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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2009 (21/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de marzo de 2009 392817 Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012- 2001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, aprobado mediante Decreto Supremo N° 016-2003-PRODUCE y demás normas complementarias y ampliatorias; y, SE RESUELVE: Artículo 1°.– Los armadores o empresas pesqueras propietarias de las embarcaciones pesqueras que se detallan en el Anexo II de la Resolución Directoral Nº 122-2009-PRODUCE/DGEPP, deberán solicitar ante la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero la inspección técnica de operatividad, desde la fecha de publicación de la presente resolución hasta el 25 de marzo del 2009. Artículo 2º.- La Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero es la responsable de llevar a cabo las inspecciones técnicas a que se refi ere el artículo precedente, habiéndose establecido como fechas para su ejecución del 26 de marzo al 1 de abril del 2009. Artículo 3º.- Incluir el Anexo III de la Resolución Directoral Nº 122-2009-PRODUCE/DGEPP, que está referido a las embarcaciones pesqueras que no desarrollaron actividad extractiva del recurso merluza en el año 2008 en el marco del Régimen Provisional dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 396-2007-PRODUCE; y que sin embargo, se sometieron a inspección técnica de operatividad en el mismo año. Los armadores o empresas pesqueras propietarias de las embarcaciones consignadas en este anexo, deberán solicitar una nueva inspección técnica de operatividad, bajo los parámetros establecidos en el artículo 4º de la Resolución Directoral Nº 122-2009-PRODUCE/DGEPP, para lo cual están sujetos a los plazos fi jados en los artículos 1º y 2º de la presente Resolución Directoral. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SANCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero Anexo III RELACION DE EMBARCACIONES PESQUERAS QUE NO DESARROLLARON ACTIVIDAD EXTRACTIVA DEL RECURSO MERLUZA EN EL AÑO 2008; Y SIN EMBARGO, PASARON INSPECCION TECNICA DE OPERATIVIDAD EN EL MISMO AÑO Nº EMBARCACION MATRICULA ARMADOR/EMPRESA 1 Carmen CO-12024-PM PESQUERA SANTA JULIA S.A.C. 326860-1 RELACIONES EXTERIORES Reconocen a Vicecónsul Honorario de España en Cusco RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 110-2009-RE Lima, 20 de marzo de 2009 Vista la Resolución Suprema Nº 032-2008-RE, de fecha 31 de enero de 2008, que reconoce al señor Salustio Otazo Morante, como Vicecónsul Honorario de España en Cusco; Vista la Nota Nº 17, de fecha 21 de enero 2009, de la Embajada de España, mediante la cual informa el término de funciones del señor Salustio Otazu Morante, como Vicecónsul Honorario de España en Cusco; Vista la Nota Nº 67, de fecha 27 de febrero de 2009, de la Embajada de España, mediante la cual solicita el reconocimiento del señor Carlos Augusto Somocurcio Alarcón, como Vicecónsul Honorario de España en Cusco; Con la opinión favorable de la Subsecretaria de Comunidades Peruanas en el Exterior, en el sentido que procede la cancelación del Exequátur otorgado al señor Salustio Otazu Morante y el reconocimiento del señor Carlos Augusto Somocurcio Alarcón, como Vicecónsul Honorario de España en Cusco; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º, inciso 11 y 13 de la Constitución Política del Perú, así como en los artículos 9º, inciso 1, acápite c, 12º y 25º de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Cancelar el Exequátur que reconoce al señor Salustio Otazu Morante, como Vicecónsul Honorario de España en Cusco. Artículo 2º.- Reconocer al señor Carlos Augusto Somocurcio Alarcón, como Vicecónsul Honorario de España en Cusco, con circunscripción en los departamentos de Apurímac y Cusco. Artículo 3º.- Extenderle el Exequátur correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 326875-6 Autorizan a ciudadanos peruanos residentes en el Reino de España para prestar servicios en las Fuerzas Armadas Españolas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 111-2009-RE Lima, 20 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que, treinta (30) ciudadanos peruanos residentes en el Reino de España, solicitan autorización del señor Presidente de la República, para poder servir en las Fuerzas Armadas Españolas; Que, el numeral 23 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, establece que el Presidente de la República, autorizará a los peruanos para servir en un ejército extranjero; Que, en consecuencia es necesario expedir la autorización correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 23 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a treinta (30) ciudadanos peruanos residentes en el Reino de España, para que presten servicios en las Fuerzas Armadas Españolas. Nº de Orden Apellidos y Nombres del Solicitante DNI LM 01 CHOMBO URRUTIA MIGUEL ANGEL 43634897 ---------- 02 QUIROZ LAZARTE MICHAEL ALFREDO 43100255 ---------- 03 CALDERON MUJICA ANDI JEFERSON 44830343 ---------- 04 GONZALES ARENAZA JULIO IRVING ANDRE 46377175 ---------- 05 VASQUEZ BENITES SANDRA JACKELIN 44758508 ----------