Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2009 (28/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de marzo de 2009

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LAS MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 006-2009-MDLL
Las MORDAZA, 13 de marzo de 2009. EL CONCEJO DISTRITAL DE LAS MORDAZA Visto en Sesion de Concejo Extraordinaria de fecha 13 de marzo de 2009, los informes de la Division de Servicios Sociales y Participacion Vecinal, la Coordinadora del Programa del Vaso de Leche y Asesor Legal Externo, referidos a la exoneracion del MORDAZA de seleccion por causa de desabastecimiento de insumos para el Programa del Vaso de Leche; y, CONSIDERANDO: Que, con Informe No 004-2009-MDLL/CE, el Comite Especial, comunica que el Postor Molinera del Norte EIRL, ha solicitado la elevacion de lo actuado por el Comite Especial, en cuanto a la absolucion de las observaciones de la Licitacion No 001-2009-MDLL-CE al OSCE para que dicha entidad se pronuncie en un plazo de diez dias habiles; Que, con Informe No 005-2009-MDLL/CE, de fecha de recepcion 11 de marzo de 2009, el Comite Especial, comunica que se esta realizando las coordinaciones para la implementacion de las recomendaciones contenidas en el Pronunciamiento No 045-2009/DTN y proceder a la integracion de las bases para el dia 13 de marzo de 2009, previendose el otorgamiento de la buena pro para el dia 20 de marzo de 2009 y el consentimiento de la buena pro para el 02 de MORDAZA del 2009, al que se le tendria que sumar (10) diez dias habiles para el consentimiento de la buena pro y dos (02) dias para la entrega de los insumos, debiendose recepcionar estos el 22 de MORDAZA del 2009, quedando solamente pendiente el plazo que requiere el laboratorio para el muestreo y analisis de los insumos; Que, con Informe Nº 026-2009-MDLL-Of.PVL, y el Informe No 031-2009-MDLL/OFPVL de fechas 27 de febrero del 2009 y 12 marzo 2009 respectivamente, la Coordinadora del Programa del Vaso de Leche, comunica que en el Almacen del Programa existen 603.60 Kg. de hojuelas de MORDAZA, quinua y kiwicha enriquecida y 3,358 latas de leche evaporada entera, MORDAZA MORDAZA por 410 gr., senalando que estos saldos no cubren los dias de atencion a la poblacion beneficiaria; y que de acuerdo al precio referencial de los insumos se requiere para la atencion de dos (02) meses 7,554.40 kilos de hojuelas de MORDAZA, quinua y kiwicha fortificada con vitaminas y minerales y 20, 292 latas de leche evaporada entera por 410 gr.; Que, con Informe No 0110-2009-MDLL-DSS y PV y el Informe No 0126-2009-MDLL.DSSyPV el Jefe de la Division de Servicios Sociales y Participacion Vecinal, comunica la existencia de insumos en el almacen del Programa, los mismos son insuficientes para atender a la poblacion beneficiaria del ambito distrital, alcanzando solo para 03 dias, por lo que solicita la adquisicion de productos para los meses de MORDAZA y MORDAZA, bajo la modalidad de adquisicion por desabastecimiento inminente;

Que, con fecha 12 de marzo de 2009 el Asesor Legal Externo, indica que tal como informa el Comite Especial esta situacion toma un tiempo significativo durante el cual los beneficiarios no pueden prescindir del producto, por lo que considera procedente la aprobacion de la exoneracion del MORDAZA selectivo, en virtud de la causal de situacion de desabastecimiento por el periodo que indica el Jefe de la Division de Servicios Sociales y Participacion Vecinal, de acuerdo con lo dispuesto por el Articulo 22 del Decreto Legislativo No 1017 de la Ley de Contrataciones del Estado; Que, de conformidad con lo preceptuado por el articulo 22 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 1017, concordante con el articulo 129 de su Reglamento, considera situacion de Desabastecimiento inminente a aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios , actividades u operaciones que la entidad tiene a su cargo y que dicha situacion faculta a la entidad, a la contratacion de bienes, servicios u obras segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el articulo 20 de la Ley de Contrataciones del Estado establece que las contrataciones derivadas de exoneracion de procesos de seleccion, se realizaran de manera directa previa aprobacion mediante Acuerdo de Concejo Municipal, en el caso de los gobiernos locales, en funcion a los informes tecnicos y legal que obligatoriamente deberan emitirse; Estando a lo dispuesto en los articulos 9 Inciso 8) y 41 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo por unanimidad; ACORDO: Articulo 1º.- APROBAR LA EXONERACION DEL MORDAZA DE SELECCION POR LA CAUSAL DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE, para la adquisicion de 7,554.40 Kg de hojuela de MORDAZA, quinua y kiwicha fortificada con vitaminas y minerales al precio unitario de S/. 5.75, asi como 20,292 latas de leche evaporada entera por 410 gr., al precio unitario de S/. 2.30, con la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital Las MORDAZA, para la atencion de beneficiarios del Programa Vaso de Leche, durante los meses de MORDAZA y MORDAZA del presente ano. Articulo 2º.- Autorizar al Area de Abastecimientos la adquisicion de los insumos senalados en el articulo anterior mediante adquisicion directa. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia Municipal realice las acciones correspondientes para determinar las acciones administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios y servidores publicos, si los hubiera en el caso que el desabastecimiento se MORDAZA producido como consecuencia del obrar negligente de la entidad. Articulo 5º.- Encargar a Secretaria de Alcaldia la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y comunicar el presente Acuerdo e informes que lo sustenten a la Contraloria General de la Republica y Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado , en un plazo no mayor de diez (10) dias habiles de adoptado el presente Acuerdo. Registrese, comuniquese y archivese. CRISTHIAM E. VENCES VEGAS MORDAZA

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DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe

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