2008 al 16 de julio de 2009; Que, de acuerdo a lo indicado en la parte considerativa de la mencionada Resolución Suprema, la referida Comisión de Servicio tiene una duración de UN (1) año y UN (1) día, desde el 16 de julio de 2008 al 16 de julio de 2009, debiéndose expedir para tal efecto la ampliación de autorización de permanencia en el extranjero del citado Ofi cial, aplicando el gasto en el respectivo período presupuestal; Que, la citada ampliación se encuentra incluida en el Anexo 1 del Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa Año 2009, Rubro 7: Representación Nacional en Organismos Internacionales, Item 4, aprobado con Resolución Suprema Nº 028-2009-DE de fecha 19 de enero de 2009; Que, es necesario precisar el tiempo real de permanencia del citado Ofi cial Superior en el referido Plan Anual de Viajes, que comprende del 01 de enero al 16 de julio de 2009, según lo establecido en el Artículo 1° de la Resolución Suprema N° 347-2008 DE/MGP de fecha 28 de agosto de 2008, y asimismo considerar el monto de la Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero correspondiente, que será sufragado con el presupuesto del Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, Año Fiscal 2009; Que, se ha considerado el pago de pasaje de retorno del Capitán de Navío Jorge Edgardo Jesús MILLONES Gonzáles, toda vez que la Resolución Suprema N° 155- 2007-DE/SG de fecha 18 de julio de 2007, resolvió otorgarle los pasajes de ida y retorno, los mismos que tenían vigencia por UN (1) año, benefi cio que se perdió al no haber hecho uso del pasaje de retorno, al ampliarse el tiempo de permanencia del mencionado Ofi cial Superior, quien hasta la fecha se encuentra en la condición de Comisión de Servicio en el Extranjero. El gasto que irrogue será sufragado con el presupuesto del Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, Año Fiscal 2009; Que, en el orden de ideas antes expuesto, resulta conveniente para los intereses institucionales ampliar la autorización del viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío Jorge Edgardo Jesús MILLONES Gonzáles, para que continúe participando como Asesor en el Colegio Interamericano de Defensa (CID), ciudad de Washington D.C. - ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, desde el 01 de enero al 16 de julio de 2009, por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, el numeral 17.1 del Artículo 17° de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que éste tenga efi cacia anticipada a su emisión, siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción; Que, el Artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 778- 2008 DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29075 Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley N° 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado mediante Decreto Supremo Nº 008- 2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar la autorización del viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío Jorge Edgardo Jesús MILLONES Gonzáles, CIP. 00801197 y DNI. 43345651, para que continúe participando como Asesor en el Colegio Interamericano de Defensa (CID), ciudad de Washington D.C. - ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, con efi cacia anticipada a partir del 01 de enero al 16 de julio de 2009. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos correspondientes de acuerdo con los conceptos siguientes: Pasajes: Washington DC. (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) - Lima US$ 1,220.00 x 1 persona Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 3,050.00 x 6 meses x 1 persona US$ 3,050.00 / 31 x 16 días x 1 persona Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004. Artículo 4º.- El citado Ofi cial continuará revistando en la Dirección General del Personal de la Marina de Guerra del Perú por el período que dure la Comisión de Servicio. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros ÁNTERO FLORES-ARÁOZ E. Ministro de Defensa 325667-10