Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2009 (08/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 8 de noviembre de 2009

JUSTICIA
Designan Procurador Publico Ad Hoc para asumir la defensa del Estado Peruano en MORDAZA que se sigue contra la Universidad de MORDAZA para recuperar piezas arqueologicas
RESOLUCION SUPREMA Nº 256-2009-JUS
MORDAZA, 07 de noviembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo del 27 de MORDAZA de 1893, el Peru dispuso que, en ausencia de una licencia especial del Gobierno, quedaba prohibido hacer exploraciones o excavaciones para buscar objetos arqueologicos debido a la absoluta indiferencia hacia los derechos nacionales y el deshonrar las civilizaciones y culturas nacionales; Que, mediante Decretos Supremos Nº 1529 y Nº 31 de fechas 31 de octubre de 1912 y 27 de enero de 1916, respectivamente, el Estado Peruano autorizo a la Universidad de MORDAZA y a la Sociedad Geografica Nacional de los Estados Unidos de MORDAZA realizar las exploraciones y excavaciones de los objetos arqueologicos en el Santuario Arqueologico Machupicchu para luego ser exportados con destino a MORDAZA entidades, quienes quedaban obligadas a devolver los objetos retirados del territorio nacional; Que, mediante Ley Nº 28778, Ley de repatriacion de los objetos arqueologicos que forman parte de la Coleccion Machupicchu de la Universidad de MORDAZA, se declara de interes nacional la repatriacion de los objetos extraidos de Machupicchu y que actualmente conforman la Coleccion Machupicchu que se encuentra en el Museo Peabody de la Universidad de MORDAZA, creandose adicionalmente una Comision de Alto Nivel de Repatriacion de dichos objetos, conformada por representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores, del Ministerio de Justicia, del Instituto Nacional de Cultura, del Congreso de la Republica, del Gobierno Regional de MORDAZA y finalmente del Gobierno Local de Machupicchu; Que, como resultado inicial de las conversaciones auspiciadas por dicha Comision, el 14 de septiembre de 2007, en las instalaciones de la Universidad de MORDAZA, en New Haven, Connecticut, se MORDAZA un Memorando de Entendimiento entre dicha Universidad y el Gobierno del Peru, en el cual MORDAZA partes pactan de buena fe los lineamientos para la adopcion de un Acuerdo definitivo que sea satisfactorio para las Partes, entre los que se consideran principios de cooperacion, colaboracion y amistad, futuras colaboraciones en arqueologia e historia natural, exhibiciones itinerantes, el museo y centro de investigacion de Machupicchu, entre otros; Que, el Estado Peruano ha propiciado e intentado en todo momento encontrar una solucion amistosas a esta situacion la cual no se ha logrado, siendo que se ha iniciado un MORDAZA contencioso contra la Universidad de MORDAZA, para lograr la recuperacion de las referidas piezas arqueologicas, el mismo que se encuentra ventilando ante la Corte del Distrito de Connecticut, Estados Unidos de America; Que, el articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 1068 senala que la defensa del estado en sedes jurisdiccionales extranjeras se encuentra a cargo de Procuradores Publicos Ad Hoc; Que, asimismo, el articulo 14º de la MORDAZA precitada establece que el Procurador Publico Ad Hoc asume la defensa juridica del Estado en los casos que la especialidad asi lo requiera, siendo su designacion de caracter temporal; Que, la Secretaria Tecnica del Consejo de Defensa Juridica del Estado informa que dicho Consejo ha propuesto la designacion del senor abogado MORDAZA MORDAZA Ferrero Costa como Procurador Publico Ad Hoc para que asuma la representacion del Estado Peruano en el MORDAZA que se sigue contra la Universidad de MORDAZA a fin de recuperar las piezas arqueologicas que fueron retiradas del Santuario Arqueologico Machupicchu y que actualmente se encuentran en poder de la Universidad de MORDAZA, acogiendo la propuesta efectuada por el Ministro de Relaciones Exteriores a traves de sus Oficios OF.RE(SPC)Nº 2-19/4 y OF.RE(SPC)Nº 2-19/08; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, el Decreto Legislativo Nº 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Juridica del

Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor abogado MORDAZA MORDAZA Ferrero Costa como Procurador Publico Ad Hoc, para asumir la defensa del Estado Peruano en el MORDAZA que se sigue contra la Universidad de MORDAZA a fin de recuperar las piezas arqueologicas a las que se hace referencia en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Justicia y el Ministro de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA VALDIVIESO Ministro de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion

420046-12

Designan Procurador Publico Anticorrupcion Descentralizada del Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA N° 257-2009-JUS
MORDAZA, 7 de noviembre de 2009 VISTO, el Oficio N° 2319-2009-JUS/CDJE de la Secretaria Tecnica del Consejo de Defensa Juridica del Estado; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1068 se crea el Sistema de Defensa Juridica del Estado con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa juridica del Estado en el ambito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, organos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1068 del Sistema de Defensa Juridica del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2008-JUS, establece en su Tercera Disposicion Complementaria Final que las Procuradurias Publicas Anticorrupcion Descentralizadas continuaran ejerciendo sus funciones, pasando a formar parte de la Procuraduria Especializada en Delitos de Corrupcion, teniendo los Procuradores Publicos Anticorrupcion nivel de Procuradores Publicos Adjuntos; Que, el articulo 7° del Decreto Legislativo N° 1068 establece que es atribucion del Consejo de Defensa Juridica del Estado, entre otras, proponer la designacion de los Procuradores Publicos del Poder Ejecutivo; Que, mediante Resolucion Suprema N° 200-2006-JUS se designo al senor abogado MORDAZA MORDAZA Belon MORDAZA como Procurador Publico Anticorrupcion Descentralizado del Distrito Judicial de MORDAZA, quien ha formulado renuncia a dicho cargo mediante Oficio N° 080-2009-JUS-PPADDJP; Que, conforme al oficio de visto, la Secretaria Tecnica del Consejo de Defensa Juridica del Estado informa que dicho Consejo ha propuesto la designacion del senor abogado Josmell Deick Munoz Santivanez como Procurador Publico Anticorrupcion Descentralizado del Distrito Judicial de MORDAZA, por lo que resulta pertinente emitir el acto correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47° de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Ley N° 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, el Decreto Legislativo N° 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Juridica del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 017-2008-JUS; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aceptar la renuncia del senor abogado MORDAZA MORDAZA Belon MORDAZA como Procurador Publico Anticorrupcion

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