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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MAYO DEL AÑO 2009 (16/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 68

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de mayo de 2009 396034 POR CUANTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 30.ABRIL.2009, bajo la presidencia del señor alcalde Freddy Santos Ternero Corrales y con el quórum reglamentario de los Señores Regidores, se trató sobre el proyecto de Ordenanza que aprueba el otorgamiento de benefi cios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes de las zonas limítrofes denominadas de “Consolidación Territorial”; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades - defi ne a éstas como órganos de gobierno con personería jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, a través del Acuerdo de Concejo Nº 062-97 del 30 de Octubre de 1997 se aprobaron los documentos técnicos basados en la interpretación de las Leyes de creación, modifi cación y aclaración de los límites de los distritos de San Martín de Porres, Comas, Independencia y Los Olivos; Que, el Decreto Ley Nº 11369 del 22 de Mayo de 1950 crea en la provincia de Lima el “Distrito Obrero Industrial 27 de Octubre” hoy “San Martín de Porres”, que estaba conformado por los veinticinco centros poblados comprendidos entre el Puente del Ejército, la Carretera Panamericana, el río Chillón y el Océano Pacífi co; Que, los contribuyentes y propietarios de las zonas que se encuentran en las zonas urbanas limítrofes con los distritos de Comas, Independencia y el Callao denominadas de “Consolidación Territorial” , vienen solicitando de parte de la administración municipal la concesión de benefi cios de carácter tributario y no tributario por los períodos anteriores al año 2007; Que, en ese sentido, siendo necesario incentivar a los contribuyentes a regularizar voluntariamente el cumplimiento de sus obligaciones administrativas y tributarias formales, cuya inobservancia implica la comisión de infracciones tributarias, y con el fi n de lograr la efi ciencia en la recaudación tributaria en el Distrito de San Martín de Porres, deviene justifi cado conceder benefi cios extraordinarios a las zonas denominadas de “Consolidación Territorial”, que están comprendidas por las áreas entre: 1. Por el Sur con la Av. Tomás Valle (tramo del eje de la Autopista Panamericana Norte hasta el eje de la Antigua Carretera Panamericana Norte, hoy Av. Túpac Amaru y Av. Gerardo Unger); por el Este con la Av. Túpac Amaru (tramo del eje de la Av. Tomás Valle hasta el eje de Av. Naranjal); por el Oeste con el eje actual de la Autopista Panamericana Norte ( tramo del eje de la Av. Tomás Valle hasta el eje de la Av. Naranjal); por el Norte con la Av. Naranjal (tramo del eje de la actual Autopista Panamericana Norte hasta el eje de la Antigua Carretera Panamericana Norte, hoy Av. Túpac Amaru y Av. Gerardo Unger) Dentro del perímetro de estas vías están, los siguientes sectores: Sector Industrial Beta y Pilas National, Urb. Mesa Redonda, Asociación de Vivienda El Naranjal, Asentamiento Humano 9 de Octubre, Urb. Industrial Mulería, Urb. Industrial Panamericana Norte. Urb. Industrial Carretera Panamericana Norte, Urb. Industrial El Naranjal (zonas limítrofes con la jurisdicción del distrito de Independencia). 2. Por el Sur con el eje de la Av. San Bernardo, límite distrital con la jurisdicción del distrito de Los Olivos (tramo del eje de la actual Autopista Panamericana Norte hasta el eje de la Antigua Carretera Panamericana Norte, hoy Av. Gerardo Unger); por el Este con la Av. Gerardo Unger (tramo antes Antigua Carretera Panamericana Norte, del eje de la Av. San Bernardo hasta el eje del río Chillón); por el Oeste con la actual Autopista Panamericana Norte (tramo del eje de Av. San Bernardo hasta el eje del puente sobre el río Chillón); por el Norte con el río Chillón (eje del puente sobre el rio Chillón sigue rumbo Oeste