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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (13/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de noviembre de 2009 405970 Urgencia N° 037-2008, la demanda asociada al contrato de exportación será considerada como Gran Usuario. Artículo 5°.- Capacidad de Contratación El Generador que exporte electricidad en el marco del presente Decreto de Urgencia , queda autorizado a contratar por encima del monto de su Potencia Firme y Energía Firme reconocidas por el COES, hasta por un valor igual al de la Potencia y Energía requerida para la exportación. Artículo 6°.- Adecuación de instrumentos de gestión ambiental El Generador que opere plantas o centrales instaladas al amparo del Decreto de Urgencia N° 037-2008, tendrá, sin perjuicio de su entrada en operación, un plazo de ciento veinte (120) días contados a partir del día siguiente de la entrada en vigencia de la presente norma, para adecuar sus instrumentos de gestión ambiental, a efectos de minimizar el impacto causado por la operación de dichas centrales y/o evitar que se excedan los Estándares de Calidad Ambiental. Artículo 7°.- Vigencia El presente Decreto de Urgencia entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, y regirá hasta el 30 de abril de 2010. Artículo 8°.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil nueve. LUIS GIAMPIETRI ROJAS Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho de la Presidencia de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de la Producción Encargada del Despacho del Ministerio de Energía y Minas 422496-1 AGRICULTURA Otorgan la Condecoración “Medalla Ministerio de Agricultura” a diversas personas naturales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0789-2009-AG Lima, 11 de noviembre de 2009 VISTO: La propuesta de otorgamiento, con carácter póstumo, de Condecoración de la “Medalla Ministerio de Agricultura” al señor Alfredo Gordillo Uribe; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 0712-2009-AG, de fecha 06 de octubre de 2009, se creó la Condecoración “Medalla Ministerio de Agricultura”, a ser conferido por el Ministerio de Agricultura a las personas naturales y organizaciones que destaquen por su obra o contribución en la actividad agraria, o por su desempeño en la gestión publica sectorial; Que, se ha propuesto otorgar, con carácter póstumo, la Condecoración “Medalla Ministerio de Agricultura” al señor Alfredo Gordillo Uribe como un reconocimiento a su trabajo de difusión y promoción del origen peruano del Pisco y por su dedicación a la producción de un pisco de mejor calidad, galardonado en certámenes nacionales e internacionales por su calidez y exquisitez; Que, por sus acciones destacadas y su importante contribución en la actividad agraria, corresponde otorgar la Condecoración “Medalla Ministerio de Agricultura” al señor Alfredo Gordillo Uribe; En uso de las facultades otorgadas en la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura aprobado por Decreto Legislativo Nº 997 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; y, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 0712-2009-AG; SE RESUELVE: Artículo Único: Otorgar, con carácter póstumo, la Condecoración “Medalla Ministerio de Agricultura”, al señor Alfredo Gordillo Uribe, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura 422293-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0790-2009-AG Lima, 11 de noviembre de 2009 VISTO: La propuesta de otorgamiento de la Condecoración de la “Medalla Ministerio de Agricultura” al señor Jaime Valentín Coquis; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 0712-2009-AG, de fecha 06 de octubre de 2009, se creó la Condecoración “Medalla Ministerio de Agricultura”, a ser conferido por el Ministerio de Agricultura a las personas naturales y organizaciones que destaquen por su obra o contribución en la actividad agraria, o por su desempeño en la gestión publica sectorial; Que, se ha propuesto otorgar la Condecoración “Medalla Ministerio de Agricultura” al señor Jaime Valentín Coquis en reconocimiento a su trabajo en el desarrollo de proyectos de agricultura en la producción de tara orgánica en la Quebrada La Venturosa, Provincia de Cañete, Departamento de Lima; Que, por su trabajo de innovación y su contribución en la actividad agraria, corresponde otorgar la Condecoración “Medalla Ministerio de Agricultura” al señor Jaime Valentín Coquis; En uso de las facultades otorgadas en la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura aprobado por Decreto Legislativo Nº 997 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; y, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 0712-2009-AG; SE RESUELVE: Artículo Único: Otorgar la Condecoración “Medalla Ministerio de Agricultura” al señor Jaime Valentín Coquis, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura 422293-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0791-2009-AG Lima, 11 de noviembre de 2009 VISTO: La propuesta de otorgamiento de la Condecoración de la “Medalla Ministerio de Agricultura” al señor Marcial Colque Cajía; y,