TEXTO PAGINA: 69
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de mayo de 2009 395571 TIPO DE VIA NOMENCLATURA VIAL JR VELARDE, LEON CRNEL. JR VILLAVICENCIO, MANUEL COMANDANTE JR YAHUAR HUACA TIPO NOMENCLATURA AREAS RECREACIONALES DE DOMINIO PUBLICO PLAZA RUIZ GALLO, PEDRO TENIENTE CORONEL PARQUE CASTILLA, RAMON MARISCAL PARQUE DEL BOMBERO PARQUE NOVOA CAVA, ALFREDO MAYOR EP PARQUE DUMONT, SANTOS PARQUE REVILLA, CLEMENTE PARQUE AGUIRRE, ELIAS PARQUE SAN JUAN BOSCO Artículo Segundo.- Precisar que en los casos que la nomenclatura de la vía corresponde a un personaje histórico, la defi nición del nombre completo del personaje en la Relación Ofi cial no invalida su defi nición abreviada por costumbre en ningún procedimiento o documento municipal. Artículo Tercero.- Disponer el otorgamiento gratuito de los Certifi cados de Nomenclatura para los predios que actualmente se encuentran registrados con nomenclatura vial diferente a la que le corresponde según su frente físico o que la vía en la que se ubican hay sido modifi cada en su tipo, siempre que se solicite dentro del plazo de los 180 días posteriores a la publicación de la presente y se cumpla con presentar los requisitos correspondientes estipulados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente, a excepción del pago por derecho de trámite. Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente a todas las Gerencias y Ofi cinas de la Municipalidad de Lince. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARTÍN PRINCIPE LAINES Alcalde 344714-2 MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC Exoneran a organizaciones sociales de base del pago por inscripción al RUOS y de otros trámites administrativos ORDENANZA MUNICIPAL Nº 060-2009-MDP/C Pachacámac, 20 de abril de 2009 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE PACHACÁMAC VISTO: El Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria de fecha 20 de marzo de 2009, el Informe Nº 029-2009-GDH/ SGPVyPS de la Sub. Gerencia de Participación Vecinal y Promoción Social, quien remite el proyecto de Ordenanza que Exonera a las diversas Organizaciones Sociales de Base – OSB al pago por concepto de Inscripción al Régimen Único de Organizaciones Sociales de la Municipalidad Distrital de Pachacámac y aprobación de Tasa Social. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Titulo IV, sobre descentralización, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Distritales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, según el Artículo 9º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, y el Artículo 60º de la Ley de Tributación Municipal, Decreto Legislativo Nº 776, las municipalidades tienen competencia para crear, modifi car, suprimir o exonerar de las contribuciones, arbitrios, derechos y licencias conforme a ley. Que, mediante Ley Nº 25307 declaró de prioritario interés nacional la labor que realizan las Organizaciones Sociales de Base en lo referido al servicio de apoyo alimentario que brindan a las familias de menores recursos. Que, las dirigentes de diversas Organizaciones Sociales de Base del distrito de Pachacámac, mediante solicitudes escritas vienen solicitando, repetidas veces, la exoneración al pago por concepto de inscripción al Registro Único de Organizaciones Sociales – RUOS de la Municipalidad Distrital de Pachacámac. Que, es política de la actual gestión municipal promover la participación activa de los ciudadanos organizados en la gestión del desarrollo local y la mejora de la calidad de vida, así como el dar las facilidades a las Organizaciones Sociales de Base a fi n de que puedan obtener su reconocimiento a la brevedad en su propio benefi cio y el de la población pachacamina de menores recursos. Que, para tales efectos el Concejo de la Municipalidad Distrital de Pachacámac considera necesario aprobar una Ordenanza que Exonera a las Diversas Organizaciones Sociales De Base – OSB al pago por concepto de inscripción al RUOS de la Municipalidad Distrital DE Pachacámac y otros trámites administrativos relativos a éste; De conformidad con las atribuciones señaladas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con la dispensa del trámite de aprobación y de la lectura del acta, por unanimidad de los miembros del Concejo, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE EXONERA A LAS DIVERSAS ORGANIZACIONES SOCIALES DE BASE – OSB AL PAGO POR CONCEPTO DE INSCRIPCIÓN AL RUOS Y OTROS TRÁMITES ADMINISTRATIVOS Artículo Primero.- EXONÉRESE a las Organizaciones Sociales de Base que estén al servicio de apoyo alimentario y servicios básicos de salud a la población de menores recursos, del pago por los siguientes conceptos: a. Registro y Reconocimiento como Organización Social de Base y del Consejo Directivo. b. Modifi cación del Consejo Directivo. c. Renovación y/o modifi cación del Consejo Directivo. d. Credenciales. e. Copia certifi cada de resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano, ABRIR un Libro de Registro Único de Organizaciones Sociales de Base, el cual estará reglamentado por los dispositivos legales vigentes y por los que esta corporación edil emitiese en el futuro. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano, a través de la Sub. Gerencia de Participación Vecinal y Promoción Social la inscripción y actualización de todas aquellas Organizaciones Sociales de Base que operen en la jurisdicción del distrito de Pachacámac. Artículo Cuarto.- INCORPORAR a todas aquellas Organizaciones Sociales de Base inscritas en el RUOS, al Libro de Registro Único de Organizaciones Sociales de Base. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Sexto.- Encargar a la Gerencia de Informática y Estadística la publicación de la presente Ordenanza en la página web de la Municipalidad. Artículo Séptimo.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Humano, Gerencia