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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2009 (21/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de mayo de 2009 396252 virus A H1N1”, que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- La Dirección General de Salud de las Personas, a través de la Dirección de Servicios de Salud, se encargará de la implementación, difusión, monitoreo y revisión periódica de la citada Guía Técnica. Artículo 3°.- Las Direcciones de Salud y las Direcciones Regionales de Salud o quien haga sus veces en el nivel regional, a través de las Direcciones Ejecutivas de Salud de las Personas correspondientes, son responsables de la implementación, difusión, supervisión y aplicación de la referida Guía Técnica, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones. Artículo 4°.- La presente Guía Técnica: “Guía de Práctica Clínica para el diagnóstico y tratamiento de Infl uenza por virus A H1N1”, constituye el documento técnico de referencia nacional para los prestadores de servicios de salud públicos, privados o mixtos. Artículo 5°.- La Ofi cina General de Comunicaciones dispondrá la publicación de la presente Resolución Ministerial y la Guía Técnica en el Portal de Internet del Ministerio de Salud, en la dirección: http://www.minsa.gob. pe/portada/transparencia/normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 349933-1 Aceptan renuncia de Director Ejecutivo de la Red de Salud Lima Ciudad de la Dirección de Salud V Lima Ciudad RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 332-2009/MINSA Lima, 20 de mayo del 2009 Visto el Expediente Nº 09-039645-001 que contiene el Ofi cio Nº 1101-2009-DE-RED DE SALUD LIMA CIUDAD/ DISA V.L.C., de renuncia al cargo de Director Ejecutivo de la Red de Salud Lima Ciudad de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud, presentada por don Fernando Edgar Lui Torres; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 069-2009/ MINSA de 04 de febrero de 2009, se designó entre otros al médico cirujano Fernando Edgar Lui Torres, como Director Ejecutivo de la Dirección de Red de Salud Lima Ciudad de la Dirección de Salud V Lima Ciudad, Nivel F-4, del Ministerio de Salud; Que resulta necesario aceptar la renuncia del citado profesional; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90- PCM y de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia del médico cirujano Fernando Edgar Lui Torres, al cargo de Director Ejecutivo de la Dirección de Red de Salud Lima Ciudad de la Dirección de Salud V Lima Ciudad, Nivel F-4. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANÍBAR Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo Encargado de la cartera de Salud 350695-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban la “Ficha de Identificación de Demanda de Capacitación en Función a las Necesidades del Mercado Laboral” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 127-2009-TR Lima, 20 de mayo de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Poder Ejecutivo ha establecido como objeto de interés nacional asegurar y consolidar el crecimiento económico y el empleo, protegiendo a los grupos vulnerables de la población; Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 021-2009 del 15 de febrero de 2009 se autoriza la creación del Programa Especial de Reconversión Laboral – PERLAB, denominado también Programa REVALORA PERU, con el objeto de promover el empleo y proteger la empleabilidad de los trabajadores afectados directamente por la crisis internacional; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2009-TR del 19 de marzo de 2009, se crea el Programa Especial de Reconversión Laboral – Programa REVALORA PERU, asignándosele como objetivos específi cos i) desarrollar una estrategia preventiva de protección de la empleabilidad y ii) brindar servicios de capacitación, intermediación, asistencia técnica y reinserción laboral a trabajadores afectados directamente por el impacto de la crisis internacional; Que, de acuerdo con los objetivos señalados se requiere de la participación de los gremios empresariales, como factores claves para la generación de información idónea y necesaria para identifi car: i) trabajadores que puedan verse afectados por la crisis internacional, con las necesidades, competencias y capacidades identifi cadas para una capacitación adecuada a fi n que puedan ser tutelados a través de una estrategia preventiva de protección de la empleabilidad; ii) trabajadores afectados por la crisis internacional, cuyas necesidades, competencias y capacidades identifi cadas, puedan permitirle hacer uso de servicios de capacitación, intermediación, asistencia técnica y reinserción laboral; Que, la XVIII Política del Acuerdo Nacional establece en su literal k) señala que se deberá construir una cultura de competitividad y de compromiso empresarial con los objetivos nacionales; en consecuencia debe crearse un mecanismo adecuado para que la información que se genere pueda ser administrada por el Estado a través del Programa REVALORA PERU, de una manera ágil, sencilla y sin carácter vinculante, apelando al sentido de responsabilidad social empresarial que viene acreditando una gran parte del sector empresarial; Que, el artículo 12º del Decreto Supremo Nº 001-2009- TR, dispone que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo podrá dictar disposiciones complementarias para la adecuada implementación y operatividad del Programa; Con las visaciones del Viceministro de Promoción del Empleo, del Director Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional, del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y del Coordinador Ejecutivo del Programa REVALORA PERU; De conformidad con el artículo 8º de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el numeral 8 del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley del Poder Ejecutivo, y el artículo 12º del Decreto Supremo Nº 001-2009-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ficha de Identifi cación de Demanda de Capacitación en Función a las Necesidades Empresariales Apruébase la “Ficha de Identifi cación de Demanda de Capacitación en Función a las Necesidades del Mercado Laboral”, que contiene información generada por las empresas con responsabilidad social empresarial, que