Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2009 (07/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

395575

Que, conforme a lo establecido en la MORDAZA III y IV del Titulo Preliminar del Texto Unico del Codigo Tributario, Decreto Supremo Nº 135-99-EF, los Gobiernos Locales mediante ordenanzas, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion, con los limites que senala la ley; Que, el articulo 41° del Codigo Tributario, dispone excepcionalmente que los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren; Que, por lo expuesto en los parrafos precedentes, atendiendo el pedido de los contribuyentes y administrados del distrito y siendo politica de esta Administracion brindar las mayores facilidades a los vecinos del distrito, se hace necesario establecer un Beneficio Tributario y No Tributario, a fin de que estos puedan cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales, y; Estando a lo expuesto, con el MORDAZA unanime de sus miembros y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9° y articulo 40° de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta aprobo la siguiente: ORDENANZA DE BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA DENTRO DE LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA Articulo Primero.- OBJETIVO La presente ordenanza tiene como objetivo establecer el MORDAZA legal para el Beneficio de Regularizacion Tributaria y No Tributaria dentro de la jurisdiccion del distrito de San Miguel. Articulo Segundo.- ALCANCES Se podran acoger al presente beneficio, todos aquellos contribuyentes o administrados que mantengan obligaciones con la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, en cualquier estado de cobranza y cuyo hecho generador sea hasta el 30 de MORDAZA del ano 2009. 2.1. OBLIGACIONES TRIBUTARIAS 2.1.1. Condonese el 100% del monto de las sanciones tributarias que deriven de las obligaciones formales respecto de inmuebles, siempre que el contribuyente cumpla con presentar la Declaracion Jurada de Inscripcion en el caso de ser omisos, cargo y/o descargo por transferencia bajo cualquier modalidad, de aumento o disminucion del valor del predio, etc., dentro del plazo de vigencia de la presente Ordenanza. 2.1.2. Condonese el monto total de los reajustes e intereses moratorios de las deudas por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, vencidos al 30 de MORDAZA del 2009. 2.2. OBLIGACIONES TRIBUTARIAS MATERIA DE FRACCIONAMIENTO. Aquellos contribuyentes que hayan celebrado contrato de fraccionamiento podran acogerse a los beneficios establecidos en la presente Ordenanza, pagando al contado su deuda fraccionada, previo desistimiento. 2.3 OBLIGACIONES NO TRIBUTARIAS 2.3.1 Condonese el importe original de la papeleta de infraccion municipal, el porcentaje en la siguiente escala de acuerdo a la fecha de imposicion de las mismas: Hasta 2005 Ano 2006 Ano 2007 Ano 2008 ..........................90% ..........................50% ..........................40% ..........................30%

2.4. BENEFICIOS PARA GASTOS Y COSTAS PROCESALES 2.4.1 Condonese el 50% de los Gastos y Costas Procesales derivado de la tramitacion de los procedimientos de cobranza coactiva correspondientes a obligaciones tributarias y no tributarias. Articulo Tercero.- VIGENCIA El presente beneficio estara vigente del 02 al 16 de MORDAZA del presente ano, vencido el plazo establecido, la Administracion procedera a cobrar el integro de la deuda tributaria y no tributaria reajustada a la fecha de pago, asi como los gastos y costas procesales por procedimientos coactivos, de ser el caso, ademas de las sanciones que se deriven por el incumplimiento de obligaciones formal del contribuyente, en el caso de obligaciones tributarias y no tributarias. Articulo Cuarto.DESISTIMIENTO Y RECONOCIMIENTO DE LA DEUDA El pago al contado de las deudas senaladas en la presente Ordenanza, implica el desistimiento automatico de la reclamacion, reconsideracion o apelacion, segun sea el MORDAZA de obligacion, que pudiera existir respecto de ellas. De la misma manera, el pago de aquellas deudas implica el reconocimiento expreso de la obligacion; por lo cual, el deudor no podra presentar reclamos futuros, respecto a ellas. Articulo Quinto.- SISTEMA DE PAGO Los contribuyentes que se acojan al presente beneficio, solo podran regularizar sus deudas pagando al contado la obligacion pendiente. Articulo Sexto.- PAGO EFECTUADO No podran solicitarse la devolucion los pagos que hubieran al contado o en forma fraccionada, efectuados con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza de las obligaciones con los intereses, moras o sanciones correspondientes, basados en la vigencia de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria, a la Oficina de Ejecutoria Coactiva, a la Secretaria de Imagen Institucional y a la Sub Gerencia de Informatica y Sub Gerencia de Tesoreria, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- Facultese al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, asi como tambien para establecer la prorroga de la misma. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 344975-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Modifican el Reglamento de Parametros Urbanisticos y Edificatorios correspondiente al Sector del distrito de MORDAZA de MORDAZA conformante del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana
DECRETO DE ALCALDIA Nº 07-2009-MSS MORDAZA de MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2009

2.3.2 Condonese el 100% de intereses a las Papeletas de Infraccion Municipal impuestas hasta el 30 de MORDAZA del ano 2009. 2.3.3 No son objeto de acogimiento a los beneficios establecidos en la presente ordenanza, las papeletas de infraccion municipal de competencia de la Gerencia de Desarrollo Urbano.

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