Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2009 (28/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de marzo de 2009

de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, la difusion del "Matrimonio Civil Comunitario del ano 2009", asi como la orientacion a los interesados. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA

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distrito de San MORDAZA, dentro del Programa Nacional de Recuperacion de las Instituciones Educativas Publicas Emblematicas y Centenarias Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y a la Gerencia de Policia Municipal y Control de la MORDAZA el fiel cumplimiento de lo dispuesto en los articulos precedentes. Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General notificar la presente Ordenanza a los interesados para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA

Exoneran de pago la verificacion administrativa del derecho de tramitacion de licencia de obra a favor del G.U.E. MORDAZA MORDAZA
ORDENANZA Nº 174-MDSM
San MORDAZA, 18 de marzo de 2009 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA, POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, sancion constitucional que se ratifica en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, que establece que la autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el MORDAZA parrafo de la MORDAZA IV ­ MORDAZA de Legalidad sobre Reserva de la ley del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que los gobiernos locales, mediante ordenanzas, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con limites que senala la ley; Que, por su parte el numeral 9) del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, dispone que corresponde al Concejo Municipal exonerar de contribuciones, tasas, licencias y otros conforme a ley, atribucion municipal concordante con lo dispuesto por el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru; Que, mediante oficio Nº 301-2009-ME/SG el Ministerio de Educacion solicita que las obras por ejecutar en la Gran Unidad Escolar Bartalome MORDAZA dentro del Programa Nacional de Recuperacion de las Instituciones Educativas Publicas Emblematicas y Centenarias al MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 004-2009 se les exonere del cobro de tasas de licencia de edificacion, considerando la naturaleza publica del servicio; Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA con Informe Nº 013-2009-GDU/MDSM recomienda que se exonere los pagos correspondientes a la licencia de obra modalidad A y licencia de edificacion modalidad C y D, sin incluir los derechos de revision a cargo de los colegios profesionales ni la verificacion tecnica a cargo de profesionales acreditados tambien por aquellos; Que, el articulo 112º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, dispone la facultad de la entidad, para atender peticiones de MORDAZA, la misma que debe sujetarse a la disposicion expresa de la ley que preve una decision formal para su aceptacion; Estando a lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones conferidas al Concejo Municipal por la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE EXONERA EL PAGO DE LA VERIFICACION ADMINISTRATIVA EN EL DERECHO DE TRAMITACION DE LA LICENCIA DE OBRA Articulo Primero.- EXONERAR del pago del importe de la verificacion administrativa del derecho de tramitacion de la licencia de obra, a favor del G.U.E MORDAZA MORDAZA, ubicado en la avenida La MORDAZA Cdra 12 del

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PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Modifican numeral de Informe Tenico y precisan disposicion final de la Ordenanza N° 014-2008-CDB que regula los arbitrios para el ano 2009
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2009-MDB-AL
Bellavista, 25 de marzo de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO: El Informe Nº 009-2009-MUDIBE/DATR, de la Direccion de Administracion Tributaria y Rentas. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 016-2008CDB del 09 de diciembre de 2008 se modifica y sustituye el texto de la Ordenanza Nº 014-2008-CDB, que establecio el regimen tributario de los arbitrios municipales de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo para el ano 2009. Que, mediante el Informe de visto, la Direccion de Administracion Tributaria y Rentas advierte la existencia de dos situaciones que es necesario complementar y precisar en la Ordenanza Municipal que regula los arbitrios para el ano 2009: a) Se debe complementar en el Informe Tecnico, el numeral 6.2, en el cuadro denominado "Relacion de Codigos de Usos en los que se aplica los topes segun clase", incluyendo el Codigo de Uso 15 en la clase "comercio"; b) Se debe precisar el ultimo parrafo de la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza Municipal Nº 014-2008CDB, a fin de viabilizar su correcta aplicacion. Que, la Sexta Disposicion Final de la Ordenanza Municipal Nº 014-2008-CDB faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicacion del regimen de arbitrios para el ano 2009. Estando a lo expuesto, con el visto MORDAZA de la Direccion de Administracion Tributaria y Rentas, Oficina de Asesoria Juridica, Gerencia Municipal; y en ejercicio de las facultades que la Ley Organica de Municipalidades le confiere; DECRETA: Articulo 1°.- Complementar el numeral 6.2 del Informe Tecnico de la Ordenanza Municipal Nº 014-2008CDB, incluyendo el Codigo de Uso Nº 15 en el Cuadro

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