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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2009 (22/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de mayo de 2009 396322 DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- DISPONER, que dentro del plazo de diez días de instalada la Comisión Reorganizadora, presente su Plan de Actividades al Ejecutivo y al Legislativo Regional; consignando los objetivos específi cos, las funciones, el requerimiento logístico y de recursos humanos, así como también de Sub- Comisiones. Segunda.- DISPONER, que los resultados de la Comisión Reorganizadora, deberán ser publicados para el conocimiento de la comunidad educativa. En Huacho, a los cuatro días del mes de mayo del dos mil nueve. POR TANTO: Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Lima para su promulgación. SANTOS TOMAS QUISPE MURGA Consejero Delegado Consejo Regional Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la ciudad de Huacho, Sede Central del Gobierno Regional de Lima, a los siete días del mes de mayo del dos mil nueve. NELSON O. CHUI MEJÍA Presidente Regional 351057-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Disponen la publicación de actos administrativos emitidos por la Gerencia de Transporte Urbano RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 171-09- MML/GTU Lima, 20 de marzo de 2009 CONSIDERANDO Que, con Memorando Nº 145-09-MML/GTU-A (06.03.09) el Área de Administración alcanza una relación de documentos emitidos por la Gerencia de Transporte Urbano durante el período 2008 – 2009 que no se ha logrado notifi car por contener dirección inexacta; Que, los numerales 21.1 y 21.2 del artículo 21º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; señalan que: La notifi cación personal se hará en el domicilio que conste en el expediente, o en el último domicilio que la persona haya señalado en otro procedimiento ante la propia entidad dentro del último año; en caso que éste no haya indicado domicilio, la autoridad deberá emplear el domicilio señalado en el Documento Nacional de Identidad del administrado, agotada la búsqueda procederá a la notifi cación mediante la publicación de conformidad con el numeral 23.1.2 del artículo 23º de la acotada Ley; Que, en ese sentido al advertirse la imposibilidad de practicar una notifi cación personal; resulta necesario proceder a la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21º de la Ley Nº 27444; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Publicar en el Diario Ofi cial El Peruano los actos administrativos emitidos por ésta Gerencia, así como los documentos que atienden las solicitudes de las personas detalladas: 01. Edison Sotomayor Díaz Resolución de Gerencia Nº 670-08-MML/GTU 02. Jorge Juan de Dios Ventura Resolución de Gerencia Nº 696-08-MML/GTU 03. Miguel Vega Vargas Carta Nº 419-08-MML/GTU 04. Valerio Condori Maqque Resolución de Gerencia Nº 849-08-MML/GTU 05. Miguel Vega Vargas Resolución de Gerencia Nº 841-08-MML/GTU 06. Carlos Delgado Córdova Resolución de Gerencia Nº 861-08-MML/GTU 07. Wilbert Colchado Y. Resolución de Gerencia Nº 918-08-MML/GTU 08. Gino Mesías Alvarado Carta Nº 446-08-MML/GTU 09. Gladys Quispe V. Resolución de Gerencia Nº 711-08-MML/GTU 10. Edison Sotomayor Díaz Resolución de Gerencia Nº 670-08-MML/GTU 11. Miguel Gálvez M. Resolución de Gerencia Nº 685-08-MML/GTU 12. Julio Alarcón Chiappe Carta Nº 339-08-MML/GTU 13. Diego Solis Fuente Resolución de Gerencia Nº 940-08-MML/GTU 14. Mario Paz Vila Resolución de Gerencia Nº 1038-08-MML/GTU 15. José Meza Campos Resolución de Gerencia Nº 095-09-MML/GTU 16. Emiliano Reyes Ramos Resolución de Gerencia Nº 122-09-MML/GTU 17. Juan A. Chávez Arroyo Resolución de Gerencia Nº 034-09-MML/GTU 18. Vidal Mamani Choquehuanca Resolución de Gerencia Nº 084-09-MML/GTU 19. Eduardo Cano Soto Carta Nº 480-09-MML/GTU Artículo 2º.- Disponer la publicación del contenido de los documentos citados en el artículo anterior en la página web de la Gerencia de Transporte Urbano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JAVIER BARAYBAR G. DE LA FUENTE Gerente Gerencia de Transporte Urbano 350562-1 Actualizan el Anexo 01 del D.A. Nº 017 RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 210-2009-MML/GTU Lima, 21 de abril de 2009 VISTO El Informe Nº 045-2009-MML/GTU-SIT de fecha 20 de abril del 2009 emitido por la Subgerencia de Ingeniería de Tránsito, en atención a los Ofi cios remitidos por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (Ofi cio Nº 004-2009-GM-MSS de fecha 14 de enero del 2009 - codifi cado Nº 5214-09); el Ofi cio de la Municipalidad Distrital de San Isidro (Ofi cio Nº 065-2009-0600-SG/MSI de fecha 27 de enero del 2009 - codifi cado Nº 48290-09), y la Carta EGM-311-09 de fecha 20 de Marzo del 2009 remitida por el Instituto Metropolitano PROTRANSPORTE de Lima quienes remiten sus observaciones y(o sugerencias a los Criterios Técnicos Mínimos aprobados mediante el Decreto de Alcaldía Nº 017 publicado el 11 de Febrero del 2009. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27181 –Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre-, en su artículo 17º indica que las Municipalidades Provinciales tienen competencia normativa, gestión y fi scalización y por ello podrán emitir normas y disposiciones así como supervisar el cumplimiento de los dispositivos legales vinculados al transporte y tránsito terrestre. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 81º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades Provinciales tienen como funciones exclusivas en materia de Tránsito, Vialidad y Transporte Público; y como Municipalidad Metropolitana de Lima, tiene como competencia y función especial planifi car, regular, organizar y mantener entre otros, los sistemas de semáforos, en concordancia con el articulo 161 inciso 7; Que, al respecto, la Municipalidad Metropolitana de Lima ha dictado la Ordenanza Nº 341, que actualiza el plano del Sistema Vial Metropolitano, en donde se establece que la Municipalidad Metropolitana de Lima tiene a su cargo la semaforización de las vías expresas, arteriales y colectoras del Sistema Vial Metropolitano y de todas las vías de Cercado de Lima, y asimismo prescribe que la Dirección Municipal de Transporte Urbano hoy Gerencia de Transporte Urbano establecerá las normas como las Municipalidades Distritales ejecutarán, mantendrán, rehabilitarán y remodelarán la semaforización de las vías locales de su jurisdicción, conforme se establece en sus artículos 7º y 8º; Que, el Reglamento de Organización y funciones de la Municipalidad de Lima Metropolitana aprobado por la Ordenanza No. 812-MML de fecha 15 de setiembre del