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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2009 (21/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de mayo de 2009 396261 Que, asimismo, se señala en el informe de la Ofi cina de Logística que en el cuarto trimestre del ejercicio presupuestal 2008, mediante el Ofi cio Nº 168-2008- EF/76.01, de la Dirección Nacional de Presupuesto Público, se comunicó al INEN el recorte presupuestal, hecho que motivó la emisión del Memorando Nº 329-2008-OGPP/ INEN y Memorando Nº 013-SG-INEN/2008, mediante los cuales se hizo de conocimiento la reducción drástica de la programación de gastos; Que, mediante Informe Nº 066-2009-OGPP-INEN, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto informa que el Ministerio de Economía y Finanzas dispuso medidas de recorte de gastos y ahorro en el gasto público que fueron comunicadas a los diversos Sectores y en ese sentido el INEN fue afectado con un recorte de gastos que implicó en la proyección realizada a fi nes de septiembre de 2008, un saldo presupuestal que ascendió a la suma de S/. 14’245,234.00 (Catorce millones doscientos cuarenta y cinco mil doscientos treinta y cuatro con 00/100 nuevos soles) respecto al total del Presupuesto Institucional Modifi cado al mes de agosto del 2008, hecho que ocasionó entre otros aspectos negativos el desabastecimiento de material médico e insumos para los servicios de laboratorio y anatomía patológica, así como desabastecimiento de medicamentos genéricos y oncológicos; y, material médico en la farmacia del Instituto; Que, conforme manifi esta la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, la limitación del gasto no fi nanciero fue aplicada en circunstancias en las que la Institución venía siendo afectada por la aplicación de la Resolución Ministerial Nº 640-2008/MINSA que suspendió los servicios de salud bajo tarifario diferenciado, afectando severamente la recaudación de Recursos Directamente Recaudados. Que, bajo el contexto antes descrito, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto concluye que la Institución no pudo ejecutar su presupuesto en el Ejercicio Fiscal 2008, hecho que afectó al Ejercicio Fiscal 2009 al haberse tenido que cancelar obligaciones contraídas en el ejercicio anterior que no fueron canceladas oportunamente; Que, sobre la base de los informes técnicos emitidos por la Ofi cina de Logística y la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante Informe Nº 161- 2009-OAJ/INEN, la Ofi cina de Asesoría Jurídica recomienda se apruebe la exoneración de proceso de selección para la compra directa de reactivos para el Departamento de Patología, al haberse confi gurado la causal de situación de desabastecimiento inminente; Que, conforme lo establece el artículo 21º de la Ley, concordante con el artículo Nº 134º del Reglamento, copia de la Resolución y los informes que la sustentan deben remitirse a la Contraloría General de la República y publicarse en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado dentro de los diez (10) días hábiles de su aprobación bajo responsabilidad del Titular; Que, el artículo 22º de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que la aprobación de la exoneración en virtud de la causal de situación de desabastecimiento no constituye dispensa, exención o liberación de las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la Entidad cuya conducta hubiese originado la presencia o confi guración de dicha causal, disponiendo además que la autoridad que autoriza la exoneración deberá ordenar, en el acto aprobatorio de la misma, el inicio de las acciones que correspondan; Con las facultades conferidas por la Resolución Suprema Nº 003-2008-SA y el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas - INEN, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2007-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de selección correspondiente por la causal de Situación de Desabastecimiento Inminente y autorizar a contratar en forma directa la adquisición de reactivos para el Departamento de Patología por el período de cuatro (4) meses y por la suma de S/. 800,000.00 (Ochocientos mil y 00/100 nuevos soles). Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República, con copia al Órgano de Control Institucional; asimismo, publicar los indicados documentos en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE), ambas acciones dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de emisión de la presente Resolución. Artículo 3º.- Encargar a la Ofi cina Ejecutiva de Logística de la Ofi cina General de Administración, la contratación en forma directa mediante acciones inmediatas y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 135º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Artículo 4º.- Disponer el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo a lo dispuesto mediante el artículo 22º de la Ley de Contrataciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Jefe Institucional 349994-3 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Aprueban la realización del X Congreso Nacional de Derecho Registral que se realizará en la ciudad del Cusco, Zona Registral Nº X RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 130-2009-SUNARP/SN Lima, 19 de mayo de 2009 VISTO: El Ofi cio Nº100-2009-Z.R.NºX/JEF, del 14 de abril de 2009 y el Informe Nº -2009-SUNARP-SA, del 27 de abril de 2009. CONSIDERANDO: Que, mediante documento de visto, el Jefe de la Zona Registral Nº X – Sede Cusco, solicita que la ciudad del Cusco, sea designada Sede del X Congreso Nacional de Derecho Registral; Que, mediante documento de visto, el Superintendente Adjunto de la SUNARP, presenta el consolidado con las sedes de los nueve congresos nacionales de derecho registral realizados hasta el año 2008; y asimismo, expresa su conformidad para que la Sede del X Congreso Nacional de Derecho Registral sea la ciudad del Cusco; Que, son funciones y atribuciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, conforme al Estatuto de la SUNARP, ejecutar actividades de formación, capacitación y entrenamiento de los Registradores y demás personal que integra el Sistema; Que, es función de la Superintendente Nacional de los Registros Públicos, entre otras, la de promover la realización de estudios e investigaciones en materia registral, así como la capacitación de los Registradores y demás personal; Que, es de especial interés para la SUNARP la realización de los Congresos Nacionales de Derecho Registral, habiéndose organizado hasta la fecha nueve (09) congresos de este tipo; Que, es importante para el país la realización de este tipo de eventos académicos de carácter jurídico; Con lo que antecede, y de conformidad con lo dispuesto en el inciso v) del artículo 7 del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la realización del X Congreso Nacional de Derecho Registral que se realizará en la