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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (04/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de noviembre de 2009 405564 CONSIDERANDO: Que, la Asamblea Nacional de Rectores, como ente rector del sistema universitario tiene como fi nalidad coordinar, orientar y velar por la institucionalidad y autonomía universitaria; Que, ante las denuncias efectuadas ante la Comisión de Educación, Ciencia, Tecnología, Cultura y Patrimonio Cultural del Congreso de la República, se hace necesario conformar las comisiones informantes en las universidades involucradas; Que, en mérito a las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27602, se hace necesario verifi car in situ el contenido y la veracidad de los hechos denunciados por la Promotora de la Universidad Peruana Los Andes de Huancayo, para lo cual el Secretario Ejecutivo mediante memorando de vistos, dispone la elaboración de una resolución que designe una Comisión Informante fuera de proceso; Estando a lo propuesto y a la autorización de la Alta Dirección: De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar una Comisión Informante fuera de proceso, a fi n de que verifi que in situ el contenido y veracidad de los hechos denunciados al interior de la Universidad Peruana Los Andes de Huancayo. La comisión estará conformada de la siguiente manera: - Dr. Edwin Tobías Ortega Galarza Ex rector de la Universidad Nacional Hermilio Valdizan. Presidente - Dr. Germán Small Arana Profesor Principal de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos - Dra. Nelly Rosa Castillo Luyo Profesor Principal de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos Artículo 2º.- Disponer que la Dirección General de Administración proporcione las facilidades necesarias a fi n de que la Comisión pueda cumplir con la misión encomendada. Artículo 3º.- Publíquese la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de la Institución. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 417614-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Aprueban Directiva “Fiscalización Posterior de los Procedimientos de Aprobación Automática del TUPA del RENIEC” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 695-2009-JNAC/RENIEC Lima, 28 de Octubre de 2009 VISTOS: El Ofi cio Nº 2733-2009-GPP/RENIEC (26OCT2009) de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; el Informe N° 424-2009/SGPR/GPP/RENIEC (26OCT2009) emitido por la Sub Gerencia de Planifi cación y Racionalización, y el Informe Nº 1305-2009-GAJ/RENIEC (26OCT2009) de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, con arreglo a los artículos 177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como organismo con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 527-2009- JNAC/RENIEC (18AGO2009), se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; Que, la Resolución Jefatural N° 116-2009-JNAC/ RENIEC (02MAR2009) aprobó la Directiva DI -200- GPP/001 “Lineamientos para la Formulación de los Documentos Normativos del RENIEC”, segunda versión; Que, a través del Decreto Supremo N° 096-2007-PCM publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” (14DIC2007) se establecieron las normas y lineamientos aplicables a las acciones de fi scalización posterior en los procedimientos administrativos sujetos a aprobación automática y aprobación previa, conforme a la legislación vigente; Que, en el proceso de cumplir con la norma señalada en el párrafo que antecede, se hace necesario establecer los lineamientos que deben cumplir las unidades orgánicas de la Entidad, para la fi scalización posterior de los procedimientos administrativos de aprobación automática contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil – RENIEC; Estando a la propuesta de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto y, al Informe de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y de conformidad con lo dispuesto con el Reglamento de Organización y Funciones vigente; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva DI -261/ SGEN/005 “Fiscalización Posterior de los Procedimientos de Aprobación Automática del TUPA del RENIEC”, correspondiente a la Secretaría General, primera versión. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto la difusión de la presente Directiva. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 417723-1 MINISTERIO PUBLICO Declaran fundada denuncia contra magistrado en su condición de Juez del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Talara, por presunta comisión de delito de prevaricato RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1589-2009-MP-FN. Lima, 30 de octubre de 2009 VISTO: El Ofi cio Nº 408-2008-MP-ODCI-Piura –Tumbes, por el cual la Ofi cina Desconcentrada de Control Interno de Piura - Tumbes, eleva el Expediente Nº 024-2007-ODCI- Piura, que contiene la investigación seguida contra el doctor Alberto Wigberto Medina Iparraguirre, en su condición de Juez del Primer Juzgado Especializado en