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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2009 (21/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de mayo de 2009 396258 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 073-2006-PCM, modifi cado por los Decretos Supremos Nos. 073-2006- PCM y 024-2009-PCM, se creó el Programa de Reducción de Vulnerabilidades frente al Evento Recurrente de El Niño - PREVEN, a fi n de prevenir y reducir las vulnerabilidades frente a los desastres que causa este evento, mediante un nuevo enfoque con carácter multisectorial, interdisciplinario e intersectorial que coordine y articule los esfuerzos de prevención, mitigación y reducción del riesgo; Que, el mencionado dispositivo legal establece que el Consejo Directivo estará conformado, entre otros, por los Viceministros de Vivienda y Urbanismo y de Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, en consecuencia es pertinente dictar el correspondiente acto administrativo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA modifi cado por el Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al Viceministro de Vivienda y Urbanismo y al Viceministro de Construcción y Saneamiento, como representantes del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ante el Consejo Directivo del Programa de Reducción de Vulnerabilidades frente al Evento Recurrente de El Niño - PREVEN, constituido por el Decreto Supremo Nº 073-2006-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 350232-1 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL Designan representantes titular y alterno de la APCI ante el CEPLAN RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 040-2009/APCI-DE Mirafl ores, 19 de mayo de 2009 CONSIDERANDO: Que, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, es el ente rector de la cooperación técnica internacional responsable de conducir, programar, organizar, priorizar y supervisar la cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la APCI, y sus modifi catorias; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1088 - Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se creó el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN como organismo de derecho público cuya fi nalidad es constituirse como el órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; siendo sus competencias de alcance nacional y constituyendo un pliego presupuestario; Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 009-2009/CEPLAN/PCD se aprobó la Directiva Nº 001-2009-CEPLAN/PCD “Directiva para la Formulación del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional 2010 – 2021”, que establece la metodología, procedimientos, responsabilidades funcionales y el cronograma que comprende a las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN) para la formulación del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional 2010-2021 (PLADES), dentro del marco de una visión de largo plazo; Que, el artículo 13º de la mencionada Directiva establece que el titular de cada entidad pública tendrá la responsabilidad de designar a dos funcionarios, un titular y un alterno, que lo representará ante el CEPLAN; Que, es necesario proceder a la designación de los funcionarios que representarán a la APCI ante el CEPLAN; Con la visación de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la APCI; De conformidad con la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI y sus modifi catorias; y en uso de las atribuciones otorgadas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 028-2007-RE; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al señor Jorge Ángel Cuervo Larrea, Director de Políticas y Programas como representante titular de la APCI ante el CEPLAN y a la señorita María Antonieta Nerio Ponce, Jefa de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI, como representante alterno. Artículo Segundo.- DISPONER se remita copia de la presente Resolución a los miembros designados y a la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN, para las acciones correspondientes y su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PANDO SANCHEZ Director Ejecutivo Agencia Peruana de Cooperación Internacional 349997-1 INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES NEOPLASICAS Exoneran de procesos de selección la adquisición de alimentos frescos, material médico hospitalario y reactivos para el Departamento de Patología del INEN RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 180-2009-J/INEN Lima, 15 de mayo del 2009 VISTOS; el Informe Técnico Nº 006-2009-OL-OGA/ INEN y el Memorándum Nº 418-2009-OL-OGA/INEN de la Ofi cina de Logística, e Informe Nº 159-2009-OAJ/INEN, emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, en adelante la Ley; y, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, en adelante el Reglamento, establecen las normas a ser observadas por las Entidades del Estado, a efectos de contratar bienes, servicios y obras; Que, el artículo 20º de la Ley, precisa los casos específi cos de exoneración de procesos de selección para que las Entidades efectúen las contrataciones directas, estableciendo en el literal c) el relacionado a la situación de desabastecimiento inminente; Que, el artículo 22º de la Ley, defi ne la situación de desabastecimiento inminente como aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de