hasta el eje del antiguo puente de la Antigua Carretera Panamericana Norte). Dentro del perímetro de estas vías están los siguientes sectores: Urb. Santa Luisa 1ra. Etapa, Asociación de Vivienda General José de San Martin, Urbanización Santa Rosa de Infantas (Ex Ampliación de Infantas), Asentamiento Humano Ex trabajadores de la Hacienda Santa Luzmila, Asentamiento Humano Micaela Bastidas, Asociación de Propietarios de Vivienda José Carlos Mariátegui, Asociación San Miguel, Asentamiento Humano San Miguelito, Asentamiento Humano Municipal Nº 02, Asociación Pueblo de Infantas, Asentamiento Humano Francisco Bolognesi, Asentamiento Humano Los Claveles de Pro, Urbanización Pro Industrial, Urbanización Industrial Pro 9º Sector III Etapa.(zonas limítrofes con el distrito de Comas). 3. Sectores comprendidos en zonas de expansión y consolidación distrital: Urbanización Estibadores, Asociación Las Flores de Santa Rosa, Asociación Los Girasoles de Santa Rosa, Urbanización Los Robles de Santa Rosa, Urbanización Filadelfi a, Asociación Las Begonias de Santa Rosa, Urbanización Los Álamos, Asociación Pirámides del Sol, Asociación San Remo II Etapa, Urbanización La Alameda de Santa Rosa, Asociación de Vivienda Los Portales, Asociación de Vivienda Los Cipreses, Asociación de Vivienda Chicmabamba, Asociación de Vivienda Montecarlo, Urbanización Los Olivos de Santa Rosa, Asociación Los Lirios de Santa Rosa, Asociación Virgen del Carmen II Etapa, Asociación El Rosal de Santa Rosa, Asociación Brisas de Santa Rosa, Asentamiento Humano Santa Rosa, Asociación de Vivienda Santa María del Valle, Asociación de Vivienda Las Casuarinas, Asociación de Vivienda Los Olivos de San Vicente, Urbanización La Arboleda de Santa Rosa II Etapa, Urbanización Residencial San Carlos, Asociación de Vivienda Los Jazmines de Santa Rosa, Urbanización Las Brisas de Santa Rosa, Asociación de Vivienda Las Brisas de Santa María, Asociación de Vivienda El Olivar, Asociación de Vivienda Las Flores de Oquendo, Asociación de Vivienda Horizonte,III, Urbanización Los Cedros, Asociación Las Brisas, Urbanización Santa Cruz, Urbanización Los Girasoles de Oquendo, Asociación de Propietarios de Vivienda Señor de los Milagros, Asociación Chuquitanta ( zonas limítrofes con el Callao). Que, el numeral 4º del Artículo 195º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por Ley Nº 27680 - de Reforma Constitucional, así como el artículo 9, numeral 9) de la Ley Nº 27972 - Orgánica de las Municipalidades, establecen que los Gobiernos Locales son competentes para crear, modifi car y suprimir contribuciones, licencias y derechos municipales conforme a Ley; Que, la Norma IV del Título Preliminar y Artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modifi cado por el Decreto Legislativo Nº 981, establecen que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza podrán condonar con carácter general el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren y que en el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo; Que, el Artículo 52º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y sus normas modifi catorias, señala que los Gobiernos Locales administran las contribuciones y tasas municipales, sean estas últimas, derechos, licencias o arbitrios municipales y por excepción los impuestos que la ley les asigne; De conformidad con los artículos 9, incisos 8) y 9), así como 40 de la Ley 27972 - Orgánica de Municipalidades - y las acotadas en los considerandos precedentes; con el Voto Unánime de los Señores Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal de San Martín de Porres ha aprobado la siguiente: ORDENANZA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo Primero: Ámbito de aplicación La presente Ordenanza es de aplicación para los contribuyentes y propietarios de las zonas limítrofes con los distritos de Comas, Independencia y el Callao denominadas de “Consolidación Territorial” y que están conformadas por los siguientes sectores: