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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de mayo de 2009 396266 343 kilómetros de la sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, por cuya razón no tiene acceso a un oportuno y efi caz servicio de administración de justicia; Cuarto: El Informe Nº 084-2008-SEP-GP-GG-PJ emitido por la Supervisión de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planifi cación concluye en la factibilidad de la creación del órgano jurisdiccional solicitado; detallándose también sus límites geográfi cos; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el artículo 82º, numeral 24, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Antonio Pajares Paredes, sin la intervención del señor Consejero Javier Román Santisteban por encontrarse de vacaciones, por unanimidad: RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Mamabamba, Distrito y Provincia de Cutervo, Departamento de Cajamarca, Distrito Judicial de Lambayeque, con competencia territorial en el referido centro poblado (sede); así como en los Caseríos de Unión Bellavista, Chupicamonte, Libertad Pan de Azúcar, Chibulgan, Sauce y Santa Clara de Camse. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ANTONIO PAJARES PAREDES SONIA TORRE MUÑOZ WÁLTER COTRINA MIÑANO ENRIQUE RODAS RAMIREZ 350530-5 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan Jueces Endosadores de Certificados de Depósito Judicial sin expediente a la vista CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 302-2009-P-CSJL/PJ Lima, 19 de mayo de 2009 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Administrativa Nº 091-2009- P-CSJLI/PJ, de fecha 29 de enero del año en curso, se reconforma la designación de los magistrados designados mediante Resolución Administrativa Nº 082-2008-P-CSJLI/ PJ, a fi n que desempeñan la función de Jueces Endosadores de Certifi cados de Depósito Judicial sin expediente a la vista a favor de la Sub Gerencia de Tesorería de la Gerencia de Administración y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial. Que, considerando el volumen de Certifi cados de Depósito Judicial que procesa la Ofi cina de Servicios Judiciales de esta Corte, se hace necesario la designación de un mayor número de magistrados endosadores, debiendo recaer dicha designación, a consideración de esta Presidencia en los Jueces Supernumerarios de esta Corte, quienes desempeñarán tal encargo en adición a sus funciones en la especialidad y nivel al que pertenece. Por lo expuesto y en uso de las facultades previstas en el artículo 90º incisos 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a los Magistrados y Magistradas Supernumerarios de esta Corte Superior de Justicia como Jueces Endosadores de Certifi cados de Depósito Judicial sin expediente a la vista en adición a sus funciones. Artículo Segundo.- Los Magistrados Supernumerarios designados como Jueces endosadores desempeñarán su función en la especialidad - Civil, Penal, Familia- y nivel al que pertenecen - Juez Especializado y Juez de Paz Letrado, según corresponda. Artículo Tercero.- Poner la presente Resolución Administrativa en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Ofi cina de Control de la Magistratura, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Ofi cina de Administración Distrital, y de los Magistrados designados. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 350591-1 Modifican la Res. Adm. Nº 075-2009-P- CSJLI/PJ CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 303-2009-P-CSJLI-PJ Lima, 19 de mayo del 2009 VISTOS: La Resolución Administrativa Nº 075-2009-P-CSJLI/PJ de fecha 28 de enero del 2009 y el documento cursado por las Presidencias de la Segunda y Cuarta Salas Penales para Procesos con Reos Libres, registrado con el Nº 33520-09; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Administrativa de vistos, se modifi caron algunos extremos de la Resolución Administrativa Nº 23-2006-P-CSJLI/PJ. de fecha 13 de enero del 2006, que regula las disposiciones pertinentes en caso de presentarse algún impedimento, recusación, inhibición o discordia, de uno o más Vocales de determinada Sala Penal; que tal variación se dio concretamente en lo referente a la Primera, Segunda y Cuarta Salas Penales para Procesos con Reos Libres. Que, actualmente la Segunda y Cuarta Salas Penales para Procesos con Reos Libres se encuentran ubicadas en la Avenida Mariscal José La Mar Nº1027, distrito de Mirafl ores, quedando únicamente ubicada en Palacio Nacional de Justicia, la Primera Sala Penal con Reos Libres; por tal motivo, resulta necesario modifi car la norma administrativa dictada por este Despacho, para el mejor desenvolvimiento de la actividad jurisdiccional en los referidos órganos jurisdiccionales; en concordancia con el segundo párrafo del Art. 145 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Y en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3) y 9) del Art. 90º del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo 1º de la Resolución Administrativa Nº 075-2009-P-CSJLI/PJ respecto al Vocal menos antiguo que debe ser llamado para completar el Colegiado, en caso de presentarse impedimento, recusación, inhibición o discordia de uno o más Vocales de determinada Sala Penal para Procesos con Reos Libres, en el extremo siguiente: