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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (08/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 8 de noviembre de 2009 405818 Veracidad”, según el cual se presume que los documentos y declaraciones formuladas por los administrados responden a la veracidad de los hechos que ellos afi rman; y en el “Principio de Privilegio de Controles Posteriores”, según el cual la autoridad administrativa se reserva mediante la aplicación de la fi scalización posterior el derecho a comprobar la veracidad de la información presentada; Que, mediante el inciso 32.1 del artículo 32 de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, se establece que las entidades ante quienes es realizado un procedimiento de aprobación automática o evaluación previa, en aplicación de la fi scalización posterior, tienen la obligación de verifi car de ofi cio mediante el sistema del muestreo, la autenticidad de las declaraciones, de los documentos, de las informaciones y de las traducciones proporcionadas por el administrado; Que, según el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 096- 2007-PCM que establece los lineamientos aplicables a las acciones de fi scalización posterior en los procedimientos administrativos sujetos a aprobación automática o a aprobación previa; cada entidad establecida el Artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, dictará las normas internas referidas al personal a cargo de la fi scalización posterior; Que, asimismo, mediante el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 096-2007-PCM, se ha creado la Central de Riesgo Administrativo, de acceso exclusivo a las entidades de la Administración Pública, en la cual se deberá registrar a las personas que hayan presentado declaraciones, información o documentación falsa o fraudulenta al amparo de los procedimientos de aprobación automática o de evaluación previa; Que, la Segunda Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Supremo Nº 096-2007-PCM; dispone que las entidades deberán dictar las normas específi cas para la implementación de la fi scalización posterior; De conformidad con la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, el Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR y el Decreto Supremo Nº 096-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 006-2009- PROMPERÚ/SG/OPP “Lineamientos para la Fiscalización Posterior Aleatoria de los Procedimientos Administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y Turismo - PROMPERÚ”, que aparece en el Anexo adjunto en cuatro (04) folios, que visado y sellado, forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Unidad de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución y la Directiva aprobada, a través del Portal Institucional (www. promperú.gob.pe) y el Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe), en un plazo no mayor de un (01) día hábil, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3º.- La Directiva aprobada por la presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación a que se refi ere el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR PAJARES SAYAN Secretaria General PROMPERÚ 419631-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra a Colombia en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 496-2009-DE/MGP Lima, 7 de noviembre de 2009 Visto el Ofi cio P.200-2074 del Director General del Personal de la Marina de fecha 13 de octubre de 2009; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 215-2009 DE/ MGP de fecha 22 de junio de 2009, se autorizó el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata SGC. Edson Javier FANO Espinoza, para que participe en la Primera Reunión de Capitanes de Puerto de Leticia (Colombia), Iquitos (Perú) y Tabatinga (Brasil), a realizarse en la ciudad de Leticia – COLOMBIA, a partir del 25 al 27 de junio de 2009; Que, la Capitanía de Puerto de Iquitos, informó la suspensión de la citada Reunión de Capitanes de Puerto, habiendo quedado en espera la confi rmación de la nueva fecha de viaje para la realización de la mencionada Comisión de Servicio; Que, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas ha efectuado coordinaciones ante la Capitanía de Puerto de Leticia (Colombia) y Tabatinga (Brasil), confi rmando que dicha Comisión de Servicio se llevará a cabo los días 12 y 13 de noviembre del 2009, habiendo designado al Capitán de Fragata Eduardo Martín SUEYRAS Valverde en reemplazo del Capitán de Fragata SGC. Edson Javier FANO Espinoza, como representante de la Institución, para que participe en la mencionada Reunión; Que, el citado viaje se encuentra incluido en el Anexo 1 del Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa Año 2009, Rubro 5: Medidas de Confi anza Mutua, Ítem 99, aprobado por Resolución Suprema Nº 028-2009-DE de fecha 19 de enero de 2009 y sus modifi catorias; Que, en el orden de ideas antes expuesto, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata Eduardo Martín SUEYRAS Valverde, para que participe en la Primera Reunión de Capitanes de Puerto de Leticia (Colombia), Iquitos (Perú) y Tabatinga (Brasil), a realizarse en la ciudad de Leticia - COLOMBIA, a partir del 12 al 13 de noviembre de 2009, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; De conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley N° 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata Eduardo Martín SUEYRAS Valverde, CIP. 00888928 y DNI. 08274972, para que participe en la Primera Reunión de Capitanes de Puerto de Leticia (Colombia), Iquitos (Perú) y Tabatinga (Brasil), a realizarse en la ciudad de Leticia - COLOMBIA, a partir del 12 al 13 de noviembre de 2009. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Iquitos - Leticia (COLOMBIA) - Iquitos US$. 200.00 x 1 persona Viáticos: US$. 200.00 x 2 días x 1 persona Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$. 31.00 x 1 persona Artículo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4°.- El mencionado Ofi cial deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias. Artículo 5°.- Dejar sin efecto la Resolución Suprema Nº 215-2009 DE/MGP de fecha 22 de junio de 2009. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.