Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2009 (07/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

395571

MORDAZA DE VIA JR JR JR

NOMENCLATURA VIAL MORDAZA, MORDAZA CRNEL. MORDAZA, MORDAZA COMANDANTE YAHUAR MORDAZA NOMENCLATURA AREAS RECREACIONALES DE DOMINIO PUBLICO MORDAZA GALLO, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MARISCAL DEL BOMBERO MORDAZA CAVA, MORDAZA MAYOR EP DUMONT, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA SAN MORDAZA BOSCO

MORDAZA PLAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo Segundo.- Precisar que en los casos que la nomenclatura de la via corresponde a un personaje historico, la definicion del nombre completo del personaje en la Relacion Oficial no invalida su definicion abreviada por costumbre en ningun procedimiento o documento municipal. Articulo Tercero.- Disponer el otorgamiento gratuito de los Certificados de Nomenclatura para los predios que actualmente se encuentran registrados con nomenclatura vial diferente a la que le corresponde segun su frente fisico o que la via en la que se ubican hay sido modificada en su MORDAZA, siempre que se solicite dentro del plazo de los 180 dias posteriores a la publicacion de la presente y se cumpla con presentar los requisitos correspondientes estipulados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente, a excepcion del pago por derecho de tramite. Articulo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente a todas las Gerencias y Oficinas de la Municipalidad de Lince. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LAINES MORDAZA 344714-2

por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre descentralizacion, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, segun el Articulo 9º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, y el Articulo 60º de la Ley de Tributacion Municipal, Decreto Legislativo Nº 776, las municipalidades tienen competencia para crear, modificar, suprimir o exonerar de las contribuciones, arbitrios, derechos y licencias conforme a ley. Que, mediante Ley Nº 25307 declaro de prioritario interes nacional la labor que realizan las Organizaciones Sociales de Base en lo referido al servicio de apoyo alimentario que brindan a las familias de menores recursos. Que, las dirigentes de diversas Organizaciones Sociales de Base del distrito de MORDAZA, mediante solicitudes escritas vienen solicitando, repetidas veces, la exoneracion al pago por concepto de inscripcion al Registro Unico de Organizaciones Sociales ­ RUOS de la Municipalidad Distrital de Pachacamac. Que, es politica de la actual gestion municipal promover la participacion activa de los ciudadanos organizados en la gestion del desarrollo local y la mejora de la calidad de MORDAZA, asi como el dar las facilidades a las Organizaciones Sociales de Base a fin de que puedan obtener su reconocimiento a la brevedad en su propio beneficio y el de la poblacion pachacamina de menores recursos. Que, para tales efectos el Concejo de la Municipalidad Distrital de MORDAZA considera necesario aprobar una Ordenanza que Exonera a las Diversas Organizaciones Sociales De Base ­ OSB al pago por concepto de inscripcion al RUOS de la Municipalidad Distrital DE MORDAZA y otros tramites administrativos relativos a este; De conformidad con las atribuciones senaladas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con la dispensa del tramite de aprobacion y de la lectura del acta, por unanimidad de los miembros del Concejo, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE EXONERA A LAS DIVERSAS ORGANIZACIONES SOCIALES DE BASE ­ OSB AL PAGO POR CONCEPTO DE INSCRIPCION AL RUOS Y OTROS TRAMITES ADMINISTRATIVOS Articulo Primero.- EXONERESE a las Organizaciones Sociales de Base que esten al servicio de apoyo alimentario y servicios basicos de salud a la poblacion de menores recursos, del pago por los siguientes conceptos: a. Registro y Reconocimiento como Organizacion Social de Base y del Consejo Directivo. b. Modificacion del Consejo Directivo. c. Renovacion y/o modificacion del Consejo Directivo. d. Credenciales. e. MORDAZA certificada de resolucion. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano, ABRIR un Libro de Registro Unico de Organizaciones Sociales de Base, el cual estara reglamentado por los dispositivos legales vigentes y por los que esta corporacion MORDAZA emitiese en el futuro. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano, a traves de la Sub. Gerencia de Participacion Vecinal y Promocion Social la inscripcion y actualizacion de todas aquellas Organizaciones Sociales de Base que operen en la jurisdiccion del distrito de Pachacamac. Articulo Cuarto.- INCORPORAR a todas aquellas Organizaciones Sociales de Base inscritas en el RUOS, al Libro de Registro Unico de Organizaciones Sociales de Base. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Sexto.- Encargar a la Gerencia de Informatica y Estadistica la publicacion de la presente Ordenanza en la pagina web de la Municipalidad. Articulo Septimo.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Humano, Gerencia

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA
Exoneran a organizaciones sociales de base del pago por inscripcion al RUOS y de otros tramites administrativos
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 060-2009-MDP/C MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2009 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA VISTO: El Concejo Municipal en Sesion Extraordinaria de fecha 20 de marzo de 2009, el Informe Nº 029-2009-GDH/ SGPVyPS de la Sub. Gerencia de Participacion Vecinal y Promocion Social, quien remite el proyecto de Ordenanza que Exonera a las diversas Organizaciones Sociales de Base ­ OSB al pago por concepto de Inscripcion al Regimen Unico de Organizaciones Sociales de la Municipalidad Distrital de MORDAZA y aprobacion de Tasa Social. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado

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