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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de mayo de 2009 396323 2005, establece que la Gerencia de Transporte Urbano es el órgano responsable de conducir y supervisar las actividades vinculadas con el transporte urbano, el tránsito urbano y el uso especial de las vías en la Provincia de Lima; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 017, se aprueban los Criterios Técnicos Mínimos para la Implementación de Equipos y Sistemas de Semaforización a ser utilizados en las vías de la Provincia de Lima, encargándose a la Gerencia de Transporte Urbano su cumplimiento, así como las modifi caciones y/o actualizaciones del anexo adjunto al Decreto en mención; Que, conforme se advierte del Informe Nº 045-2009- MML/GTU-SIT del 20 de Abril del 2009 emitido por la Subgerencia de Ingeniería de Tránsito y con la fi nalidad de incentivar los proyectos de semaforización por parte de los Municipios Distritales es conveniente que se actualice los Criterios Técnicos Mínimos del Anexo 01 del Decreto de Alcaldía Nº 017; Que, es en ese sentido, que al actualizar el Anexo 01 del Decreto de Alcaldía Nº 017, se promueve la suscripción del Modelo de Convenio de Cooperación Interinstitucional, para delegar a las municipalidades distritales el mantenimiento, instalación y/o renovación de los equipos y sistemas de Semaforización en sus respectivas jurisdicciones, aprobado mediante Acuerdo de Concejo Nº 006 por el Concejo Metropolitano de Lima. De conformidad con la Ley Nº 27972, Ordenanzas 341- MML y 812-MML, el Decreto de Alcaldía 017 y el Informe Nº 045-2009-MML/GTU-SIT; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ACTUALIZAR el Anexo 01 del Decreto de Alcaldía Nº 017, de acuerdo al Anexo adjunto a la presente Resolución. Artículo 2º.- La presente Resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3º.- Encargar a la Subgerencia de Ingeniería de Tránsito la publicación del anexo de la presente Resolución de Gerencia en la página web de la Gerencia de Transporte Urbano. Regístrese, publíquese y cúmplase. JAVIER BARAYBAR G. DE LA FUENTE Gerente Gerencia de Transporte Urbano ANEXO ACTUALIZACION DE LOS CRITERIOS TÉCNICOS MÍNIMOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE EQUIPOS Y SISTEMAS DE SEMAFORIZACIÓN A SER UTILIZADOS EN LAS VÍAS DE LA PROVINCIA DE LIMA CARTILLA TECNICA Nº 02: ESTRUCTURAS METALICAS Y POSTES 1. Sustituir el texto: “…….fabricada íntegramente con planchas de fi erro estructural de 3/16” de espesor, contando con un parante lateral de sección rectangular de 0.25 m. por sus lados frontales, y 0.22 m. en sus lados laterales……”, de la Cartilla Nº 02: Estructuras Metálicas y Postes / Estructuras Metálicas / Semiportico / Numeral 1 por el texto: “…….fabricada con planchas de fi erro estructural o tubo de fi erro de sección cuadrada con un espesor mínimo de 3/16”….” 2. Incluir en la Cartilla Nº 02: Estructuras Metálicas y Postes / Estructuras Metálicas, la estructura metálica tipo BANDERA que presentará el siguiente criterio: “Este tipo de estructura cumplirá con las mismas características que la estructura tipo semiportico con adosado, con la diferencia que esta presentara un brazo o viga con una extensión mínima de 4.50 m. en el cual sólo se podrá colocar un semáforo aéreo y una señal informativa.” 3. Sustituir el término “……..concreto ciclópeo………” de la Cartilla Nº 02: Estructuras Metálicas y Postes por: “……..concreto armado…….” 4. Sustituir el texto: “….15.00 cm. por lado y una longitud de 4.00 m.,……”, de la Cartilla Nº 02: Estructuras Metálicas y Postes / Estructuras Metálicas / Estructura Metálica para semáforo Pedestal Peatonal / Numeral 1 por el texto: “…10.00 cm. por lado y una longitud mínima de 3.20 m…….” 5. Sustituir el texto: “….6” X 6” X 1/8”……”, de la Cartilla Nº 02: Estructuras Metálicas y Postes / Estructuras Metálicas / Estructura Metálica para semáforo Pedestal Peatonal / Numeral 2 por el texto: “….…4” X 4” 1/8”…….” 6. Cambiar el texto: “….15.00 cm. por lado y una longitud de 4.00 m.,……”, de la Cartilla Nº 02: Estructuras Metálicas y Postes / Estructuras Metálicas / Estructura Metálica para dos (02) semáforos Pedestales Peatonales / Numeral 1 por el texto: “…10.00 cm. por lado y una longitud mínima de 3.20 m…….” 