Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2009 (28/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Decreto Legislativo Nº 696 ­ Ley de Promocion a la Inversion Privada en acciones de Renovacion MORDAZA ­ se establece a traves del articulo 11º que la identificacion de areas de tratamiento con fines de renovacion MORDAZA determinara la obligacion, por parte de los organismos pertinentes, de ejecutar las obras que MORDAZA necesarias para la rehabilitacion, ampliacion o mejoramiento de las redes de servicios publicos basicos, otorgandose prioridad a las areas con proyectos calificados; Que, de acuerdo al Reglamento de la citada ley, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 11-95-MTC, se establece a traves del articulo 6º que las microzonas de tratamiento son aprobadas mediante Resolucion de Alcaldia por las Municipalidades Provinciales en coordinacion con las municipalidades distritales, o por estas, por delegacion expresa nivel provincial, indicando ademas que las zonas de tratamiento son aprobadas por las municipalidades provinciales, mediante Ordenanza; Que, mediante los articulos 2º y 3º del citado Decreto Supremo se establece que las acciones de renovacion MORDAZA comprometen la participacion de nivel nacional, regional y local, del sector publico y privado, de los propietarios y de la poblacion en general, asi como las acciones de identificacion de areas de tratamiento; Que, la Octava Disposicion Final del indicado reglamento senala que los gobiernos nacional y regional asi como las municipalidades provinciales y distritales emitiran las normas complementarias, precisando organos competentes, procedimientos, plazos y cualquier otra disposicion que asegure el cumplimiento del Reglamento y la MORDAZA participacion de propietarios y vecinos en acciones de renovacion MORDAZA, especialmente en la prevencion y el control del deterioro urbano; Que, mediante Convenio MORDAZA de Cooperacion Interinstitucional de fecha 23 de junio de 2008, celebrado entre la Municipalidad de La MORDAZA y el Centro de Promocion MORDAZA ­ CEPROMUR ­, se acordo realizar esfuerzos destinados a la Renovacion MORDAZA, ejecutando acciones que permitan formular propuestas y apoyar los proyectos de iniciativa municipal y de la sociedad civil, realizando planes de trabajo para mejorar las condiciones de MORDAZA de la poblacion e iniciar un MORDAZA de transformacion en el distrito, potenciando las capacidades de liderazgo y participacion vecinal; Que en atencion a lo expuesto y considerando el deterioro y la decadencia de algunos sectores y zonas del distrito de La MORDAZA, la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro propone formular un plan de trabajo para mejorar las condiciones de MORDAZA de la poblacion e iniciar un MORDAZA de transformacion en el distrito a efectos de potenciar las capacidades de liderazgo y participacion vecinal, por lo que manifiesta que ha detectado problemas de hacinamiento en dos (2) zonas, las cuales indica que seria factible MORDAZA consideradas como areas de tratamiento especial a fin de proponer el Plan de Renovacion MORDAZA correspondiente, las cuales se denominacion y ubican de acuerdo al siguiente detalle: · Matutito: ubicada en el cuadrante comprendido por la Av. Grau cuadras 9 a 12, Jr. Prolongacion MORDAZA cuadra 11, Jr. MORDAZA Raymondi cuadras 10 a 13 y Jr. Prolongacion Huamanga cuadra 1. · Mendocita: ubicada en el cuadrante comprendido por la Av. Bauzate y MORDAZA cuadras 7 y 8, Jr. Abtao cuadras 6 a 8, Jr. MORDAZA La Catolica cuadras 7 y 8, Jr. Andahuaylas cuadras 7 a 9, Jr. MORDAZA Unanue cuadra 6, Jr. Obreros cuadras 5 y 6. Que, en virtud de lo expuesto la presente Ordenanza busca delimitar microzonas como areas de tratamiento en el distrito de La MORDAZA, a efectos de proponer el Plan de Renovacion MORDAZA de las mismas, el cual sera sometido al respectivo MORDAZA de consulta ciudadana y remitido posteriormente a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su aprobacion por ser de su competencia, toda vez que la renovacion MORDAZA conlleva la elaboracion de politicas de intervencion, delimitacion de areas de tratamiento, aplicacion de medidas urgentes y excepcionales relativas a los usos del suelo, control de especulacion MORDAZA, edificacion, regulacion y localizacion de actividades economicas, asi como la conservacion activa social y fisica, que comprende la proteccion de los residentes y ocupantes de predios localizados en dichas zonas e incluso la aprobacion de padrones de pobladores

