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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MAYO DEL AÑO 2009 (16/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 72

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de mayo de 2009 396038 corresponde al Concejo Municipal aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas; Estando a lo expuesto, con el Informe Nº 065-2009- MDLP/OAJ, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 9º Numeral 9, y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972, el Concejo por Unanimidad, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, APROBÓ la siguiente Ordenanza: DICTAN DISPOSICIONES PARA MANTENER EL ORDEN Y LA SEGURIDAD EN LAS ZONAS DEDICADAS AL GIRO DE RESTAURANTES Y AFINES EN EL DISTRITO DE LA PUNTA Artículo 1º.- Se PROHIBE a los conductores de los establecimientos dedicados al giro de Restaurantes o afi nes, invitar o atraer al público a consumir los servicios y/o productos que brindan a través de las comúnmente llamadas “jaladoras” o cualquier otro medio y/o acciones que atenten contra el orden público, la tranquilidad del vecindario, deterioren la imagen del Distrito y/u obstaculicen el tránsito peatonal o vehicular. Artículo 2º.- INCLUYASE en el Reglamento de Sanciones Administrativas – RAS, aprobado por la Ordenanza Nº 010-2004-MDLP/ALC, y sus modifi catorias, la siguiente: CODIGO INFRACCION MULTA (% UIT) SANCION COMPLEMENTARIA 72-COM Invitar o atraer al público a consumir los servicios y/o productos que brindan los establecimientos dedicados al giro de restaurantes o afi nes, a través de las comúnmente llamadas “jaladoras” o cualquier otro medio y/o acciones que atenten contra el orden público, la tranquilidad del vecindario, deterioren la imagen del Distrito y/u obstaculicen el tránsito peatonal o vehicular. 10% al establecimiento dedicado al giro de restaurante o afín. En caso de reincidencia procede la clausura temporal por seis (6) días. De persistir, procede la clausura defi nitiva del establecimiento y la revocación de la licencia de funcionamiento. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Central de Rentas y a la Gerencia Central de Servicios a la Ciudad a través de la Gerencia de Seguridad Integral, el fi el cumplimiento de lo dispuesto. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob. pe), y en el Portal Institucional (www.munilapunta.gop. pe). Artículo 5º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde 347990-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI Ratifican Ordenanza Nº 004-2002/CM- MPH-M ORDENANZA MUNICIPAL PROVINCIAL Nº 018-2009-CM/MPH-M Matucana, 04 de mayo del 2009 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI-MATUCANA VISTO: El expediente Nº 1332-09 de fecha 03/04/09, expediente Nº 1687-09 de fecha 22/04/09 de la Municipalidad C.P “Virgen del Carmen”, donde solicita la Ratifi cación de Ordenanza Nº 004-2002-CM/MPH de fecha 27/06/02; y la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de abril del 2009, vinculado a los expedientes mencionados párrafos arriba, y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme se establece en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, concordante con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado; Que, en este contexto, los Acuerdos de Concejo son decisiones que se adoptan referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresen la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto; Que, el Régimen Jurídico en materia de autos, se rige por lo señalado en el artículo 9º numeral 35) y artículo 20º numeral 03), 05) y 35) de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; Que, mediante expediente Nº 1332-09 de fecha 03/04/09, expediente Nº 1687-09 de fecha 22/04/09 la Municipalidad C.P. “Virgen del Carmen”, solicita al concejo Municipal la Ratifi cación de la Ordenanza Nº 004-2002- CM/MPH de fecha 27/06/02; Que, respecto a la Ratifi cación de la Ordenanza Nº 004- 2002-CM/MPH-M de fecha 27/06/2002: este pedido fue asumido por la Comisión Técnica Mixta de Redelimitación, la cual señala la necesidad de ratifi car dicha Ordenanza; y el Informe Nº 181-2009/MPH-OAJ-CMDS-M, de fecha 23/04/09, Informe Nº 179-2009/MPH-OAJ-CMDS-M de fecha 23/04/09 de la Ofi cina de Asesoría Legal donde emite su informe favorable, a favor de lo solicitado por la Comisión Técnica y la Municipalidad de C.P “Virgen del Carmen”; En tal sentido, visto la solicitud de la Municipalidad C.P “Virgen del Carmen” y de la Comisión Técnica Mixta de Redelimitación, el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 30/04/09, acordó por mayoría Ratifi car la Ordenanza Nº 004-2002-CM/MPH-M de fecha 27/06/2002; Por lo expuesto y de Conformidad con el artículo 9º numeral 35) y artículo 20º numeral 03) ,05), y 35) de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente; ORDENANZA: Artículo Primero.- RATIFICAR La Ordenanza Municipal Nº 004-2002/CM-MPH-M de fecha 27/06/2002. Artículo Segundo.- PUBLICAR la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano”, portal de la Web de la Municipalidad Provincial: www.muniprovhuarochiri.gob. pe; de acuerdo al artículo 44º, 147º de la Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Tercero.- ENCARGAR a todas las áreas correspondientes el fi el cumplimiento de la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase. ROSA G. VASQUEZ CUADRADO Alcaldesa 347908-1