Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2009 (21/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES
DICE: Articulo 1°.- (...) Articulo 3°.- (...) Articulo 4°.- (...) Articulo 5°.- (...) Articulo 6°.- (...) DEBE DECIR: Articulo 1°.- (...) Articulo 2°.- (...) Articulo 3°.- (...) Articulo 4°.- (...) Articulo 5°.- (...)

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equipos de la actividad respectiva, con lo cual se acredita el cambio de titular, por lo que resulta procedente aprobar lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 209-2009PRODUCE/DGEPP-Dch y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Aprobar a favor de CORPORACION LERIBE S.A.C., el cambio de titular de la Licencia de Operacion otorgada mediante Resolucion Directoral Nº 099-99-PE/DNPP, modificada mediante Resolucion Directoral Nº 227-2006-PRODUCE, para que se dedique a la actividad de procesamiento pesquero a traves de su planta de curado (anchoado) de recursos hidrobiologicos, con la capacidad instalada de 120 t/mes, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en el FUNDO MOGOTE GRANDE LOTE C ­ MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 201 , Distrito de San MORDAZA, Provincia de MORDAZA, Departamento de Ica. Articulo 2º.- CORPORACION LERIBE S.A.C., debera operar su planta de procesamiento pesquero cumpliendo las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como de seguridad industrial pesquera; que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asi mismo debera implementar un sistema de seguridad del control del MORDAZA que garantice la optima calidad y sanidad del producto final, conforme lo dispone el Decreto Supremo Nº 040-2001-PE, ademas debera ejecutar las medidas de mitigacion ambiental segun los compromisos ambientales asumidos en su Declaracion Jurada. Articulo 3º.- El incumplimiento de lo senalado en el articulo precedente , asi como el incremento de la capacidad instalada de la planta de procesamiento materia del cambio de titular, seran causal de caducidad del presente derecho otorgado o de las sanciones que resulten aplicables, conforme a la normatividad vigente, segun corresponda. Articulo 4º.- Incorporar a la empresa CORPORACION LERIBE S.A.C., como titular de la licencia de operacion de la plantas de curado (anchoado) de recursos hidrobiologicos en el establecimiento industrial pesquero citado en el primer articulo de la presente resolucion, en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 041-2002PRODUCE respectivamente, excluyendo a la empresa CONSERVAS Y DERIVADOS SAN MORDAZA S.A.C., del citado anexo. Articulo 5º.- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral Nº 227-2006-PRODUCE/DGEPP de fecha 04 de MORDAZA de 2006, en lo que respecta a la titularidad de la planta de curado (anchoado) de recursos hidrobiologicos. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce. gob.pe.
Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

350042-1 FE DE ERRATAS RESOLUCION DIRECTORAL Nº 293-2009-PRODUCE/DGEPP
Mediante Oficio Nº 1124-2009-PRODUCE/OGA, el Ministerio de la Produccion solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Directoral Nº 293-2009PRODUCE/DGEPP, publicada en nuestra edicion del dia 14 de MORDAZA de 2009. DICE: Articulo 1°.- (...) Articulo 2°.- (...) Articulo 4°.- (...) Articulo 5°.- (...) Articulo 6°.- (...) DEBE DECIR: Articulo 1°.- (...) Articulo 2°.- (...) Articulo 3°.- (...) Articulo 4°.- (...) Articulo 5°.- (...)

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RELACIONES EXTERIORES
Nombran Viceministro de Relaciones Exteriores
RESOLUCION SUPREMA Nº 169-2009-RE
MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2009 Vista la Resolucion Suprema Nº 135-2009-RE del 7 de MORDAZA de 2009, que nombra al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA Popolizio MORDAZA, Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, a partir del 20 de MORDAZA de 2009; Considerando que Ley Nº 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicada el 13 de MORDAZA de 2009, establece que dentro de su estructura organica basica, la Alta Direccion esta conformada por tres funcionarios: Ministro, Viceministro y Secretario General; Que, la Ley Nº 29357, dispone que el Viceministro de Relaciones Exteriores es un Embajador del Servicio Diplomatico de la Republica en situacion de actividad, y, entre otras, tiene la funcion de formular, coordinar, ejecutar y supervisar, por encargo del Ministro de Relaciones Exteriores, la politica general del Estado, y cumplir con las obligaciones propias del cargo de Jefe del Servicio Diplomatico; Que, es necesario adecuar el cargo que actualmente ostenta el Embajador MORDAZA MORDAZA Popolizio MORDAZA, de Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores al de Viceministro de Relaciones Exteriores, conforme lo dispone la Ley Nº 29357;

349727-9 FE DE ERRATAS RESOLUCION DIRECTORAL Nº 289-2009-PRODUCE/DGEPP
Mediante Oficio Nº 1124-2009-PRODUCE/OGA, el Ministerio de la Produccion solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Directoral Nº 289-2009PRODUCE/DGEPP, publicada en nuestra edicion del dia 14 de MORDAZA de 2009.

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