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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (13/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de noviembre de 2009 405985 la Dirección General de Asuntos Ambientales Dirección General de Asuntos Ambientales. Que, el Certifi cado Ambiental Nº 061-2007- PRODUCE/DIGAAP no solo fue otorgado en el año 2007, sino que tampoco guarda concordancia con la solicitud planteada; Que, CNC S.A.C. no cumplió con modifi car su solicitud de incremento de capacidad de la actividad de secado (deshidratado) de 20 t/día a 60 t/día, a una solicitud de autorización de instalación correspondiente, conforme a lo indicado mediante el Ofi cio Nº 4539-2009-PRODUCE/ DGEPP-Dch; en el recurso de reconsideración persiste la falta de legitimidad para obrar (tal como se señaló en la Resolución Directoral Nº 644-2009-PRODUCE/DGEPP), dado que previamente debe contar con la licencia de operación respectiva; más aún si la información técnico económica y sus anexos (formulario Nº 8) presentado por la citada empresa, se aprecia que proyecta realizar la actividad de secado (deshidratado) en forma independiente; Que, la Resolución Directoral Nº 430-2003-DGEPP/ DNPP y la Resolución Directoral Nº 239-2005-PRODUCE/ DNEPP no califi can como nueva prueba, dado que son de conocimiento de la Administración; Que, fi nalmente, aún cuando no se ejerció el uso de la palabra por parte de CNC S.A.C., ésta Dirección General considera que cuenta con los sufi cientes elementos para resolver el presente procedimiento; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 558-2009- PRODUCE/DGEPP-Dch y con la opinión favorable de la instancia legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar INFUNDADO el recurso de reconsideración interpuesto por la empresa CNC S.A.C. contra la Resolución Directoral Nº 644-2009-PRODUCE/ DGEPP, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a la Dirección Regional de Producción de Piura y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www. produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SÁNCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 420966-13 SALUD Designan Directores de la Oficina de Desarrollo Organizacional y de la Oficina de Administración en la Red de Salud San Juan de Lurigancho de la Dirección de Salud IV Lima Este RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 761-2009/MINSA Lima, 6 de noviembre del 2009 Visto el Expediente Nº 09-047744-001 que contiene el Ofi cio Nº 3835-2009-DG/OEGDRRHH Nº 2362-DISA IV Lima Este, del Director General de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 1000-2005/ MINSA del 29 de diciembre de 2005, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal de la Red de Salud San Juan de Lurigancho de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud, reordenado mediante las Resoluciones Directorales Nº 038-2006-DE-DIRED-SA-SJL y Nº 0087- DE-DIRED-SA-SJL/ODI-09; Que con Resolución Directoral Nº 091-DE-DIRED-SA- SJL/URHH-2009 del 27 de marzo de 2009, se aprobó el Presupuesto Analítico de Personal del año 2009, en el cual se observa que las plazas de Director de la Ofi cina de Desarrollo Institucional y de Director de la Ofi cina de Administración de la Red de Salud San Juan de Lurigancho de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud se encuentran en la condición de vacantes presupuestadas; Que por convenir al servicio resulta necesario designar a los profesionales propuestos; Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, en la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009 y la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar en la Red de Salud San Juan de Lurigancho de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud a los profesionales que se indican: NOMBRES Y APELLIDOS CARGO NIVEL Médico cirujano Aldo Hugo Calero Hijar Director de la Ofi cina de Desarrollo Organizacional F-3 Contadora pública Doris Aurora Padilla Conde Directora de la Ofi cina de Administración F-3 Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 421428-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Designan representante titular del Ministerio ante el Consejo de Administración del Fondo de Garantía para Préstamos para la Pequeña Industria - FOGAPI RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 334-2009-TR Lima, 11 de noviembre de 2009 VISTOS: La Carta de fecha 15 de octubre de 2009, del señor Luis José Jacobs Gálvez; el Ofi cio Nº 975- 2009-MTPE/3 del 4 de noviembre de 2009, del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 274-2008-TR del 9 de setiembre de 2008, se designó al señor Luis José Jacobs Gálvez, como representante titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Consejo de