sujetos al beneficio del derecho de residencia, entre otros aspectos; Que, mediante Informe de vistos la Gerencia de Asesoria Juridica opina que el proyecto de ordenanza que delimita microzonas como areas de tratamiento en el distrito de La MORDAZA y declara de preferente interes local y social la elaboracion de la propuesta del Plan de Renovacion MORDAZA, se encuentra dentro de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades y demas normativa glosada, recomendando se someta la misma al Concejo Municipal para su respectiva aprobacion; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º y del articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972 ­, el Concejo Distrital de La MORDAZA, por unanimidad aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE DELIMITA MICROZONAS COMO AREAS DE TRATAMIENTO EN EL DISTRITO DE LA MORDAZA y DECLARA DE PREFERENTE INTERES LOCAL y SOCIAL LA ELABORACION DE LA PROPUESTA DEL PLAN DE RENOVACION MORDAZA Articulo Primero.- Declarar de preferente interes local y social, la elaboracion y aprobacion del proyecto de Plan de Renovacion MORDAZA del Distrito de La Victoria; el mismo que contendra los principios y lineamientos orientadores, las prescripciones especificas respecto a la funcion social que debe cumplir la propiedad MORDAZA, asi como los programas y proyectos en materia de renovacion MORDAZA del distrito, a fin de abordar y solucionar la problematica de las zonas decadentes y tugurios existentes en forma de callejones, viviendas subdivididas, corralones suburbanizados y otras formas de vivienda degradada en situacion critica de riesgo y colapso, a cuyo efecto se adoptaran por la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, la medidas administrativas, de gestion y presupuestales necesarias. Articulo Segundo.- Aprobar la identificacion y delimitacion de las siguientes areas de tratamiento con fines de renovacion MORDAZA en el distrito de La Victoria: MATUTITO: comprendida entre la Av. Grau cuadras 9,10,11 y 12, el Jr. Prolongacion MORDAZA cuadra 11 , el Jr. MORDAZA Raymondi de la cuadra 10,11,12 y 13 y el Jr. Prolongacion Huamanga cuadra 1. MENDOCITA: comprendida entre la Av. Bauzate y MORDAZA cuadras 7 y 8, Jr. Abtao cuadra 6 ,7 y 8, Jr. MORDAZA La Catolica cuadras 7 y 8, Jr. Andahuaylas cuadras 7, 8 y 9, Jr. MORDAZA Unanue cuadra 6, Jr. Obreros cuadras 5 y 6 Articulo Tercero.- Aprobar los objetivos especificos de la identificacion y delimitacion de las areas de tratamiento indicadas en el articulo segundo: 1. Elaborar y contar con un Plan especifico que cuente con el soporte normativo y de planificacion para las intervenciones, acciones y proyectos en dichas areas. 2. Promover la recuperacion concertada de zonas construidas que se encuentren disgregadas, con el fin de revalorizar su funcion con el tejido urbano; el cual incluye, la eliminacion de tugurios y la construccion de nuevas viviendas y el desarrollo de programas de mejoramiento de suelos. 3. Revertir la sub utilizacion y deterioro de la infraestructura, el numero de inmuebles desocupados o en alta degradacion arquitectonica, economica y funcional, que propician el desarrollo de actividades informales. 4. Racionalizar las actividades economicas y los usos de los inmuebles, espacios publicos. 5. Propiciar y priorizar proyectos de inversion publica y/o privada destinados a la destugurizacion de inmuebles de las zonas materia de tratamiento. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA conducir de manera concertada con los propietarios y residentes de las zonas indicadas, las propuestas que resulten necesarias para elaborar el Plan Especifico de las areas de tratamiento a que se refiere el articulo MORDAZA de la presente ordenanza, en un plazo no mayor de ciento cincuenta (150) dias calendarios, pudiendo ser prorrogado si las circunstancias lo ameritan. Articulo Quinto.- Someter el plan especifico de las areas de tratamiento al respectivo MORDAZA de consulta ciudadana y remitirlo posteriormente a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su aprobacion.

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