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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de mayo de 2009 395579 Que, mediante Informe Nº 018-09-SGTSV- GDESUR/MVES del 12.02.2009, el Sub Gerente de Transporte y Seguridad Vial de la Gerencia de Desarrollo Urbano propone la reducción en un 40% del costo total por Certificado de Operación, lo cual implica que de los S/. 44.11 que se viene cobrando actualmente por dicho procedimiento se rebaje a sólo S/.26.47; en tanto que por la Credencial de Conductor donde se viene cobrando S/. 51.32, sólo se cobraría S/. 30.80, recomendándose que este beneficio sea por única vez y durante un período de 45 días improrrogables, contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano; Que, con Informe Nº 214-2009-OAJ/MVES del 13.03.2009, el Gerente de la Oficina de Asesoría Jurídica señala que el numeral 38.5) del Art. 38º de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444 establece que “una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar mediante Decreto de Alcaldía en el caso de las Municipalidades; en consecuencia opina favorablemente por dicha reducción; Que, mediante Informe Nº 031-2009-UP/OPP/ MVES en concordancia con el Informe Nº 024-OPP/ MVES-2009, de fechas 18.03.2009 y 19.03.2009 respectivamente, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto señala que la proyección actual y con descuento de los procedimientos antes señalados, se encuentra por encima del monto presupuestado en el PIA 2009; por lo que una eventual reducción del 40% de los derechos administrativos no originaría un impacto negativo al presupuesto institucional; Estando a lo solicitado, contando con la opinión favorable del Despacho de Alcaldía, expresado mediante Memorando Nº 062-2009/ALC/MVES del 05.05.2009, y en uso de las atribuciones conferidas en los incisos 1 y 6 del Art. 20º, Art. 42º, así como el Art. 81º, numeral 3.2 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Reducir en un 40%, a partir del día siguiente de la publicación de la presente en el Diario Ofi cial El Peruano y por un período de 45 días hábiles, el costo total del procedimiento Nº 38 Certifi cado de Operación y del procedimiento Nº 39 Credencial de Conductor del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado mediante la Ordenanza Municipal Nº 145- MVES, quedando dichos procedimientos de acuerdo al siguiente detalle: Denominación Costo Procedimiento Nº 0038 Certifi cado de Operación de Vehículos Menores S/. 26.47 Procedimiento Nº 0039 Credencial del Conductor de Vehículos Menores S/. 30.80 Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano a través de la Sub Gerencia de Transportes y Seguridad Vial la aplicación del presente dispositivo, en tanto que la Oficina General de Administración deberá de manera prioritaria proveer los recursos humanos y materiales necesarios en las diversas oficinas involucradas a fin de que se cumpla con eficacia los objetivos del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 3º.- Disponer que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a través de la Unidad de Desarrollo Institucional, Tecnología de la Información y Estadística realice la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el portal institucional: www.munives. gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JAIME ZEA USCA Alcalde 344956-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 099-2009/MVMT Mediante Ofi cio N° 174.09.SG/MVMT, la Municipalidad de Villa María del Triunfo solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Alcaldía N° 099-2009/MVMT, publicada en nuestra edición del día 29 de abril de 2009. DICE: EL ALCALDE ENCARGADO DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO DEBE DECIR: EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO 344479-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR Aprueban y aceptan donación efectuada por la Empresa Minera Xstrata Tintaya S.A. ACUERDO DE CONCEJO Nº 032-2009-CM-MPE-C Espinar, 6 de abril del 2009 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR – DEPARTAMENTO DEL CUSCO VISTO: en Sesión Ordinaria Nº 008-2009 de fecha 06/04/2009, bajo la conducción del señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Espinar, Prof. Eloy Ladislao Chancayauri Pezo, y la asistencia de los señores Regidores: Luís Eliseo Puma Alarcón, Rosmery Bustamante Jara, Moisés Larota Chullo, Zacarías Huachaca Anampa, Ysidoro Olarte Choquenaira, Isabel Salas Merma, Cléver Bustamante Ramírez, William Inca Zans y Roberto Corrales Moscoso; visto el Acta de Sesión Ordinaria del Comité de Gestión – Convenio Marco de fecha 10 de marzo del 2009, Informe Nº 014-2009/ST-CG-CM/XST.S.A/MPE/E de fecha 06 de abril del 2009, solicitando dejar sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 029-2009-MPE-C, sobre la aceptación de la donación de Xstrata Tintaya del V Aporte a favor de la Municipalidad Provincial de Espinar, destinado a la operatividad y funcionamiento de la Ofi cina de Secretaría Técnica del Comité de Gestión de Convenio Marco para el año 2009 y tomar un nuevo acuerdo de aceptación de donación de la Empresa Minera Xstrata Tintaya S.A. a favor de la Municipalidad Provincial de Espinar, por S/. 414,436.00 nuevos soles, destinados para el fi n antes indicado; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, concordante con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en su Artículo II del Título Preliminar; las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;