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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de mayo de 2009 396027 DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Norma derogatoria Déjese sin efecto todas las disposiciones administrativas de cualquier rango y nivel administrativo que se opongan o contravengan lo establecido en la presente. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. JEISTER DAVID CHÁVEZ CARNERO Presidente del Consejo Regional de Arequipa En Arequipa, a los veintiocho días del mes de abril del dos mil nueve. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los ocho días del mes de mayo del dos mil nueve. JUAN MANUEL GUILLÉN BENAVIDES Presidente del Gobierno Regional Arequipa 347926-2 GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA Incluyen relación de procedimientos administrativos de las Direcciones Regionales de Comercio Exterior y de Energía y Minas en el TUPA del Gobierno Regional Cajamarca ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2009-GRCAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN CAJAMARCA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: - Que, mediante Decreto Supremo N° 079-2007- PCM, se Aprueban los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del TUPA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo y determina que los Gobiernos Regionales aprueban su TUPA con Ordenanza Regional; - Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, constituye un documento de gestión institucional creado para brindar a los administrados o ciudadanos en general la información sobre todos los procedimientos administrativos que se tramitan ante las entidades públicas; - Que, el artículo 38°, numeral 38.1 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que el Texto Único de Procedimientos Administrativos —TUPA, es aprobado por la norma de máximo nivel de las autoridades regionales; - Que, mediante Ordenanza Regional N° 007-2008- GRCAJ-CR, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 15 de diciembre del año 2008, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos — TUPA del Gobierno Regional Cajamarca; - Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 051-2008-PCM/SD, de fecha 20.12.07, se certifi có el cumplimiento de los requisitos específi cos mínimos del Gobierno Regional Cajamarca para acceder a la transferencia de las funciones sectoriales en materia de defensa civil; - Que, habiéndose aprobado a través de la Resolución Ministerial N° 104-2008-MINCETUR y Resolución Ministerial N° 139-2008-MEMIDM, la relación de Procedimientos Administrativos de las Direcciones Regionales de Comercio Exterior y Turismo y de Energía y Minas, respectivamente, es necesario su inclusión en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional Cajamarca; - Que, la propuesta de aprobación e inclusión en el TUPA del Gobierno Regional Cajamarca, ha sido presentada por la Gerencia General Regional, con el Acuerdo del Directorio de Gerentes Regionales; - Que, acorde con lo dispuesto por el artículo 38° de la Ley N° 27867 ‘Ley Orgánica de Gobiernos Regionales” las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamenta materias de su competencia. Una vez aprobadas por el Consejo Regional son remitidas a la Presidencia Regional para su promulgación en un plazo de 10 días naturales. - Que, mediante Dictamen Nº 005-2009-GR.CAJ- CR/COP-COAJ, evacuado por las Comisiones Ordinarias de Planeamiento y Asuntos Jurídicos, de fecha 08 de mayo del presente año, se emite opinión favorable para la aprobación del Proyecto de Ordenanza Regional presentado por el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Eco. Walter lbañez Juárez, referente a la incorporación de Procedimientos a cargo de las Direcciones Sectoriales de Comercio Exterior y Turismo y Energía y Minas, en el TUPA del Gobierno Regional Cajamarca; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca en su Sesión Ordinaria de fecha 08 de mayo del año 2009; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 004-2008-GRCAJ-CR, con el voto unánime el Pleno aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero.- INCLUIR en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Gobierno Regional Cajamarca, la relación de Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, el mismo que contiene veintiocho (28) procedimientos, y que en folios nueve (09) forma parte de la Presente Ordenanza Regional. Segundo.- INCLUIR en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Gobierno Regional Cajamarca, la relación de Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Energía y Minas, el mismo que contiene treinta y ocho (38) procedimientos, y que en folios siete (07) forma parte de la Presente Ordenanza Regional. Tercero.- DEJAR, sin efecto las normas que se opongan a la presente ordenanza, en el ámbito regional. Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional la publicación de la presente Ordenanza Regional con los Cuadros Anexos en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE así como en el Portal Electrónico Institucional del Gobierno Regional Cajamarca, de conformidad con el numeral 38.3. del artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.