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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2009 (01/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de mayo de 2009 395288 Que, en el mes de enero del 2002 se realizó la revisión de la metodología y de los procedimientos de cálculo del Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, estableciéndose como período Base: Diciembre 2001=100,00; Que, por consiguiente, es necesario disponer la publicación de la Variación Mensual del Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, correspondiente al mes de abril del 2009 y la Variación Acumulada del Índice de Precios al Consumidor con respecto al mes de diciembre del 2008, así como aprobar la publicación del Boletín Mensual que contiene la información ofi cial de precios al consumidor; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, (Base: Diciembre 2001 = 100,00) correspondiente al mes de abril del 2009, así como su Variación Porcentual Mensual y Acumulada. AÑO 2009 MES NÚMERO ÍNDICE VARIACIÓN PORCENTUAL MENSUAL ACUMULADA ENERO 122,62 0,11 0,11 FEBRERO 122,53 -0,07 0,03 MARZO 122,97 0,36 0,39 ABRIL 122,99 0,02 0,41 Artículo 2º.- Aprobar la publicación del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, correspondiente al mes de abril del 2009, documento que contiene la Información Ofi cial del Índice de Precios al Consumidor. Regístrese y comuníquese. RENÁN QUISPE LLANOS Jefe 343007-1 Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de abril de 2009 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 124-2009-INEI Lima, 30 de abril del 2009 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática INEI, elabora el Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, adoptando como período Base: Año 1994 = 100,00 a partir del mes de enero de 1999; Que, es necesario disponer la publicación de la Variación Mensual y Acumulada del Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional del mes de abril del 2009, y del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información ofi cial del Índice de Precios al Por Mayor; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional con la Base: Año 1994= 100,00, correspondiente al mes de abril del 2009, así como su variación mensual y acumulada. AÑO/MES NÚMERO ÍNDICE VARIACIÓN PORCENTUAL BASE 1994 MENSUAL ACUMULADA 2009 ENERO FEBRERO MARZO ABRIL 195,549204 192,522055 191,563075 190,213283 -1,51 -1,55 -0,50 -0,70 -1,51 -3,03 -3,51 -4,19 Artículo 2°.- Aprobar la publicación del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información Ofi cial del Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de abril del 2009. Regístrese y comuníquese. RENÁN QUISPE LLANOS Jefe 343007-2 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 129-2009-CE- PJ Lima, 23 de abril de 2009 VISTO: El Ofi cio N° 005-2009-CCRROCMA-CE-PJ cursado por la doctora Elcira Vásquez Cortez, Jefa de la OCMA y Presidenta (e) de la Comisión de Coordinación y Revisión del Nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina de Control de la Magistratura de este Poder del Estado; y; CONSIDERANDO: Primero: Que, este Órgano de Gobierno por Resolución Administrativa N° 191-2006-CE-PJ, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 5 de mayo de 2007, aprobó el “Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial”; Segundo: No obstante ello, y teniendo en cuenta la preocupación expuesta por diversos estamentos de este Poder del Estado frente a las difi cultades derivadas de la interpretación y puesta en práctica de la Ley N° 28149 “Ley que incluye la participación de la Sociedad en los Órganos de Control del Poder Judicial y del Ministerio Público”, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 05 de enero de 2004, y de su Reglamento aprobado por D.S. N° 001- 2004-JUS del 16 de enero del mismo año, así como por el debate originado con la publicación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina de Control de la Magistratura de este Poder del Estado; se dispuso mediante Resoluciones Administrativas N° 090-2007-CE- PJ, y N° 098-2007-CE-PJ, de fechas 8 y 16 de mayo de 2007, respectivamente, profundizar en el análisis jurídico de la propuesta reglamentaria, en aras de la consecución de consensos necesarios para su revisión y modifi cación, todo ello en procura de optimizar las actividades de control y fi scalización; Tercero: Que, para los fi nes establecidos precedentemente, fue necesario disponer la conformación de una Comisión de Coordinación y Revisión del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial integrada por miembros de este Órgano de Gobierno y de la Ofi cina Suprema de Control, así como de una Secretaría Técnica en apoyo a las labores de la mencionada comisión; disponiéndose asimismo, y de manera sucesiva, con el objetivo de alcanzar mejores resultados en la formulación del proyecto defi nitivo, la prórroga del período de vacatio legis del citado Reglamento, manteniéndose consecuentemente la vigencia del anterior, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 263-96-SE-TP-CME-PJ del 16 de julio de 1996 y su modifi catoria que sancionó la Resolución Administrativa N° 799-CME-PJ, del 26 de noviembre de 1998; acorde obra consignado en las Resoluciones