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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2009 (27/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de marzo de 2009 393216 incorpora los aportes de profesionales especialistas en el abordaje del problema de la violencia, de dirigentes comunales y representantes de instituciones de la sociedad de escala nacional, regional y local. El Plan es un instrumento de política que implica la acción conjunta del Estado y de la Sociedad, en tres ámbitos: i) la implementación de acciones tendientes a garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia; ii) el acceso a servicios públicos de calidad y; iii) la promoción de cambios en los patrones socio-culturales hacia nuevas formas de relaciones sociales entre mujeres y hombres basadas en el respeto pleno de los derechos humanos. I. CARACTERIZACIÓN DE LA PROBLEMÁTICA La violencia contra las mujeres, como fenómeno social, está altamente extendida y es de naturaleza multicausal, lo que permite que muchas veces pase desapercibida o que no se tome en cuenta su real dimensión e impacto. Comprender la violencia hacia las mujeres implica evaluar cómo se estructuran las relaciones entre mujeres y hombres, y cuál es la valoración social de las mujeres como sujetos de derecho en nuestra sociedad. Es necesario entonces analizar el conjunto de creencias, normas y prácticas sociales que legitiman esta violencia. a) Defi nición del problema Se entiende por violencia contra la mujer “Cualquier acción o conducta que, basada en su condición de género, cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado”.1 Además, “Se entenderá que violencia contra la mujer incluye la violencia física, sexual y psicológica: a. que tenga lugar dentro de la familia o unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, ya sea que el agresor comparta o haya compartido el mismo domicilio que la mujer, y que comprende, entre otros, violación, maltrato y abuso sexual; b. que tenga lugar en la comunidad y sea perpetrada por cualquier persona y que comprende, entre otros, violación, abuso sexual, tortura, trata de personas, secuestro y acoso sexual en el lugar de trabajo, en instituciones educativas, establecimientos de salud o cualquier otro lugar.2 c. que sea perpetrada o tolerada por el Estado o sus agentes, donde quiera que ocurra.”3 La violencia hacia las mujeres, independiente del espacio en que se produzca, tiene graves efectos a nivel individual y social. En el primer caso, ocasiona serios daños físicos y psicológicos, que incluso pueden acabar con la vida de las mujeres. Las sobrevivientes suelen padecer a lo largo de toda su vida trastornos emocionales, problemas de salud mental, e incluso limitaciones para disfrutar de una vida sexual sana y satisfactoria. En el caso de las mujeres víctimas de abuso sexual, corren mayor riesgo de infectarse con el VHI4. En el ámbito social, la violencia contra las mujeres impacta negativamente en las posibilidades de desarrollo de una comunidad y constituye un obstáculo para salir de la pobreza, ya que disminuye capacidades, genera gastos debido a la atención que se demanda en salud, seguridad y tutela judicial; y ocasiona pérdidas en el PBI nacional por las inasistencias laborales y la baja productividad de sus víctimas, quienes mayoritariamente se ubican en el segmento etario que corresponde a la población económicamente activa. En general, la violencia contra las mujeres termina quebrando a las familias como espacio de protección y descapitalizando a la sociedad en su conjunto. En el caso de las mujeres indígenas, afrodescendientes y campesinas, se pueden identifi car mayores factores de riesgo, de indefensión o de bajo acceso a la cobertura estatal de servicios, por lo que hay necesidad de una doble especifi cidad de derechos. Si bien es cierto, hoy las mujeres indígenas y afrodescendientes, reivindican su derecho a la diferencia cultural, también demandan el derecho a cambiar aquellas tradiciones que las oprimen o excluyen. b) Violencia hacia las mujeres en el Perú Durante los últimos años, desde el Estado se vienen realizando esfuerzos para lograr que la violencia contra las mujeres sea registrada; sin embargo, aún es difícil contar con estadísticas que refl ejen las dimensiones reales de este problema. La ausencia de denuncia de actos de violencia obedece a muchas razones: vergüenza, estigma o temor a la venganza, o simple desconocimiento. En este sentido, es de gran relevancia que la incidencia de violencia se haya incluido en las Encuestas Nacionales de Demografía y de Salud (ENDES), desde el año 2000, lo que permite hacer algunas comparaciones y disponer de datos que pueden ser profundizados en estudios posteriores. Existen distintas expresiones de la violencia hacia las mujeres entre ellas relevamos: la violencia familiar, el feminicidio, la violación sexual, la trata de mujeres, el hostigamiento sexual y la homofobia. i) Violencia Familiar Los datos disponibles sobre violencia familiar muestran que las mujeres continúan siendo las principales víctimas de agresiones diversas en el ámbito familiar. En cifras absolutas, la Policía Nacional ha registrado a nivel nacional un total de 87132 denuncias por violencia familiar durante el 2007.5 Tal como se observa en la gráfi ca Nº 1 las variaciones entre las ENDES 2000 y las ENDES continuas 2004 y 2005, no son signifi cativas, lo que hace ver que el problema tiende a mantenerse en el tiempo. Gráfi ca Nº 1 41,2 42,3 40,8 40 40,5 41 41,5 42 42,5 2000 2004 2005 Porcentaje VIOLENCIA FISICA HACIA LAS MUJERES EJERCIDA ALGUNA VEZ POR PARTE DEL CONYUGE 2000-2005 Fuente: INEI, ENDES 2000, 2004, 2004-2005. De acuerdo a los datos generados por la ENDES 2004, se estima que 1 millón de mujeres peruanas habría sido agredida por su esposo o compañero en el año; 87,000 por mes; 2,853 diariamente; 119 por hora; 2 cada minuto6. La Policía Nacional informa que el mayor porcentaje de denuncias es atribuido a problemas conyugales 1 Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer “Convención de Belem Do Para”, artículo 1º 2 Asimismo, la defi nición de violencia contra la mujer debe incluir la esclavitud sexual, el embarazo forzado, la unión forzada y el trabajo doméstico forzado, según recomendación del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer al Estado Peruano. Observaciones fi nales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer: Perú. Sesión 37, 15 de enero-2 de febrero de 2007, párrafo 21. CEDAW/C/PER/CO/6. 3 Convención Interamericana para prevenir…, op. cit. art.2º. 4 Heise, l; Ellsberg, m y Gottemoeller, m. Ending violence against women. population research series, Nº 11. Baltimore. Population Information Program, Jhons Hopkins University School of Public Health. 1999. 5 Informe Nº 006-2009-IN/DDP-OEM, “opinión previa sobre propuesta fi nal del Plan Nacional contra la Violencia hacia la Mujer 2009-2015, emitido por la Defensora de la Policía del Ministerio del Interior con fecha 2 de marzo de 2009. 6 Fondo de Población de Naciones Unidas. 16 días de activismo contra la violencia hacia las mujeres. Llamado a la Acción. Lima. 2006.