7. Sustituir el texto: “….6” X 6” X 1/8”……”, de la Cartilla Nº 02: Estructuras Metálicas y Postes / Estructuras Metálicas / Estructura Metálica para dos (02) semáforos Pedestales Peatonales / Numeral 2 por el texto: “….…4” X 4” 1/8”…….” 8. Sustituir el texto: “….15.00 cm. por lado y una longitud de 4.00 m.,……”, de la Cartilla Nº 02: Estructuras Metálicas y Postes / Estructuras Metálicas / Estructura Metálica para semáforo Pedestal de bicicletas / Numeral 1 por el texto: “…10.00 cm. por lado y una longitud mínima de 3.20 m…….” 9. Sustituir el texto: “….6” X 6” X 1/8”……”, de la Cartilla Nº 02: Estructuras Metálicas y Postes / Estructuras Metálicas / Estructura Metálica para semáforo Pedestal de bicicletas / Numeral 2 por el texto: “….…4” X 4” 1/8”…….” 10. Cambiar el texto: “….6” X 6” X 1/8”……”, de la Cartilla Nº 02: Estructuras Metálicas y Postes / Estructuras Metálicas / Soporte de Controlador / Numeral 2 por el texto: “….…6” X 6” 3/16”…….” CARTILLA TECNICA Nº 03: CABLES 11. Sustituir el calibre del cable de la Cartilla Nº 03: Cables, de Nº 14 a Nº 16. CARTILLA TECNICA Nº 06: CONTROLADORES DE TRÁFICO 12. Sustituir la Cartilla 06: Controladores de Trafi co de la siguiente manera: Condiciones Técnicas del Controlador para Vías de Primer Orden 1. Deberá de ser tipo Modular, separando eléctricamente la parte lógica del equipo, de la parte de potencia, con la fi nalidad de no alterar el funcionamiento normal de los programas almacenados por cualquier ocurrencia, y para optimizar el mantenimiento de los mismos. 2. Los controladores deberán trabajar de forma aislada y centralizada de acuerdo a la necesidad y la ubicación de la intersección. 3. El controlador deberá funcionar con corriente alterna monofásica, tensión nominal 220 VAC con un rango de tolerancia mínima entre -20% y +15%, frecuencia nominal 50/60 hz con un rango de tolerancia mínima de +/- 1%. El consumo para la alimentación de la electrónica propia del controlador no deberá sobrepasar los 40 W. 4. Disponer de un UPS con un tiempo mínimo de respaldo de 3 horas. 5. Dispondrá de al menos un sistema de protección mediante un interruptor termo magnético de 32 Amperes como mínimo. Este dispositivo deberá ser de marca reconocida y disponer de certifi caciones de normas de calidad y seguridad reconocidas. 6. El controlador dispondrá de un tomacorriente auxiliar de servicio con alimentación permanente y protegido por medio de un fusible independiente. La capacidad será 6 Amperes como mínimo. Este dispositivo deberá ser de marca reconocida y disponer de certifi caciones de normas de calidad y seguridad reconocidas. 7. El controlador deberá contar con circuitos de protección contra sobrecargas y cortocircuitos, mediante fusibles calibrados o llave termo magnética bipolar de capacidad adecuada. 8. Todos los dispositivos electrónicos deberán contener componentes de marca y calidades reconocidas comprobables mediante certifi caciones de normas de calidad y seguridad. 9. Disponer de un sistema de seguridad de señales lógicamente independientes, el cual debe supervisar los estados de señalización. 10. El controlador estará en la capacidad de evaluar los volúmenes de tránsito por el procesamiento de las distintas magnitudes del tráfi co (intensidad, duración de la ocupación, entre otros) desde detectores de tráfi co instalados en las vías o de petición de demanda para transporte público. 11. El equipo podrá trabajar con un software de libre programación de tal forma que permita incluso funcionar con manejo prioritario del transporte de servicio público. El equipo de control de tráfi co debe de tener capacidad de manejar primacía para transporte público mediante el empleo de detectores. Asimismo, debe tener capacidad de hacer el manejo de señalización de pasos peatonales mediante botoneras para demanda peatonal, elementos sonoros para invidentes, detectores para el control de tráfi co por dependencia o semidependencia del tráfi co en la ciudad. 12. El controlador estará en la capacidad de operar en los modos de emergencia tales como policías y bomberos. 13. El gabinete del controlador podrá ser de acero galvanizado, policarbonato u otro material no corrosible, y deberá contar con un grado de protección mínima IP 55 y opción para accionar manualmente.