Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2009 (04/11/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 48

405582

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de noviembre de 2009

otro modo ocurriran danos irreparables que se reflejaran en la perdida de los trabajos ya efectuados y perjuicios irreparables para la localidad, el transporte y la poblacion destinataria. Que, la situacion se agrava por cuanto la intransitabilidad de la avenida Tacna viene imposibilitando el cumplimiento de las funciones encomendadas a la Subgerencia de Transporte y la Gerencia de Seguridad Ciudadana ­ Subgerencia de Serenazgo en dicho lugar, perjudicando con ello la prestacion de los servicios publicos locales conforme es de verse en los Informes de la referencia (Informe Nº 154-2009-SGT-MPT de la Sub Gerencia de Transportes, e Informe Nº 044-2009-GSC-MPT de la Gerencia de Seguridad Ciudadana). Asimismo, el estado de intransitabilidad de la avenida Tacna compromete en forma directa el cumplimiento de los siguientes funciones atribuidas a nuestra Municipalidad (de conformidad con lo expuesto en la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27972 y Ley Nº 27181): Planificar el servicio publico de transporte terrestre, Servicio de Seguridad Ciudadana. Que, en adicion a lo anterior, debe dejarse claramente establecido que las potenciales vias alternas en paralelo a la avenida Tacna (como es la avenida Arica), ademas de afectar el plan de ordenamiento MORDAZA, se encuentran tambien en mal estado, no siendo posible su adecuado uso como via alterna. Que, al respecto, se debe precisar que de conformidad con lo establecido en el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, los Gobiernos Locales promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; funcion que evidentemente por los problemas expuestos no se cumple en lo que respecta a la avenida Tacna. Que, el Art. 22º de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por D. L. Nº 1017, establece que se considera situacion de desabastecimiento inminente, aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA que corresponda. Que, la aprobacion de la exoneracion en virtud de la causal de situacion de desabastecimiento no constituye dispensa, exencion o liberacion de las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la Entidad cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de dicha causal. Constituye agravante de responsabilidad si la situacion fue generada por dolo o culpa inexcusable del funcionario o servidor de la Entidad. En estos casos, la autoridad competente para autorizar la exoneracion debera ordenar, en el acto aprobatorio de la misma, el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al articulo 46º del presente Decreto Legislativo. Que, cuando no corresponda realizar un MORDAZA de seleccion posterior, en los informes tecnico y legal previos que sustentan la Resolucion o el Acuerdo que autoriza la exoneracion, se deberan fundamentar las razones que motivan la contratacion definitiva materia de la exoneracion. Esta disposicion tambien es de aplicacion, de ser el caso, para la situacion de emergencia." Que, del mismo modo, no se configuran las exenciones o limitaciones contempladas en el articulo 129º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, siendo que de acuerdo a lo senalado en el Informe Tecnico e Informe Tecnico Ampliatorio, la obra a realizarse en la avenida Tacna "MEJORAMIENTO DE LA PAVIMENTACION ­ CAMBIO DEL SISTEMA DE DESAGUE Y REMODELACION DE LA PLAZOLETA AV. TACNA II ETAPA: PAVIMENTACION Y CAMBIO DE AGUA POTABLE SISTEMA DE RIEGO Y PAVIMENTACION DE PLAZOLETA Y BERMA CENTRAL AV. TACNA", resulta lo estrictamente necesario para asegurar la continuidad de las funciones que le han sido atribuidas a la Municipalidad Provincial de Tumbes, constituyendo una contratacion definitiva, debido a la imposibilidad tecnica de realizar una ejecucion parcial de la obra proyectada, debiendose tener en cuenta ello de conformidad con lo dispuesto en el articulo 22º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017. Que, la gerencia de asesoria legal de la Municipalidad Provincial de Tumbes, mediante Informe Nº 619-2009-

