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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de marzo de 2009 393219 Lima; las forzadas por temor, alcanza al 37.4% en Cusco y 15.8% en Lima. Finalmente, el forzamiento a realizar actos sexuales considerados degradantes o humillantes, en Cusco fue de 11.3% y en Lima 8.1%. Asimismo, este estudio señala que una de cada diez mujeres en Lima y Cusco ha sufrido violencia sexual a partir de los 15 años por parte de alguna persona distinta a la pareja, siendo los principales agresores los propios varones de la familia, amigos o enamorados y que una de cada cinco mujeres en Lima y Cusco reporta abuso sexual en la infancia, siendo el principal agresor algún familiar masculino. Otra fuente de información relevante, son las estadísticas del Instituto de Medicina Legal. En el año 2002, realizó 14,393 atenciones a personas víctimas de violencia sexual, cifra que se mantiene para el siguiente año. Tal como se puede ver en el cuadro Nº 8, el mayor número de las atenciones se han realizado en el servicio de obstetricia, lo que indica que la mayor parte de las víctimas son mujeres adolescentes y adultas15. Datos analizados por Manuela Ramos16, señalan que el 53% de los casos habrían correspondido a mujeres entre 13 y 17 años. Según esta información, para el año 2004, cada día por lo menos hubo 65 víctimas de violencia sexual en nuestro país17. Cuadro Nº 8 Atenciones del Instituto de Medicina Legal por delito contra la libertad sexual años 2002, 2003 y 2004 Años Total atenciones por delito contra la libertad sexual % en relación a las atenciones del Servicio de obstetricia y sexología forense 2002 14,469 74.7 2003 14,295 90.7 2004 23,635 94.2 Fuente: Anuario Estadístico Ministerio Público 2002, 2003 y 2004. Elaboración: Rossina Guerrero. Se informa también que en el año 2004, del total de denuncias que recibió la Policía Nacional del Perú por delitos contra la libertad sexual (5721), sólo el 39% de los implicados fueron detenidos.18 Durante las décadas 80 y 90, periodo de la violencia terrorista, el impacto de la violencia sexual en las mujeres fue mayor, habiéndose reportado más de 500 casos especialmente en zonas rurales19. Kimberly Theidon, antropóloga norteamericana, estudia el fenómeno de la violencia ejercida contra las mujeres, denominándolo “sasachacuy tiempo” (los tiempos difíciles) y en él evidencia la necesidad de tener -desde el Estado- una respuesta integral de reparación a las mujeres víctimas de violencia sexual, incluida la de salud mental. En la normatividad internacional, la violación y el abuso sexual de niñas y mujeres en situación de confl icto tanto internacional como interno, constituye una violación del derecho internacional humanitario. La Convención de Ginebra consagra en su artículo 27º la protección especial para las mujeres al establecer que la violación y la prostitución forzada están especialmente prohibidas. iv) Trata de mujeres La legislación penal nacional defi ne la trata como la actividad que “promueve, favorece, fi nancia o facilita la captación, transporte, traslado, acogida, recepción o retención de personas, en el territorio de la República o para su salida o entrada del país, recurriendo a: la violencia, la amenaza u otras formas de coacción, la privación de libertad, el fraude, el engaño, el abuso del poder o de una situación de vulnerabilidad, o la concesión o recepción de pagos o benefi cios, con fi nes de explotación, venta de niños, para que ejerza la prostitución, someterlo a esclavitud sexual u otras formas de explotación sexual, obligarlo a mendigar, a realizar trabajos o servicios forzados, a la servidumbre, la esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud u otras formas de explotación laboral, o extracción o tráfi co de órganos o tejidos humanos”.20 Según esta defi nición, la trata ya no es un delito sólo contra la libertad sexual sino contra la libertad integral, ampliándose así las fi nalidades y las diversas formas que reviste, que afectan principalmente a las mujeres. Un diagnóstico sobre trata en nuestro país, sobre una muestra de 38 casos de víctimas identifi cadas en 8 departamentos del Perú, precisa que casi la totalidad fueron mujeres y que el 68% tenía entre 13 y 18 años. El 8% tenía entre 8 y 12 años. Además, revela que la mitad de las víctimas había sufrido violencia física, el 30% violencia psicológica y 20% violencia sexual. 21 Según este estudio, la mayor parte de mujeres víctimas de trata son reclutadas para ser explotadas sexualmente en los bares y clubes nocturnos, obligándolas a prostituirse bajo amenaza de ser golpeadas, agredidas sexualmente y hasta asesinadas. En el caso de menores de edad, son llevadas en condiciones de esclavitud para trabajos forzados en los lavaderos de oro. En este mismo informe se da cuenta de las cifras recopiladas por la Fundación de Peruanos Desaparecidos, que indican, que sólo en el año 2003 desaparecieron 11875 peruanos, de los cuales, 55% fueron mujeres y un poco más de la mitad, corresponden a menores de edad. De este último grupo, el 64% fueron niñas. Las cifras señalan, asimismo, un incremento del 32% en el reporte de desapariciones respecto al año 2002. La mayor parte de las desapariciones ocurrió en zonas rurales pobres o lugares periféricos de las ciudades. Sólo en Puno, durante el año 2003 desaparecieron 402 niños, niñas y adolescentes y 300 de estos nunca fueron encontrados. 102 habían fugado de sus casas por voluntad propia y se sospecha que muchas de los y las desaparecidas tuvieron como destino fi nal el centro poblado minero La Rinconada, ubicado en Puno y que la mayoría fue destinada a la explotación sexual o fue llevada a Bolivia y a Madre de Dios para someterlos a trabajos forzados y a la servidumbre. Datos más actuales revelan que en el 2008 se registraron 979 casos de personas desaparecidas, representando las mujeres el 59.35% de ellos.22 Al respecto se estima que ocho de cada diez casos identifi cados corresponden a trata interna y que la mayoría tiene que ver con explotación sexual que ocurre en el Perú.23 Lo que se conoce con relación a la trata a otros países es aún muy poco, dado que la mayor parte de mujeres se encuentran indocumentadas, sin libertad de movimiento, desconocedoras del sistema y coaccionadas para no denunciar. v) Hostigamiento sexual La legislación nacional defi ne hostigamiento sexual como aquella “conducta física o verbal reiterada de naturaleza sexual no deseada y/o rechazada, realizada por una o más personas que se aprovechan de una posición de autoridad o jerarquía o cualquier otra situación ventajosa, en contra de otra u otras, quienes rechazan 15 www.miniter.gob.pe 16 http://www.manuela.org.pe/ 17 Guerrero, R. Servicios de salud para víctimas de violencia sexual: un análisis del cumplimiento de los compromisos nacionales e internacionales. Lima. 2006. 18 Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán. Derechos de las mujeres. Informe 2005 – 2006. Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán. Lima. 2006. 19 Dador, MJ. “Mujeres sobrevivientes víctimas de violencia sexual durante el confl icto armado interno en busca de justicia”. En: Seminario Internacional “Justicia y reparación para mujeres víctimas de violencia sexual en contextos de confl icto armado interno”. Lima, 9 y 10 de agosto de 2006. Project Counselling Service. Lima, Abril, 2007. 20 Código Penal, artículo 153º. 21 Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán. Diagnóstico sobre trata de mujeres, niños niñas en ocho ciudades del Perú. Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán. Lima. s/f. 22 http://lationamericamosdesaparecidos.org 23 Movimiento el Pozo. Trata de mujeres para fi nes sexuales comerciales en el Perú. Organización Internacional de Migraciones, Ofi cina Regional para los países andinos. Movimiento el Pozo. Lima. s/f.