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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de marzo de 2009 393333 Que por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 021-2009-MP-FN-JFS, de fecha 11 de marzo del 2009 y Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 348-2009-MP-FN, de fecha 18 de marzo del 2009, se dictaron disposiciones sobre la organización fi scal en el Distrito Judicial de Lambayeque, a fi n de adecuarla para la implementación del Nuevo Código Procesal Penal, creándose y convirtiéndose algunos Despachos Fiscales en Fiscalías Superiores Penales y Fiscalías Provinciales Corporativas Penales y Mixtas, las mismas que conocerán los procesos de liquidación y adecuación de los casos iniciados con el Código de Procedimientos Penales y los procesos que se iniciarán con el Nuevo Código Procesal Penal a partir del 01 de abril del año en curso. Que, mediante Resoluciones Nº 355, 387 y 388- 2009-MP-FN, de fechas 19 y 25 de marzo de 2009, se designó a los Fiscales Superiores y Provinciales Coordinadores, siendo necesario proceder con una adecuada distribución del personal fi scal en el nuevo modelo corporativo. De conformidad con lo expuesto y lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 – Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del doctor Manuel Antonio Mesones Salazar, Fiscal Provincial Titular Mixto de San Ignacio, Distrito Judicial de Lambayeque, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Cutervo; materia de la Resolución Nº 1345-2008- MP-FN, de fecha 03 de octubre del 2008. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del doctor José Regulo Pérez Díaz, Fiscal Adjunto Provincial Titular Mixto de Cutervo, Distrito Judicial de Lambayeque, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Cutervo; materia de la Resolución Nº 1415-2002- MP-FN, de fecha 02 de agosto del 2002. Artículo Tercero.- Designar al doctor Manuel Antonio Mesones Salazar, Fiscal Provincial Titular Mixto de San Ignacio, Distrito Judicial de Lambayeque, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cutervo. Artículo Cuarto.- Nombrar como Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales del Distrito Judicial de Lambayeque, designándolos en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cutervo, a los siguientes doctores: - María Maritza Luján Castillo. - Jorge Marcelino Pérez Toro. Artículo Quinto.- Nombrar como Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales del Distrito Judicial de Lambayeque, designándolos en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cutervo, a los siguientes doctores: - Ricardo Tello Bañez. - Tatiana Cecilia Carranza Lozano. Artículo Sexto.- Nombrar al doctor José Regulo Pérez Díaz, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lambayeque, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Cutervo, con retención de su cargo de carrera. Artículo Séptimo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Ministra de Justicia, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente de la Comisión Distrital de Implementación del Distrito Judicial de Lambayeque, Fiscal Superior Titular – Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lambayeque, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Fiscal de la Nación 330033-15 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan viaje de analistas a Chile para participar en pasantía sobre el proceso de armonización de normas contables a las NIIF RESOLUCIÓN SBS Nº 2020-2009 27 de marzo de 2009 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTAS: Las comunicaciones cursadas por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras de Chile y la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) para que un grupo de funcionarios realice una Pasantía a las indicadas entidades sobre el Proceso de Armonización de las Normas Contables a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), las mismas que se llevarán a cabo del 30 de marzo al 01 de abril y del 02 al 03 de abril de 2009, respectivamente, en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile; CONSIDERANDO: Que, el Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable BID Nº ATN/ME-10449-PE, suscrito entre el Banco Interamericano de Desarrollo y la SBS con la fi nalidad de ejecutar el Programa para el Fortalecimiento de la Administración de Riesgos en el Sistema Financiero Peruano, tiene como principal objetivo mejorar las condiciones de acceso al crédito para las empresas y los hogares del Perú, así como modernizar las tecnologías de medición y evaluación de riesgos en el Sistema Financiero Peruano, para lo cual se vienen realizando las actividades necesarias para lograr la implementación de una Nueva Central de Riesgos por Operaciones; Que en el marco del citado Programa y Convenio, tiene un rol importante la armonización de las normas contables emitidas por la SBS con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), con el fi n de que las diferentes entidades supervisadas usen cuentas de registro uniformes, que permitan al ente supervisor comparar y evaluar la información detallada de las operaciones de crédito recibida por las entidades con un mismo criterio, obteniéndose de esta manera un marco regulatorio consistente, que permita que la información que vaya siendo incorporada en la Central de Riesgos por Operaciones (CRO), sea tratada bajo los mismos parámetros contables y reglas administrativas; Que, para tal efecto la SBS ha solicitado a la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras de Chile y la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile, en consideración al avance alcanzado y experiencia sobre la materia, su apoyo para la realización de una Pasantía con la fi nalidad de conocer la experiencia de las citadas entidades en el proceso de convergencia a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), el marco legal de las normas contables aplicables por las empresas supervisadas, la preparación de información fi nanciera consolidada en base a las NIIF, el impacto en el capital regulatorio de los efectos patrimoniales por armonización a NIIF, entre otros, habiendo expresado ambas instituciones su conformidad para que un grupo de funcionarios de esta Superintendencia realicen tal actividad;