Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2009 (28/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES
ACUERDA:

393347

denominado "Relacion de Codigos de Usos en los que se aplica los topes segun clase". Articulo 2º.- Precisar, en vias de reglamentacion, el ultimo parrafo de la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza Municipal Nº 014-2008-CDB, en el sentido que la expresion "los predios que se registren a partir del 2009 y que no tengan referencia comparativa respecto al ano anterior" comprende tanto a los predios habilitados y/ o independizados que se encuentren en dicha situacion. Dichos predios se adecuaran a las tasas y topes aprobados en la Ordenanza Municipal Nº 014-2008-CDB, tomando como referencia el equivalente al ano 2008. Asimismo, para la determinacion del arbitrio de los nuevos predios cuyo uso no se encuentren contemplados en la MORDAZA donde se ubique el mismo, se aplicara la tarifa promedio de todos los sectores en donde se considera dicho uso, o la unica tarifa existente, de ser el caso. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia Municipal y Direccion de Administracion Tributaria y Rentas el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldia. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo Primero.- PRECISAR que los alcances del articulo 12º de la Ordenanza Nº 009-2008-MDLP/ALC se sujetan estrictamente a los alcances de la Ordenanza Nº 013-2004-MDLP/ALC y su Reglamento aprobado mediante Decreto de Alcaldia N° 001-2007-MDLP/ALC, no encontrandose sujeto a la Decima Disposicion Final y Transitoria de la Ordenanza que regula los arbitrios correspondientes al ejercicio fiscal 2009. Articulo Segundo.- Encarguese el fiel cumplimiento de la presente Resolucion a la Gerencia Central de Rentas, Gerencia Central de Desarrollo Humano y a la Comision Evaluadora. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA DUHARTE GADEA MORDAZA

328983-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJABAMBA
Designan funcionario responsable de entregar la informacion que se solicite en virtud a la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica
(Se publica la Resolucion de Alcaldia de la referencia a solicitud de la Municipalidad Provincial de Cajabamba, mediante Oficio Nº 0089-2009-MPC/A, recibida el 26 de marzo de 2009)

329506-1

MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Precisan alcances del articulo 12º de la Ordenanza Nº 009-2008-MDLP/ALC referente a arbitrios
ORDENANZA Nº 002-2009-MDLP/ALC
La Punta, 5 de marzo de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA El Concejo Distrital de La Punta, en Sesion Ordinaria de la fecha 5 de marzo de 2009; VISTO: El Informe Nº 016-2009-MDLP-GCR de fecha 03 de marzo de 2009, de la Gerencia Central de Rentas, que propone rectificar los alcances del Articulo 12º de la Ordenanza Nº 009-2008-MDLP/ALC; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica, modificado por la Ley de Reforma Constitucional capitulo XIV del Titulo IV sobre descentralizacion - Ley Nº 27680, y posteriormente modificado por la Ley Nº 28607, senala que las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local, que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. En concordancia con este se pronuncia el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Nº 27972, que agrega que dicha autonomia radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, segun Informe del Visto, el Gerente Central de Rentas indica que mediante Ordenanza Nº 013-2004MDLP/ALC y su Reglamento aprobado mediante Decreto de Alcaldia Nº 001-2007-MDLP/ALC, se establecieron los criterios a fin de aplicar adecuadamente el beneficio de arbitrio social; motivo por el cual, resulta conveniente precisar que los alcances del articulo 12º de la Ordenanza Nº 009-2008-MDLP/ALC se sujetan estrictamente a lo establecido en el referido Reglamento, no encontrandose sujeto a la Decima Disposicion Final y Transitoria de la Ordenanza que regula los arbitrios correspondientes al ejercicio fiscal 2009; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los articulos 20º, 39º y 42º de la Ley Organica de Municipalidades;

RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0578-2007-MPC.
Cajabamba, noviembre 19 de 2007 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJABAMBA; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Municipalidad Provincial de Cajabamba es una entidad autonoma, dedicada a prestar en forma eficiente servicios a la comunidad de acuerdo con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. Que, el D.S. Nº 043-2003-PCM, establece en su articulo que las entidades obligadas a brindar informacion, bajo responsabilidad de su MORDAZA representante, identificaran al funcionario responsable de brindar informacion solicitada en virtud de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. Que, el Articulo 6º del D.S. 043-2003-PCM, establece que las Entidades Publicas deberan de contar con Portales en INTERNET en los plazos que a continuacion se indican: c) Las Entidades de los Gobiernos Locales Provinciales y organismos desconcentrados a nivel provincial, hasta un ano desde el inicio del MORDAZA periodo municipal, salvo que las posibilidades tecnologicas y/o presupuestales hicieran imposible su instalacion. Que, con Resolucion de Alcaldia Nº 026-2007MPC de fecha 19 de enero se designa al funcionario responsable de entregar la informacion en virtud de la Ley de Transparencia y acceso a la informacion publica, recayendo dicha designacion en la persona del CPC. Jhon Milner MORDAZA Lopez. Que, el CPC. Jhon Milner MORDAZA MORDAZA ya no labora en esta institucion al haber presentado su renuncia irrevocable, no teniendo a la fecha ningun vinculo laboral con la Municipalidad.

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