Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2009 (21/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de MORDAZA de 2009

por el monto de S/. 600,000.00 (Seiscientos mil y 00/100 nuevos soles); Que, asimismo, se senala en el informe de la Oficina de Logistica que en el MORDAZA trimestre del ejercicio presupuestal 2008, mediante el Oficio Nº 168-2008EF/76.01, de la Direccion Nacional de Presupuesto Publico, se comunico al INEN el recorte presupuestal, hecho que motivo la emision del Memorando Nº 329-2008-OGPP/ INEN y Memorando Nº 013-SG-INEN/2008, mediante los cuales se hizo de conocimiento la reduccion drastica de la programacion de gastos; Que, mediante Informe Nº 066-2009-OGPP/INEN, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto informa que el Ministerio de Economia y Finanzas dispuso medidas de recorte de gastos y ahorro en el gasto publico que fueron comunicadas a los diversos Sectores y en ese sentido el INEN fue afectado con un recorte de gastos que implico en la proyeccion realizada a fines de septiembre de 2008, un saldo presupuestal que ascendio a la suma de S/. 14,245,234.00 (Catorce millones doscientos cuarenta y cinco mil doscientos treinta y cuatro con 00/100 nuevos soles) respecto al total del Presupuesto Institucional Modificado al mes de agosto del 2008, hecho que ocasiono entre otros aspectos negativos el desabastecimiento de material medico e insumos para los servicios de laboratorio y anatomia patologica, asi como desabastecimiento de medicamentos genericos y oncologicos; y, material medico en la farmacia del Instituto; Que, conforme manifiesta la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la limitacion del gasto no financiero fue aplicada en circunstancias en las que la Institucion venia siendo afectada por la aplicacion de la Resolucion Ministerial Nº 640-2008/MINSA, la misma que al suspender los servicios de salud que brindaba el INEN a traves del servicio bajo tarifario diferenciado, afecto severamente la recaudacion de Recursos Directamente Recaudados; Que, bajo el contexto MORDAZA descrito, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto concluye que la Institucion no pudo ejecutar su presupuesto en el Ejercicio Fiscal 2008, hecho que afecto al Ejercicio Fiscal 2009 al haberse tenido que cancelar obligaciones contraidas en el ejercicio anterior que no fueron canceladas oportunamente; Que, sobre la base de los informes tecnicos emitidos por las Oficina de Logistica y la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante Informe Nº 1602009-OAJ/INEN, la Oficina de Asesoria Juridica recomienda se apruebe la exoneracion de MORDAZA de seleccion para la compra directa de material medico hospitalario, al haberse configurado la causal de Situacion de Desabastecimiento Inminente; Que, conforme lo establece el articulo 21º de la Ley, concordante con el articulo Nº 134º del Reglamento, MORDAZA de la Resolucion y los informes que la sustentan deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y publicarse en el Sistema Electronico de Contrataciones del Estado dentro de los diez (10) dias habiles de su aprobacion bajo responsabilidad del Titular; Que, el articulo 22º de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que la aprobacion de la exoneracion en virtud de la causal de situacion de desabastecimiento no constituye dispensa, exencion o liberacion de las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la Entidad cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de dicha causal, disponiendo ademas que la autoridad que autoriza la exoneracion debera ordenar, en el acto aprobatorio de la misma, el inicio de las acciones que correspondan; Con las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 003-2008-SA y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas - INEN, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2007-SA; SE RESUELVE:

la Republica, con MORDAZA al Organo de Control Institucional; asimismo, publicar los indicados documentos en el Sistema Electronico de Contrataciones del Estado (SEACE), MORDAZA acciones dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de emision de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Encargar a la Oficina Ejecutiva de Logistica de la Oficina General de Administracion, la contratacion en forma directa mediante acciones inmediatas y con arreglo a lo dispuesto en el articulo 135º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Articulo 4º.- Disponer el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo a lo dispuesto mediante el articulo 22º de la Ley de Contrataciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLOGUREN Jefe Institucional

349994-2 INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES NEOPLASICAS RESOLUCION JEFATURAL Nº 182-2009-J/INEN
MORDAZA, 15 de MORDAZA del 2009 VISTOS; el Informe Tecnico Nº 005-2009-OL-OGA/ INEN y Memorandum Nº 431-2009-OL-OGA/INEN, de la Oficina de Logistica, Informe Nº 066-2009-INEN-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto e Informe Nº 161-2009-OAJ/INEN, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, en adelante la Ley; y, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, en adelante el Reglamento, establecen las normas a ser observadas por las Entidades del Estado, a efectos de contratar bienes, servicios y obras; Que, el articulo 20º de la Ley, precisa los casos especificos de exoneracion de procesos de seleccion para que las Entidades efectuen las contrataciones directas, estableciendo en el literal c) el relacionado a la situacion de desabastecimiento inminente; Que, el articulo 22º de la Ley, define la situacion de desabastecimiento inminente como aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones que la entidad tiene a su cargo, facultando a la entidad a la contratacion directa de bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el articulo 21º de la MORDAZA en comentario, establece que las contrataciones derivadas de exoneracion de procesos de seleccion, se realizaran de manera directa previa aprobacion del Titular de la Entidad, en funcion a los informes tecnico y legal previos que obligatoriamente deberan emitirse; Que, mediante Informe Tecnico Nº 005-2009-OLOGA/INEN, la Oficina de Logistica informa que el MORDAZA de seleccion programado para el suministro anual de reactivos para el Departamento de Patologia, se encuentra en la etapa de estudio de MORDAZA, situacion que determina, considerando los plazos de ley y las posibles apelaciones, que se estarian suscribiendo los contratos en aproximadamente cuatro (4) meses, tiempo que no se podria esperar tomando en cuenta que se trata de insumos indispensables para la operatividad de los laboratorios de la Institucion y su carencia comprometeria en forma directa e inminente la continuidad en la atencion oportuna de los diversos servicios asistenciales del Instituto; en tal sentido, recomienda la aprobacion de la exoneracion del MORDAZA de seleccion por la causal de situacion de desabastecimiento inminente, a fin de efectuar la contratacion directa para adquirir reactivos para el Departamento de Patologia por el periodo de cuatro (4) meses y por el monto de S/. 800,000.00 (Ochocientos mil y 00/100 nuevos soles);

Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente por la causal de Situacion de Desabastecimiento Inminente y autorizar a contratar en forma directa la adquisicion de material medico hospitalario por el periodo de cuatro (4) meses y por la suma de S/. 600,000.00 (Seiscientos mil y 00/100 nuevos soles). Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y los informes que la sustentan a la Contraloria General de

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