GAL-MPT, opina por la aprobacion de la Exoneracion por Desabastecimiento Inminente mediante Acuerdo de Consejo Municipal, debiendo igualmente iniciarse el procedimiento conducente a la determinacion de responsabilidades respecto de las causas que motivaron a la actual situacion de desabastecimiento inminente; siendo que el uso actual de otras formas de seleccion y contrato devendrian en ineficientes, dada la necesaria inmediatez que se requiere en el presente caso a efectos de evitar un dano permanente e irreparable tanto a nuestra entidad municipal (dentro de las competencias que le son propias) como a la poblacion y usuarios en su conjunto; acorde a Ley. Conforme a las facultades que otorga la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Decreto Legislativo Nº 1017, y D.S. Nº 184-2008 - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, al Concejo Municipal y con el MORDAZA mayoritario del concejo municipal; ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE del Servicio Publico de Transporte Terrestre y Seguridad Ciudadana en la MORDAZA de la Av. Tacna. "Ejecucion de la obra: "MEJORAMIENTO DE LA PAVIMENTACION ­ CAMBIO DEL SISTEMA DE DESAGUE Y REMODELACION DE LA PLAZOLETA AV. TACNA II ETAPA: PAVIMENTACION Y CAMBIO DE AGUA POTABLE SISTEMA DE RIEGO Y PAVIMENTACION DE PLAZOLETA Y BERMA CENTRAL AV. TACNA" (Codigo SNIP Nº 51790) y CONSULTORIA para la Supervision de la Obra: "MEJORAMIENTO DE LA PAVIMENTACION ­ CAMBIO DEL SISTEMA DE DESAGUE Y REMODELACION DE LA PLAZOLETA AV. TACNA II ETAPA: PAVIMENTACION Y CAMBIO DE AGUA POTABLE SISTEMA DE RIEGO Y PAVIMENTACION DE PLAZOLETA Y BERMA CENTRAL AV. TACNA". Articulo Segundo.- APROBAR LAEXONERACION DEL MORDAZA DE SELECCION para la "Ejecucion de la obra: "MEJORAMIENTO DE LA PAVIMENTACION ­ CAMBIO DEL SISTEMA DE DESAGUE Y REMODELACION DE LA PLAZOLETA AV. TACNA II ETAPA: PAVIMENTACION Y CAMBIO DE AGUA POTABLE SISTEMA DE RIEGO Y PAVIMENTACION DE PLAZOLETA Y BERMA CENTRAL AV. TACNA" (Codigo SNIP Nº 51790) y APROBAR LA EXONERACION DEL MORDAZA DE SELECCION de CONSULTORIA para la Supervision de la Obra: "MEJORAMIENTO DE LA PAVIMENTACION ­ CAMBIO DEL SISTEMA DE DESAGUE Y REMODELACION DE LA PLAZOLETA AV. TACNA II ETAPA: PAVIMENTACION Y CAMBIO DE AGUA POTABLE SISTEMA DE RIEGO Y PAVIMENTACION DE PLAZOLETA Y BERMA CENTRAL AV. TACNA". Articulo Tercero.- DESIGNAR Y ENCARGAR, mediante Resolucion de Alcaldia, al Comite Especial para llevar a cabo el MORDAZA de Adjudicacion de la Obra: "MEJORAMIENTO DE LA PAVIMENTACION - CAMBIO DEL SISTEMA DE DESAGUE Y REMODELACION DE LA PLAZOLETA AV. TACNA II ETAPA: PAVIMENTACION Y CAMBIO DE AGUA POTABLE SISTEMA DE RIEGO Y PAVIMENTACION DE PLAZOLETA Y BERMA CENTRAL AV. TACNA". Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal realice las acciones pertinentes que correspondan para disponer el inicio de las medidas conducentes al deslinde de la responsabilidad administrativa, civil y/o penal de los funcionarios y servidores publicos involucrados, de conformidad con lo establecido en el articulo 129 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Oficina de Gerencia Municipal, poner el presente Acuerdo en conocimiento de la Contraloria General de la Republica, al OSCE y publicado en el SEACE, de conformidad Art. 134º del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial el Peruano. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

416771-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.