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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de marzo de 2009 393275 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución S.B.S. Nº147-93, de fecha 25 de marzo de 1993, se autorizó a Rímac Internacional el traslado de su Agencia de San Borja a la Calle Carpaccio N° 294 y N° 296, Ofi c. Nº 201, en el Distrito de San Borja; Que, mediante Resolución S.B.S. Nº 534-94, de fecha 3 de agosto de 1994, se autorizó a la empresa recurrente para que la agencia citada en el párrafo anterior se amplíe también a las ofi cinas aledañas signadas con el N° 298 de la misma calle, con el N° 270 de la calle Morelli y con los N° 397 y N° 399 de la Avenida Las Artes, del Distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima; Que, mediante carta s/n recibida el 03 de marzo de 2009, la Compañía ha comunicado a esta Superintendencia que en sesión de Directorio del 27 de enero de 2009, se ha decidido el traslado de la Agencia de San Borja a su nueva ubicación en Avenida Las Artes N° 389, del Distrito de San Borja, Provincia y Departamento de Lima; Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando conforme a lo informado por el Departamento de Análisis y Supervisión del Sistema de Seguros “A”, mediante Informe Nº 37-2009-ASSSA; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modifi catorias, la Resolución S.B.S. N° 775-2008; y en virtud de la facultad delegada por Resolución S.B.S. N° 1096-2005 del 25 de julio de 2005. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a RÍMAC INTERNACIONAL COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, el traslado de su Agencia de San Borja – ubicada en Calle Carpaccio N° 294 y N° 295, ofi cina 201 y Calle Morelli N° 270, Ofi cina 298 y Av.Las Artes N° 397 y 399, del Distrito de San Borja, Provincia y Departamento de Lima – hacia su nuevo local sito en Avenida Las Artes N° 389, Distrito de San Borja, Provincia y Departamento de Lima, Artículo Segundo.- Lo dispuesto en la presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, quedando sin efecto a partir de dicha fecha la Resolución N°534-94. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 328843-1 Autorizan a Financiera Edyficar el traslado de agencia y de oficina especial ubicadas en las provincias de Morropón y San Román, departamentos de Piura y Puno RESOLUCIÓN SBS Nº 1931-2009 Lima, 19 de marzo de 2009 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Financiera Edyfi car solicitando autorización de esta Superintendencia para el traslado de su agencia ubicada en el distrito de Chulucanas, provincia de Morropón, departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 103-2008 de fecha 17.01.08 se autorizó la apertura de la citada agencia; Que, las razones expuestas por la empresa justifi can el traslado de domicilio solicitado, habiéndose cumplido con presentar la documentación pertinente; Estando a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfi nanzas y, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, de la Resolución SBS Nº 775-2008 y en virtud de las facultades delegadas por Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Financiera Edyfi car el traslado de su agencia ubicada en Av. Lambayeque Nº 702, distrito de Chulucanas, provincia de Morropòn, departamento de Piura hacia Jr. Apurímac Nº 686- 688, distrito de Chulucanas, provincia de Morropón, departamento de Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas 328998-1 RESOLUCIÓN SBS Nº 1932-2009 Lima, 19 de marzo de 2009 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Financiera Edyfi car solicitando autorización de esta Superintendencia para el traslado de su ofi cina especial ubicada en el distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 1883-2005 del 20.12.05 se autorizó la apertura de dicha ofi cina especial y mediante Resolución SBS Nº 299-2006 del 09.03.06 se autorizó su posterior traslado; Que, las razones expuestas por la empresa justifi can el traslado de domicilio solicitado, habiéndose cumplido con presentar la documentación pertinente; Estando a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfi nanzas y, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, de la Resolución SBS Nº 775-2008 y en virtud de las facultades delegadas por Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Financiera Edyfi car el traslado de su ofi cina especial ubicada en Jr. Túpac Amaru Nº 888, distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno hacia Jr. Túpac Amaru Nº 892 con Jr. Moquegua Nº 900, distrito de Juliaca provincia de San Romàn, departamento de Puno. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas 328992-1