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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (04/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de noviembre de 2009 405581 Cuarta: Facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía reglamente lo dispuesto en la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 416727-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA Autorizan viaje del Alcalde a China para participar en la “Primera Conferencia de Alcaldes de Ciudades Hermanas” ACUERDO MUNICIPAL N° 102-2009-MPA Arequipa, 2009 Octubre 22 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 19 de octubre de 2009 la invitación remitida por el Vice Alcalde de Guangzhou señor Chen Mingde, por el cual invita al señor Alcalde de Arequipa a participar de la “Primera Conferencia de Alcaldes de Ciudades Hermanas”, la misma que se llevará a cabo en la ciudad de Guangzhou entre el 11 y 15 de noviembre de 2009, y; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de Arequipa, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley N° 27680 de Reforma Constitucional, es una entidad de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y se rige por la Ley N° 27972 Orgánica de Municipalidades; Que, mediante documento remitido por el señor Chen Mingde Vice Alcalde de Guangzhou – China, invita al señor Alcalde de Arequipa señor Simón Balbuena Marroquín a participar de la “Primera Conferencia de Alcaldes de Ciudades Hermanas”, la misma que se llevará a cabo en la ciudad de Guangzhou entre el 11 y 15 de noviembre de 2009, cabe resaltar que en referida conferencia participarán 21 ciudades hermanas de Guangzhou, y tiene el propósito de fortalecer las relaciones entre las ciudades hermanas así como intercambiar opiniones de futuros convenios de cooperación; Que, la invitación cursada precisa que los gastos de viaje y estadía incluido el alojamiento, alimentación y transporte local serán asumidos por el Gobierno Municipal de Guangzhou, debiendo, el señor Alcalde, incluir el tiempo promedio de viaje a la ciudad de Guangzhou, por lo que deberá de realizar el viaje desde el día 08 al 19 de Noviembre del año en curso; Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, Artículo 9º Inc. 11, son atribuciones del Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la Municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; Estando a lo acordado por Mayoría, el Pleno del Concejo en Sesión Ordinaria de fecha 19 de Octubre de 2009: ACUERDA: Artículo 1°.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicios al señor SIMÓN BALBUENA MARROQUÍN Alcalde de Arequipa, del 08 al 19 de Noviembre del año en curso, con la fi nalidad de que participe de la “Primera Conferencia de Alcaldes de Ciudades Hermanas”, evento que se realizará en la ciudad de Guangzhou - China del 11 al 15 de noviembre de 2009. Artículo 2°.- Los gastos de viaje y estadía incluido el alojamiento, alimentación y transporte local serán asumidos por el Gobierno Municipal de Guangzhou. Artículo 3º.- Encomendar a la Sub Gerencia de Relaciones Públicas y Prensa, la publicación del presente Acuerdo Municipal en el diario ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, hágase saber. SIMÓN BALBUENA MARROQUÍN Alcalde de Arequipa 417567-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TUMBES Exonera de proceso de selección la ejecución de obra y la consultoría para supervisión de obras de mejoramiento de pavimentación, cambio de sistema de desagüe y de agua potable en la Plazoleta y berma central de la Av. Tacna ACUERDO DE CONCEJO Nº 053-2009-MPT-SG Tumbes, 20 de octubre del 2009 VISTO, el Acuerdo en Sesión Extraordinaria de Concejo, de fecha 20 de octubre del 2009, Memorial de los Moradores de la Calle Tacna de fecha 07/10/2009, informe Nº 1649- 2009/MPT/GIYDU, Informe Nº 1668-2009/MPT/GIYDU, Informe Nº 700-2009/MPT/GIYDU/SGOPYC/RDMS, Informe Nº 154-2009-SGT-MPT de fecha 12/10/2009, Informe Nº 044- 2009-GSC-MPT, referente a la exoneración del proceso de selección por Desabastecimiento inminente para la “Ejecución de la obra: “MEJORAMIENTO DE LA PAVIMENTACIÓN – CAMBIO DEL SISTEMA DE DESAGÜE Y REMODELACIÓN DE LA PLAZOLETA AV. TACNA II ETAPA: PAVIMENTACIÓN Y CAMBIO DE AGUA POTABLE SISTEMA DE RIEGO Y PAVIMENTACIÓN DE PLAZOLETA Y BERMA CENTRAL AV. TACNA” (Código SNIP Nº 51790) y CONSULTORÍA para la Supervisión de la Obra: “MEJORAMIENTO DE LA PAVIMENTACIÓN – CAMBIO DEL SISTEMA DE DESAGÜE Y REMODELACIÓN DE LA PLAZOLETA AV. TACNA II ETAPA: PAVIMENTACIÓN Y CAMBIO DE AGUA POTABLE SISTEMA DE RIEGO Y PAVIMENTACIÓN DE PLAZOLETA Y BERMA CENTRAL AV. TACNA”. CONSIDERANDO Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, las municipalidades como entes de gobierno local están sujetas a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público; así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Que, el artículo 79º de la Ley Nº 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades) establece que las Municipalidades tienen como una de sus funciones ejecutar obras de infraestructura urbana que sean indispensables para el desenvolvimiento de: la vida del vecindario, la producción, el comercio, el transporte y la comunicación en el distrito. Que, tal como se ha señalado en los Informes Técnicos, resulta inminente el Fenómeno del Niño para el presente período estival, situaciones que en conjunto acarrean la inminente necesidad de avanzar los trabajos a ser contratados de modo tal que al inicio del período de lluvias se haya logrado (con la ejecución del nuevo contrato a suscribir) al menos culminar los trabajos de la parte subterránea correspondiente a las redes de agua y desagüe así como a la conformación de la sub base y base previa a la construcción del pavimento, puesto de